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Guía para entender el referendo

<i><font color="#666666">Puntos 12 - 13 - 14</font></i>

20 de octubre de 2003

>-Es un artículo populista porque la realidad muestra que la plata que se ahorra se va para la guerra y no para la educación.
-En la realidad no habrá dinero para la educación pues al suprimir las contralorías ese costo del control fiscal tendrá que asumirlo el Estado de algún lado.
-Se está utilizando un criterio equivocado pues la educación no necesita que se gaste más sino que se gaste mejor.

>-Es un artículo populista porque la realidad muestra que la plata que se ahorra se va para la guerra y no para la educación.
-En la realidad no habrá dinero para la educación pues al suprimir las contralorías ese costo del control fiscal tendrá que asumirlo el Estado de algún lado.
-Se está utilizando un criterio equivocado pues la educación no necesita que se gaste más sino que se gaste mejor.


>-Es un artículo populista porque la realidad muestra que la plata que se ahorra se va para la guerra y no para la educación.
-En la realidad no habrá dinero para la educación pues al suprimir las contralorías ese costo del control fiscal tendrá que asumirlo el Estado de algún lado.
-Se está utilizando un criterio equivocado pues la educación no necesita que se gaste más sino que se gaste mejor.




Punto 14
Congelación de gastos del Estado

Adiciónase al artículo 345 de la Constitución Política el siguiente parágrafo transitorio: Parágrafo transitorio. Los gastos de funcionamiento de los órganos que conforman el presupuesto general de la Nación, de las entidades descentralizadas, autónomas, de naturaleza especial o única, que administren recursos públicos y de las territoriales, incluidos los salarios y las pensiones superiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales, no se incrementarán con relación a los gastos del año 2002, durante un período de dos (2) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente acto legislativo. Se exceptúan:

El Sistema General de Participaciones de los departamentos, distritos y municipios; los gastos destinados a la seguridad, diferentes de los correspondientes a salarios; el pago de nuevas pensiones y las nuevas cotizaciones a la seguridad social, o las compensaciones a que dé lugar.

Cualquier incremento de salarios y pensiones en el año 2003 estará sujeto a la decisión que adopte el constituyente primario sobre este artículo. De registrarse, a finales de diciembre del año 2003 ó 2004, un incremento anual en la inflación, calculada de acuerdo con el IPC, superior al correspondiente para el año 2002, se incrementarán los salarios y pensiones en un porcentaje igual a la diferencia entre la inflación registrada en cada uno de estos años, y la correspondiente al año 2002.

El ahorro de los departamentos, distritos y municipios, generado por el menor crecimiento del gasto financiado por el sistema general de participaciones de los departamentos, distritos y municipios, lo destinarán las entidades territoriales para reservas del Fondo Nacional de Pensiones Territoriales, del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, y para el pasivo pensional del sector salud.

Qué quiere decir
Este punto congela por dos años los gastos de funcionamiento del gobierno y las entidades territoriales.
Si se aprueba no habrá aumento en los salarios de más de 400.000 empleados públicos ni en las pensiones de quienes devenguen más de dos mínimos. Algunos estudios muestran que se ahorrarán en los próximos 7 años unos 20 billones de pesos.

Argumentos a favor
-Con este artículo se generará un ahorro que permitirá invertir en sectores sociales.
-Con este artículo se evitan los recortes en las plantas de personal de varias entidades estatales y por lo tanto contribuye a frenar el desempleo.
-Es un ajuste que se necesita para sanear las finanzas públicas.
-Este artículo evita que se tenga que hacer una reforma tributaria cada año.

Argumentos en contra
-No se deben hacer ajustes de política fiscal a través de la Constitución.
-Se desconocen derechos de los trabajadores que defiende la Organización Mundial del Trabajo, como el derecho a reajuste pensional.
-Con este artículo el sector público se estancará porque apenas tendrá para subsistir. Esto se verá reflejado en la función pública porque los trabajadores rendirán menos.
-Es un pésimo ejemplo para el sector privado, que también bajará sus sueldos y congelará pensiones.

>-Es un artículo populista porque la realidad muestra que la plata que se ahorra se va para la guerra y no para la educación.
-En la realidad no habrá dinero para la educación pues al suprimir las contralorías ese costo del control fiscal tendrá que asumirlo el Estado de algún lado.
-Se está utilizando un criterio equivocado pues la educación no necesita que se gaste más sino que se gaste mejor.




Punto 14
Congelación de gastos del Estado

Adiciónase al artículo 345 de la Constitución Política el siguiente parágrafo transitorio: Parágrafo transitorio. Los gastos de funcionamiento de los órganos que conforman el presupuesto general de la Nación, de las entidades descentralizadas, autónomas, de naturaleza especial o única, que administren recursos públicos y de las territoriales, incluidos los salarios y las pensiones superiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales, no se incrementarán con relación a los gastos del año 2002, durante un período de dos (2) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente acto legislativo. Se exceptúan:

El Sistema General de Participaciones de los departamentos, distritos y municipios; los gastos destinados a la seguridad, diferentes de los correspondientes a salarios; el pago de nuevas pensiones y las nuevas cotizaciones a la seguridad social, o las compensaciones a que dé lugar.

Cualquier incremento de salarios y pensiones en el año 2003 estará sujeto a la decisión que adopte el constituyente primario sobre este artículo. De registrarse, a finales de diciembre del año 2003 ó 2004, un incremento anual en la inflación, calculada de acuerdo con el IPC, superior al correspondiente para el año 2002, se incrementarán los salarios y pensiones en un porcentaje igual a la diferencia entre la inflación registrada en cada uno de estos años, y la correspondiente al año 2002.

El ahorro de los departamentos, distritos y municipios, generado por el menor crecimiento del gasto financiado por el sistema general de participaciones de los departamentos, distritos y municipios, lo destinarán las entidades territoriales para reservas del Fondo Nacional de Pensiones Territoriales, del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, y para el pasivo pensional del sector salud.

Qué quiere decir
Este punto congela por dos años los gastos de funcionamiento del gobierno y las entidades territoriales.
Si se aprueba no habrá aumento en los salarios de más de 400.000 empleados públicos ni en las pensiones de quienes devenguen más de dos mínimos. Algunos estudios muestran que se ahorrarán en los próximos 7 años unos 20 billones de pesos.

Argumentos a favor
-Con este artículo se generará un ahorro que permitirá invertir en sectores sociales.
-Con este artículo se evitan los recortes en las plantas de personal de varias entidades estatales y por lo tanto contribuye a frenar el desempleo.
-Es un ajuste que se necesita para sanear las finanzas públicas.
-Este artículo evita que se tenga que hacer una reforma tributaria cada año.

Argumentos en contra
-No se deben hacer ajustes de política fiscal a través de la Constitución.
-Se desconocen derechos de los trabajadores que defiende la Organización Mundial del Trabajo, como el derecho a reajuste pensional.
-Con este artículo el sector público se estancará porque apenas tendrá para subsistir. Esto se verá reflejado en la función pública porque los trabajadores rendirán menos.
-Es un pésimo ejemplo para el sector privado, que también bajará sus sueldos y congelará pensiones.