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La Comisón Nacional de Televisión revocó contra su voluntad el proceso de licitación del tercer canal, en un ambiente enrarecido por varias denuncias de falta de trasparencia.

TELEVISIÓN

La CNTV revocó proceso de licitación del tercer canal

Según esta entidad, la medida fue tomada acatando la orden de la Procuraduría, pero no está de acuerdo con los fundamentos planteados por el organismo de control.

8 de enero de 2010

La Comisión Nacional de Televisión, CNTV, tomó la decisión de revocar el proceso de la licitación del tercer canal privado, obedeciendo así la solicitud hecha por la Procuraduría General de la Nación.

Según Juan Andrés Carreño, director de la CNTV, la idea es que con la revocatoria del acto administrativo, este sea revisado a fondo por los respectivos organismos de control.

Carreño agregó que esta decisión fue acatada por la Comisión pero no está de acuerdo con la Procuraduría y los fundamentos planteados para cancelar el proceso. Todo esto sucede en un ambiente enrarecido por varias denuncias que resaltaron la falta de trasparencia del proceso. Dos de los tres consorcios, Prisa y Cisneros, habían renunciado argumentando que la licitación estaba amañada en favor de Planeta.

La CNTV señaló que después de que se lleve a cabo el análisis respectivo de la licitación y se resuelvan las dudas de los proponentes y de los organismos de control, nuevamente esta será re abierta.

Este es el comunicado oficial presentado por la CNTV frente a su decisión:

La entidad discrepa respetuosamente de los fundamentos de la procuraduría

La CNTV acoge solicitud de revocatoria del acto de apertura de la licitación del tercer canal privado de televisión

La Comisión Nacional de Televisión informa lo siguiente:

En el día de hoy, la Procuraduría General de la Nación ha solicitado a la Comisión Nacional de Televisión, revocar el acto de apertura de la Licitación No.001 de 2.009, cuyo objeto es la adjudicación de la concesión del tercer canal nacional de televisión de operación privada.

En rueda de prensa dada en la Procuraduría General de la Nación, la señora Procuradora Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública manifestó, tal como consta en la grabación de dicha rueda de prensa publicada en la página web de esa institución, que: “(…) pese a que se trata de una recomendación por parte del Procurador para que se revoque el acto de apertura de la licitación, para nosotros en palabras sencillas y prácticas el proceso ha muerto, ya quedó en unas circunstancias que impiden su continuidad, no se trata ni siquiera de un proceso en estado moribundo o en estado de coma, para la Procuraduría General de la Nación este proceso ha finalizado, diferente es que la Comisión Nacional de Televisión considere que nuestra recomendación de revocatoria no es válida y decidan apartarse de la misma, esa circunstancia considero yo, podría eventualmente dar lugar al inicio de investigaciones disciplinarias (…)”, y que “(…) la adjudicación pese a las recomendaciones que nosotros hemos efectuado, consumaría la afectación del patrimonio económico (…)”.

Dicha solicitud ha sido acatada por la Comisión, aún cuando no comparte con este Organismo de Control, los fundamentos de la misma.

En la fecha, la Comisión Nacional de Televisión ha dirigido una comunicación de respuesta a la Procuraduría, en la que insiste de manera respetuosa en su disentimiento con los reparos de esa Institución, reiterando que la Comisión ha sido precisa en sostener:

1. Que la operación del tercer canal ha de ser en Frecuencias UHF, de lo que informó desde un comienzo a todos los interesados;

2. Que como lo ha manifestado desde el principio, es responsabilidad de cada proponente diseñar la red con la que habrá de operar;

3. Que en lo que al precio base de la concesión se refiere, la Comisión recogió prácticamente todas las observaciones de la Procuraduría y la Contraloría mediante la expedición de la Adenda No.3 bajo la consideración de que su ajuste debe hacerse en función del IPC, pues utilizar otros criterios sería técnicamente inapropiado, y

4. Que en materia de riesgos, la Comisión considera que su posición además de ser correcta desde el punto de vista jurídico, es la más conveniente para el patrimonio público, y la manera de cuantificación corresponde a la que se ha aplicado en la mayoría de los más importantes procesos licitatorios que sean adelantado en vigencia del Decreto 2474 de 2.008.

Con fundamento en las anteriores consideraciones, la Comisión no está de acuerdo en que el proceso desconozca las normas de libre concurrencia ni la búsqueda de una pluralidad de oferentes y considera que en todo caso no puede afirmarse que no habrá dicha pluralidad antes de la finalización del cierre de la licitación, y que las manifestaciones de algunos de los interesados sobre su intención de abstenerse de hacerlo, son imputables a las condiciones propias de quienes así se han pronunciado y no pueden ser motivo suficiente para privar a los colombianos de la opción de un tercer canal de televisión nacional. El derecho que deberá prevalecer es el derecho de los colombianos de contar con una nueva oferta de educación, cultura y entretenimiento.

La Comisión, consecuente con la solicitud de la Procuraduría procedió a revocar el acto de apertura y abrirá nuevamente el proceso, solicitando a los órganos de control que continúen acompañándola en el desarrollo del mismo, e implementará las medidas necesarias para lograr la adjudicación del Tercer Canal de televisión.

Junta Directiva

Comisión Nacional de Televisión

Bogotá D.C., enero 7 de 2010