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Iván Duque y la presidenta de la JEP, Patricia Linares.

DEBATE

¿Duque hará trizas la JEP?

Cuando se creía que por fin la ley estatutaria de la JEP había superado todos los obstáculos, cobra fuerza la idea de que será objetada por el Gobierno. ¿Qué implicaría una determinación de semejante envergadura?

9 de febrero de 2019

El inconcluso camino que ha recorrido la ley estatutaria de la JEP ha sido además tortuoso. Basta decir que cuando el proyecto quedó radicado en agosto de 2017, con mensaje de urgencia, lo recibió el senador Horacio Serpa, hoy retirado de la política. Y que esta semana Juanita Goebertus, la joven representante revelación del nuevo Congreso revisó el documento cuasi final. Pero lo más preocupante es que todo ese trasegar puede quedar en el limbo en caso de que el Gobierno objete el proyecto.

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Una vez la iniciativa concluyó su trámite acelerado en el Legislativo, este lo remitió a la Corte Constitucional en diciembre de 2017. El alto tribunal lo analizó durante un año y le introdujo ajustes por medio de una sentencia de revisión constitucional. Luego, la ley nuevamente aterrizó en el Congreso donde debía finiquitarse un texto que unificara lo legislado con los cambios señalados por los magistrados. Pero vino el fin de año de 2018. Retomaron las labores el 8 de enero y el secretario general del Senado se tomó el resto del mes para revisar la sentencia y ajustar el articulado. Al presidente del Senado y miembro del Centro Democrático, Ernesto Macías, le llegó el documento final el 30 de enero y al siguiente día, tras firmarlo, lo remitió a la presidencia de la Cámara para los mismos efectos.

Para entonces, dada la tardanza general, ya había todo tipo de elucubraciones y críticas que apuntaban a que las fuerzas uribistas que desde el Congreso se han opuesto a la JEP el proyecto estaban “engavetándolo” o retocándolo. Eso llevó a que el presidente de la Cámara, el liberal Alejandro Carlos Chacón, acometiera una minuciosa inspección del texto, línea por línea, de la mano de su colega verde Juanita Goebertus, exasesora del alto comisionado de paz. En esta revisión detectaron un par de artículos con renglones omitidos y por cuenta de ello devolvieron el documento a la presidencia del Senado para que allí lo enmendaran.

La papa caliente cayó nuevamente en manos del senador Macías quien negó mala fe y explicó que el impase no era más que un error en configuración de la impresora. “Acepto que hubo un error de impresión en dos páginas, pero no ha habido ninguna demora. Es una ley de 159 artículos, revisarla toma tiempo. Armaron una tempestad por nada”, dice el presidente del Senado. Las directivas del Congreso se reunieron el viernes para corregir el texto y remitirlo cuanto antes a la Presidencia de la República. Allí la secretaria jurídica, Claudia González, lo debe revisar antes de ponerlo a disposición de Duque. Así que el documento estará a disposición del presidente en los próximos días. ¿Lo firmará? Esa pregunta tiene en vilo al país.

Dado que la ley estatutaria de la JEP tiene más de 50 artículos, el presidente tiene hasta 20 días para decidir si a objeta. De no hacerlo en ese término se verá obligado a firmarla.

Mientras sucedía el ping pong de la ley entre Senado y Cámara, la magistrada Patricia Linares, presidenta de la JEP, hizo una movida para anticiparse a lo que sería un escenario de mayor incertidumbre. La togada le envió una carta a Iván Duque para solicitarle darle prioridad a la firma una vez esta llegara a Palacio. En su carta Linares resalta que se trata de “la norma marco esencial y urgente para el pleno funcionamiento de la jurisdicción”. Efectivamente, la ley estatutaria es el cimiento jurídico sobre el que puede moverse la JEP. De ahí su urgencia y el acabose que significaría que el Gobierno la objetara por inconveniencia. Ese paso desataría una verdadera tempestad institucional.

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El escenario de una objeción es poco probable desde el punto de vista jurídico, pero nada desestimable en el plano político. En la historia normativa del país no existe el antecedente de objetar una ley tan trascendental como la estatutaria de la JEP, que ha pasado por revisión de la Corte Constitucional. Es claro que el Gobierno no podrá negarse a firmarla y devolverla al Congreso por razones de inconstitucionalidad. Pero el presidente sí podría objetarla por inconveniencia, es decir, por razones políticas.

Ernesto Macías, presidente del Senado.

Resulta claro que al Centro Democrático no le gusta la JEP y el partido de Uribe rechazó varios de los ajustes que la Corte Constitucional le hizo a la ley. Por ejemplo, ni el expresidente ni Duque están conformes con que la jurisdicción de paz pueda juzgar los delitos sexuales contra menores de edad. Aunque el Congreso había cerrado esa puerta, la corte introdujo una salvedad según la cual si esas atrocidades tienen conexidad con el conflicto armado la JEP debe conocerlos. “Dichos delitos nunca quedarán en la impunidad, pues serán judicializados, ya sea por la jurisdicción ordinaria o por la JEP”, dice al respecto la sentencia.

El Centro Democrático también ha tratado, insistentemente, de introducir modificaciones a la JEP. El partido de gobierno dice que se requieren cambios en asuntos como el proceso de extradición para los excombatientes que vuelvan a delinquir, la inclusión de nuevos magistrados que se ocupen exclusivamente de juzgar a los miembros de la fuerza pública; y ajustes al esquema de confesión a cambio de alivios judiciales. Porque tal como está, según los uribistas, genera falsas autoincriminaciones.

Objetar o no, he ahí la cuestión

En la legislatura pasada la senadora Paloma Valencia impulsó un proyecto de reforma con estos y otros elementos. En torno al articulado las bancadas que se oponen y las que respaldan a JEP. alcanzaron un acuerdo. Pero la iniciativa terminó hundida por falta de quorum y también naufragó el proyecto de las curules para las víctimas, uno de los compromisos clave del acuerdo de paz. Así que las demandas de ajustes a la JEP son un asunto esencial para el uribismo.

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La pregunta clave es si para el Gobierno de Duque los peros a la JEP pueden configuran una argumentación suficiente como para objetar por inconveniencia la ley estatutaria. SEMANA consultó a varios funcionarios del Palacio de Nariño sobre esa posibilidad y nadie se atreve a negarlo, pero tampoco a confirmarlo. Y lo mismo ocurre en el Congreso dentro de la bancada uribista. Al cierre de esta edición en torno al asunto guardaban estricto silencio.

Carlos Alejandro Chacón, presidente de la Cámara de Representantes.

Aun cuando los argumentos sean estrictamente políticos no sería nada fácil para el Gobierno objetar la ley. Por una parte está el costo que ello implicaría de cara a la comunidad internacional que se la ha jugado por el proceso de paz. Países como Alemania, Noruega, Cuba o Francia no entenderían que el Gobierno nacional ponga una talanquera mayor a la JEP. El Ejecutivo ya está afrontando un desgaste internacional por cuenta de la decisión de negar los protocolos previstos para el rompimiento de la mesa con el ELN. Otra salida de ese tenor aumentaría la desconfianza entre los Estados que insisten en que Colombia debe cumplir ese compromiso.

El impacto en la política interna tampoco sería menor. Cuando el Gobierno parece lograr instalar su agenda en la opinión pública, negar la JEP sería como meter un ruido estruendoso en el auditorio frente al que quiere hablar. Negarse a firmar además implicaría que la ley debe volver al Congreso para que este decida si acepta la objeción. Aunque no es muy claro –precisamente por la falta de precedentes– qué pasaría si el Legislativo admite la objeción, muchos expertos creen que el proyecto moriría allí mismo.

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Pero Duque recibiría una derrota apabullante en caso de que el parlamento decida no admitir los reparos. El presidente se vería obligado a firmar y promulgar la ley que rechazó. Este eventual escenario es cuando menos peligroso para el Gobierno dadas las dificultades que afronta para armar coaliciones y controlar las mayorías en el Congreso.

También puede ocurrir que el presidente decida presentar una objeción parcial. En esta circunstancia el articulado no cuestionado sobreviviría mientras que el objetado iría al limbo del Congreso. Una gran pregunta es qué ocurriría si uno de los artículos objetados es, por ejemplo, el de la violencia sexual contra menores, introducido por la Corte Constitucional. ¿Cuál poder se impondría? Todos esos son los pros y contras que Duque debe sopesar a la hora de decidir si firma o no la columna vertebral de la Justicia Especial para la Paz.