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| Foto: Carlos Julio Martí­nez / SEMANA

JUSTICIA

Investidura de Petro, intacta frente a fallos de la Contraloría

El Consejo de Estado negó la muerte política del senador más votado del país. A los tres fallos de la Contraloría Distrital en su contra no se les puede otorgar el carácter de "sentencia judicial ejecutoriada", dice el alto tribunal.

18 de julio de 2019

Gustavo Petro sigue saliendo invicto en la guerra cazada con la Contraloría Distrital. El Consejo de Estado acaba de rechazar las pretensiones de una demanda que buscaba su muerte política basada en los tres fallos fiscales que ha proferido el ente de control.

El demandante era Carlos Manuel Alfaro Fonseca, un abogado que pidió la investidura de Petro por las sanciones que la Contraloría Distrital ha proferido en su contra. Para Alfaro, no podía acceder a ningún cargo de elección popular ya que su conducta dolosa o gravemente culposa dio lugar a que el Estado fuera condenado a una reparación patrimonial. Esta causal de inhabilidad está contenida en el artículo 122 de la Constitución y tiene como condición que debe ser determinada por sentencia judicial.

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El Consejo de Estado falló en favor de Petro al considerar que estas decisiones tienen naturaleza jurídica de "actos administrativos". Aunque son susceptibles de control judicial ante el Contencioso Administrativo, no se puede considerar que tengan connotación de providencias judiciales. Este último punto es un requisito en la aplicación de la inhabilidad del artículo 122 de la Constitución, de modo que al no tratarse de una sentencia judicial, el Consejo de Estado encontró en primera instancia que no cabe la muerte política para el congresista. 

Para el Consejo de Estado las inhabilidades de los congresistas, por tratarse de cargos de elección popular, deben estar expresas y su interpretación no debe ser extensiva o analógica. "Resulta medular para la configuración de la inhabilidad que se estudia, la existencia de una sentencia judicial ejecutoriada, no obstante, el solicitante pretende (...) otorgarle esa naturaleza a decisiones que tienen una naturaleza diferente, como lo son los fallos con responsabilidad fiscal, que son actos administrativos susceptibles de ser discutidos en esta jurisdicción", precisó la decisión con ponencia del magistrado Roberto Serrato. 

La discusión que acaba de resolver el Consejo de Estado tiene como trasfondo una batalla histórica de Petro con el Estado colombiano. En la Corte Interamericana de Derechos Humanos está por resolverse una demanda del congresista por la sanción de la Procuraduría que lo sacó temporalmente de la alcaldía de Bogotá. Aunque Petro fue devuelto al cargo por decisión del Consejo de Estado, lo que busca es que en ningún caso la carrera de un político elegido por el pueblo se vea frustrada por la decisión del jefe de un ente de control.

Las sanciones contra Petro

La Contraloría de Bogotá confirmó el 21 de noviembre de 2018 la existencia de una sanción contra Petro por la implementación del esquema de basuras durante su alcaldía. El monto fue calculado en 40.595 millones de pesos.

Esta misma entidad, también lo sancionó al pago de 97.654 millones de pesos. Esto teniendo en cuenta que la Superintendencia de Industria lo sancionó por este monto en el marco de un proceso de violación a la libre competencia en la entrega de la licitación de aseo de Bogotá y la multa fue pagada por la Alcaldía de Bogotá en cabeza de Enrique Peñalosa. Para la Contraloría, dicha responsabilidad recaía sobre Petro. Según Petro, la Alcaldía pagó innecesariamente tal multa, ya que se encontraba suspendida.

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Sin embargo, la decisión que marcó un detonante en el caso de Gustavo Petro fue la decisión del Consejo de Estado de tumbar la suspensión de la multa más cuantiosa contra Petro. Se trata de una sanción que alcanzaría los 200.000 millones de pesos por la modificación de las tarifas de Transmilenio en las horas valle. Aunque diferentes organismos de control en Colombia han dicho que se trató de una decisión política sobre la que no recae responsabilidad disciplinaria, la Contraloría Distrital lo encontró responsable fiscalmente.

La Corte IDH tendrá que definir en los próximos meses la disputa de fondo que tiene Petro con el Estado colombiano. Este tribunal tendrá la última palabra sobre si los entes de orden administrativo pueden emitir sanciones de tipo fiscal o disciplinario que inhabiliten candidatos elegidos por el pueblo. El caso comenzó con Petro en la alcaldía y aunque con los años que lleva este caso en el sistema interamericana su rol ha variado, la decisión marcará su futuro político.