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En Colombia aún no se ha reglamentado la eutanasia o muerte asistida. | Foto: Pixabay

POLÍTICA

Histórico: reglamentación de la eutanasia pasa el primer debate en la Cámara

Por primera vez, una iniciativa de estas características avanza en una discusión en el Congreso. Sin embargo, no serán fáciles los debates venideros, dada la intensa controversia jurídica y ética que se desatará. La Iglesia se ha opuesto a cualquier reglamentación de la muerte asistida.

30 de octubre de 2019

Dos sentencias de la Corte Constitucional, de los años 2014 y 2017, han abierto el camino para que en Colombia se reglamente la eutanasia o el derecho a morir dignamente, un tema que genera aún todo tipo de controversias jurídicas, éticas y morales en el país. Por eso, el paso dado ayer por la Cámara de Representantes es considerado histórico, pues fue aprobado en primer debate un proyecto que busca precisamente reglamentar esta práctica.

En la primera discusión del tema, la Cámara le dio el visto bueno a la iniciativa del representante Juan Fernando Reyes Kuri, del Valle del Cauca, quien ha explicado que lo que se pretende es reglamentar lo que ha dicho la Corte a través de sus sentencias en los últimos años.

Según explicó el congresista, el proyecto contempla que los pacientes deben tener una enfermedad terminal, un padecimiento incurable o una condición médica grave. En dado caso de que el paciente no pueda expresar su voluntad de morir dignamente a través de la eutanasia, un pariente de primer grado puede adelantar dicho trámite.

La eutanasia, según el proyecto que avanza en la Cámara, solo podrá ser practicada por profesionales de la salud. “Seguiremos protegiendo los derechos fundamentales y defendiendo las libertades individuales de los ciudadanos. Este no es un llamado a la muerte”, explicó el representante Reyes, luego de la aprobación en la Cámara.

Si el proyecto pasa en el Congreso, donde la discusión que se avecina será intensa, Colombia se podría convertir en el primer país de América Latina en reglamentar la eutanasia, una práctica que en Holanda se legalizó hace unos 17 años.

Uno de los artículos más controvertidos del proyecto contemplaba que la eutanasia pudiera ser aplicada a partir de los 12 años de edad. Sin embargo, una fuerte oposición de la representante a la Cámara Margarita Restrepo, del Centro Democrático, llevó a que se retirara dicho texto y se contemplara solo de 18 años en adelante.

“ ¡En qué mundo vivimos! Muchos quiénes defienden la eutanasia sostienen que un niño a los 12 años no tiene la capacidad de votar, pero sí tiene la conciencia de acabar con su vida”, había expresado la congresista.

En marzo del año pasado, el Ministerio de Salud expidió la resolución 285, que señaló que la eutanasia solo aplicaría para menores de edad en casos donde las enfermedades terminales que padezcan no brinden una esperanza de vida mayor a seis meses.

En Colombia, la Iglesia se ha opuesto a cualquier avance que signifique la legalización de la eutanasia. De hecho, recientemente, la Conferencia Episcopal ha señalado que impulsar esta práctica significa “sumarle más muertes a las muertes” que el país ha tenido por cuenta de la guerra.

En la sentencia T-423, del 2017, la Corte Constitucional señaló: "El derecho a morir dignamente ha sido reconocido en nuestro país como un derecho fundamental y autónomo. Este reconocimiento ha sido producto de diversas discusiones jurisprudenciales; sin embargo, a pesar de ser catalogado como tal, no ha tenido una regulación suficientemente concisa que permita determinar con claridad todos los presupuestos bajo los cuales debe ser garantizado". 

El debate por la eutanasia es de carácter mundial. En los últimos días, en Italia, se desató una intensa polémica luego de que se despenalizara la muerte asistida para enfermos con patologías irreversibles.

Carmenza Ochoa Uribe, directora ejecutiva de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, ha señalado que en Colombia se despenalizó la eutanasia desde 1997. Hace unos años, en una entrevista con SEMANA, Ochoa Uribe señaló: "En el Código Penal Colombiano existe una figura que se llama homicidio por piedad, pero no existe algo que se llame eutanasia. Esa figura dice que quien mate a otro por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de enfermedad corporal o lesión grave e incurable, tendrá una pena atenuada de entre dos y seis años. La Corte Constitucional estudió la figura y también dijo que para el caso de los pacientes con una enfermedad en etapa terminal, por petición suya y siempre que lo lleve a cabo un médico, ese doctor no tendrá ninguna penalización pues su conducta está justificada".