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La Corte Constitucional entregó el fallo. | Foto: Archivo Semana

FALLO

Jueces no pueden basar sus fallos en sus creencias religiosas

Un fallo de la Corte Constitucional determinó que toda decisión judicial debe estar desprovista de "cualquier expresión que permita suponer un sesgo fundado en las creencias religiosas del funcionario que la profirió".

19 de septiembre de 2012

La Corte Constitucional les recordó a los jueces del país su obligación de alejarse de sus creencias religiosas al momento de fundamentar sus decisiones, según una sentencia del alto tribunal que trascendió este miércoles.
 
Cabe recordar que las determinaciones del Constitucional sientan jurisprudencia y son referente para casos iguales o similares en el futuro. Es decir, en adelante los jueces y fiscales no podrán utilizar en sus decisiones citas de libros religiosos, cuyo mensaje tengan relación directa con sus fallos.
 
Si es sólo para fijar una cita o explicar un punto de vista lo podrían hacer, pero el punto es que la religiosidad no puede ser base de las decisiones judiciales, explicaron magistrados.
 
El pronunciamiento de la Corte Constitucional se dio al resolver un fallo de tutela en el que analiza una frase del Éxodo, un texto de la Biblia, que fue utilizada por un juez de Cali en uno de sus escritos de decisión: "Tratándose de la justicia, no favorecerá ni siquiera al pobre", dice parte del fallo.
 
"La Sala estima oportuno recordarles a las autoridades judiciales que, en el ejercicio de sus funciones, están obligadas a respetar el principio de laicidad que caracteriza al Estado colombiano y que se materializa en la imposibilidad de que sus autoridades adhieran o promuevan determinada religión, o adopten cualquier conducta que desconozca el pluralismo, la coexistencia igualitaria y la autonomía de las distintas confesiones religiosas consagrados por la Carta Política", dijo la Corte Constitucional en referencia al versículo utilizado en la sentencia.
 
Dicha cita, precisó la Corte, fue incluida en un pie de página de la sentencia del juzgado de Cali.
 
"Tal alusión resulta inadmisible en un documento que, al haber sido suscrito por una autoridad pública, debe estar desprovisto de cualquier expresión que permita suponer un sesgo fundado en las creencias religiosas o en las convicciones personales del funcionario judicial que lo profirió", agregó el alto tribunal en una decisión.
 
"Lo que la Corte les pide a los funcionarios judiciales es que no fundamenten sus fallos con base en sus creencias religiosas", explicó Mauricio González, uno de los tres magistrados de la Corte Constitucional que aprobó la decisión.
 
En concepto de González, no es que la Corte les está prohibiendo a jueces y fiscales colombianos que citen la Biblia o libros de tratadistas, sino que se abstengan de evocar frases que tengan relación con la decisión que al final habrán de tomar sobre cualquier proceso judicial. 
 
"La sola mención de una cita bíblica (...) en la sentencia que la decide y en los oficios que enteran a las partes de lo resuelto por un despacho judicial, puede dar una idea equivocada acerca de los criterios que guiaron la labor de administrar justicia en el caso concreto", dijo González.
 
AP