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¿Debe ir a la cárcel el joven cantante que terminó matando a uno de sus asaltantes?

Richard Cardona, participante de "Yo me llamo" e imitador de Pipe Bueno, fue acusado de homicidio simple al causar la muerte al atracador que asesinó a su esposa en medio de un robo. ¿Qué dice la ley en estos casos?

13 de agosto de 2019

Richard Cardona se hizo popular por su participación en el programa “Yo me Llamo”, en el cual interpretó al cantante popular Pipe Bueno. Fue tanto su éxito que, desde hacía un tiempo, se dedicaba a realizar presentaciones en eventos musicales, en los que presentaba su show de imitación y a los que acudía acompañado por su esposa Charlotte Cobos.  

El pasado sábado 10 de agosto, como muchos otros, Cardona se presentó en un evento en Fusagasugá. Una vez terminó, ya sobre la madrugada, el artista salió junto a su esposa Charlotte, de 29 años, en dirección a su casa.   

De acuerdo con algunos testigos, al salir fueron interceptados por dos asaltantes que se movilizaban en una motocicleta. El mismo Cardona relató cómo, en ese momento: “El parrillero que se bajó de la moto, sacó un cuchillo grande con el que atacó a su esposa para que le entregara todas las cosas de valor. La reacción de su esposa fue correr y gritar, por lo que el asaltante la sujetó y apuñaló. Le produjo una herida a la altura del cuello. El corte resultaría letal.   

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Fue entonces cuando Cardona, de acuerdo con lo advertido por el fiscal adscrito a la Dirección Seccional Cundinamarca, al ver su esposa herida, forcejeó con el asaltante hasta arrebatarle el arma y provocarle heridas que le causaron la muerte. Tras este hecho, Charlotte Cobo, con quien el artista tenía dos hijos, fue llevada a un centro médico. Sin embargo, allí falleció debido a las heridas que le causo el asaltante.  

Cardona no aceptó cargos. Alega que actuó en defensa propia cuando su esposa fue apuñalada a la altura del cuello por el asaltante. Ella falleció.

Richard Cardona, mientras tanto, fue detenido por la Policía. Aunque horas más tarde quedó en libertad, el día de ayer la Fiscalía General de la Nación le imputó el delito de homicidio simple ante un juez de control de garantías; no obstante, el ente acusador se abstuvo de solicitar medida de aseguramiento, pues consideró que la actuación de Cardona obedeció a una situación extrema y que por tanto no amerita la privación de la libertad.

Cardona no aceptó cargos y su defensa alega que actuó en defensa propia frente a criminales, y en medio de la situación extrema de ver a su esposa ensangrentada tras haber sido apuñalada por uno de los asaltantes.    

Qué dice la Ley 

El Código Penal consagra algunas situaciones que pueden considerarse como atenuantes de una conducta punible. Así, por ejemplo, el artículo 57 del mismo consagra que determinadas actuaciones, que pueden ser motivadas por situaciones de ira o intenso dolor, pueden llegar a ser objeto de una reducción en la pena.  

Esto no quiere decir, como comúnmente se cree, que haya una exculpación total del delito, pues el artículo señala: “El que realice la conducta punible en estado de ira o de intenso dolor, causados por comportamiento ajeno grave e injustificado, incurrirá en pena no menor de la sexta parte del mínimo ni mayor de la mitad del máximo de la señalada en la respectiva disposición”. 

Este sentido, por el delito de homicidio simple, atenuado bajo el supuesto de ira e intenso dolor, Richard Cardona podría enfrentarse a pagar una pena correspondiente a por lo menos la sexta parte del mínimo consagrado para este delito. Dado que el delito de homicidio simple da una pena de mínima 25 años de cárcel, la sexta parte sería un poco más de cuatro años. Y precisamente las penas de máximo cuatro años son excarcelables en Colombia. ¿De ser condenado irá a la cárcel Cardona? Esa será una de las situaciones que se dilucidarán en el estrado, de cara a un juez.  

Si la defensa del cantante logra demostrar que hubo una acción de legítima defensa sus posibilidades de continuar en libertad serían mayores. En esas circunstancias el Código Penal colombiano sí contempla una exculpación total de la pena. Eso, siempre y cuando, no se superen los límites para esta figura. Por ejemplo, que no haya un exceso de fuerza injustificado. ¿La reacción de Richard Cardona frente al asaltante que asesinó a su esposa fue excesiva? Ese será el quid del debate penal que abre este escalofriante caso. 

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