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| Foto: Noticias Caracol

HISTORIA

El drama de una mujer que perdió el seno por un cáncer que no tenía

La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena que se le impuso a un médico patólogo de Cali que adelantó el equívoco diagnóstico.

19 de julio de 2016

Un infortunado diagnóstico de cáncer de mama hizo que una mujer perdiera su seno derecho en una clínica de Cali (Valle) en el 2007. Hoy, nueve años después de lo ocurrido, la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra el médico responsable de ese erróneo concepto.

Con ponencia de José Luis Barceló, ese alto tribunal ratificó los 10 meses de prisión y 4.700 millones de pesos que le impuso como sanción el Tribunal Superior de la capital de Valle a José Édgar Duque Echeverry, al declararlo responsable del delito de lesiones personales culposas.

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La historia se remonta a julio del 2007. La familia a la que pertenece esta vallecaucana sintió que su salud estaba llegando a un límite que ponía en riesgo su vida. El concepto de su médico patólogo registraba cambios intempestivos y sospechosos en su tejido mamario. El diagnóstico apuntaba a que la paciente sufría de la aparición de un carcinoma ductal de tipo tubular. Tras esa supuesta certeza, el oncólogo tratante concluyó que se trataba de un cáncer invasivo y que, por lo tanto, la única alternativa para evitar que esta mujer pusiera su vida en riesgo era extirparle el seno.

Resignadas ella y su familia, en pocos días se programó la cirugía en la que, finalmente, le retiraron la totalidad de su tejido mamario del lado derecho, lo que en ese momento, si bien podía ser un golpe a la autoestima de la paciente, era un seguro de vida para evitar que el cáncer se extendiera a otras zonas de su organismo.

Pero lo que vino más delante fue más frustrante y doloroso aún. Los análisis científicos evidenciaron que esa masa extraña que había invadido el seno de esta mujer no ponía en riesgo su sobrevivencia, pues en realidad era una adenosis esclerosante, un tipo de cuerpo benigno, no maligno.

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El dolor, la rabia y la indignación fueron de la mayor proporción. Para la familia no fue difícil convencer a la justicia de que la paciente había sido víctima de la negligencia de sus médicos tratantes y, por eso, un juez de Cali, previa acusación de la Fiscalía, condenó al médico patólogo por no haber tomado las precauciones suficientes que le permitieran emitir un concepto verdaderamente acorde con la realidad.

En segunda instancia el Tribunal Superior de esa capital elevó de seis a 10 meses la pena de prisión contra el médico, que además quedó suspendido en el ejercicio de su profesión por dos años y se vio en la obligación de cancelar una sanción pecuniaria que superaba los 4.700 millones de pesos.

El médico y su defensa esperaban que la Corte Suprema de Justicia lo absolviera, al anotar que la evidencia científica demuestra que el cuerpo extraño identificado en la paciente y calificado como maligno era casi idéntico al tumor benigno que finalmente le extirparon.

Pero no consiguió su cometido. Para la Sala Penal del alto tribunal, si bien es cierto que ambos tipos de tumor son fácilmente confundibles, el patólogo no agotó todos los procedimientos que ha debido adelantar para identificar con claridad qué estaba aquejando a la paciente. En efecto, dice el fallo, el médico podía y debía practicar una “inmunohistoquímica”, como último mecanismo de contrastación. Es verdad, dice la Corte, que es probable que aun después de efectuada esta confrontación el resultado hubiera sido el mismo.

Dado que el galeno omitió tomar esta previsión, la Sala Penal ratificó su responsabilidad por haber expuesto de esa manera a la paciente, en detrimento de su salud emocional, dada la incidencia que un hecho como este puede traer para la autoestima de una mujer.