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Fiscalía pide a Corte Suprema no aceptar casación en caso Plazas Vega

La Fiscalia presentó un escrito en el que pide inadmitir los recursos presentados por la Procuraduría y la defensa del general retirado, condenado a 30 años de prisión.

3 de mayo de 2012

La fiscal cuarta delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Martha Lucía Zamora, pidió al alto tribunal desestimar e inadmitir, respectivamente, sendas demandas casación interpuestas por la defensa y la Procuraduría frente a la confirmación del fallo de culpabilidad que pesa sobre el coronel retirado Alfonso Plazas Vega por hechos derivados del holocausto del Palacio de Justicia.
 
El exoficial fue condenado a 30 años por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado el 9 de junio del 2010, pena confirmada en instancia posterior por el la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 30 de enero pasado.
 
Esa última determinación judicial fue objeto de demanda de casación por parte la Procuraduría y de la defensa, que de lograrse abriría una vía para recurrir el fallo de culpabilidad en contra del coronel en retiro como autor mediato de la desaparición forzada de dos personas.
 
Entre los cargos que sustentan la demanda de la defensa, se invocó la violación a los principios de juez natural, de juez imparcial, de legalidad y al derecho de defensa, entre otros.
 
Tanto el defensor como el Ministerio Público atacaron el testimonio del cabo Édgar Villamizar Espinel, desde aspectos como la identificación misma del testigo hasta la veracidad de su declaración.
 
Como cuestión final, la fiscal delegada hace énfasis en que Villamizar no fue suplantado en ningún momento "dado que las tomas manuscriturales tomadas por miembros del CTI, permiten concluir que es la misma persona que rindió testimonio el 1o. de agosto de 2007 en la Escuela de Caballería".
 
El Tribunal Superior de Bogotá estableció que la decisión en contra del coronel Plazas Vega que corresponde a sólo dos de los llamados desaparecidos del Palacio de Justicia, la exguerrillera Irma Franco y el entonces administrador de la cafetería de la sede judicial, Carlos Augusto Rodríguez.
 
En cuanto a las otras nueve personas de las que se desconoce su paradero y que no hacen parte de la condena, se determinó que la investigación no reunió los requisitos de seriedad e integralidad.
 
Por ello se dispuso la nulidad para que se recolecte más evidencia y se establezca si realmente están desaparecidas o sus cuerpos reposan entre los cadáveres hallados y evacuados del Palacio de Justicia en noviembre de 1985.