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Muchas de las grandes firmas que están construyendo las nuevas autopistas y obras de infraestructura tienen investigaciones y denuncias en otros países, pero no está claro hasta dónde esas decisiones afectan las empresas en Colombia.

POLÉMICA

Empresas con responsabilidades ajenas, pero propias

¿Hasta dónde una empresa en Colombia puede ser sancionada porque su compañía matriz o sus socios son juzgados en otros países? La respuesta la tiene el Consejo de Estado.

18 de julio de 2015

El gobierno y numerosas constructoras nacionales e internacionales están con los pelos de punta por la respuesta que debe dar en las próximas semanas la sala de consulta del Consejo de Estado, de la que dependen contratos billonarios de algunas de las grandes obras de infraestructura que se están desarrollando en Colombia.

A raíz de los escándalos de corrupción y procesos judiciales que han aparecido en las últimas semanas en otros países, como la española OHL en México y Odebrecht, Camargo Correa, Andrade Gutierrez y OAS, en Brasil, estarían inhabilitadas para participar en licitaciones públicas en curso o por adjudicarse en el futuro.

La discusión comenzó hace varias semanas cuando se supo que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) le había adjudicado un contrato de 1,2 billones de pesos para ampliar la autopista entre Popayán y Santander de Quilichao al consorcio en el que está la firma Hidalgo e Hidalgo. Esta empresa ecuatoriana está bajo investigación por supuestamente haber pagado más de 10 millones de dólares en sobornos a altos funcionarios del entonces presidente panameño Ricardo Martinelli. Su socio en Colombia es Carlos Solarte, un constructor que ha estado vinculado a procesos por presuntos incumplimientos contractuales.

De acuerdo con el artículo primero de la Ley Anticorrupción, aprobada en 2011, las personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la administración pública o soborno transnacional, cuya pena sea privativa de la libertad, están inhabilitadas para contratar por 20 años, así como las empresas en las que sean socias, a sus matrices y a sus subordinadas.

A esta y otras normas estipuladas en la Contratación Pública, se suma el hecho de que Colombia firmó en 2013 la Convención para Combatir el Cohecho, que los países miembros de la Ocde desarrollaron para sancionar a las empresas o personas que sobornen a funcionarios públicos de otros países. Todo esto ha llevado a algunos a plantear que a Hidalgo e Hidalgo, así como otras que están en escándalos en otros países, se les debe inhabilitar.

Pero el tema no es sencillo, pues así una empresa, directivo o socio sea detenido o condenado en otro país no está definido cómo se puede aplicar esta decisión en Colombia. Un ejemplo de lo complejo de este tema puede ser la multinacional alemana Siemens, que fue condenada por pagar sobornos y corrupción en varios países, pero sigue siendo uno de los mayores proveedores de equipos y tecnología en Colombia, especialmente de empresas del Estado.

Para aclarar los vacíos y no poner en riesgo muchas concesiones, el gobierno, en cabeza de la ministra de Transporte, Natalia Abello, le envió el 26 de junio una solicitud al Consejo de Estado para que dé luces al respecto. Por ejemplo, se le pregunta si es posible derivar consecuencias jurídicas a las sucursales en Colombia de las empresas cuyos directivos o socios reciban medidas de aseguramiento o sentencias judiciales.

Camilo Enciso, secretario de transparencia de la Presidencia, dijo que todos “queremos acabar con la corrupción, pero esto no puede terminar en una cacería de brujas por avisos de prensa o simples anuncios oficiales. En Colombia no hay una sola denuncia por soborno o cohecho de una empresa nacional en el exterior, que es para lo que inicialmente opera el acuerdo con la Ocde, pero este tampoco tiene una sola cláusula que obligue a los países a inhabilitar a empresas que hayan sido condenadas o investigadas en otros países”.

Sin duda, las respuestas del Consejo de Estado serán fundamentales, pero si algo está claro es que este tema no se puede convertir en un elemento más para definir licitaciones o para descalificar un competidor, algo que sería muy fácil de hacer en el complejo mundo de la contratación de obras. Este asunto debe resolverse en derecho y con cabeza fría, porque si fuera por todo lo que ha ocurrido en el mundo, solo un puñado de empresas nacionales e internacionales podría hacer las megaobras que buscan sacar al país del atraso histórico que tiene en infraestructura.