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La fórmula secreta

Principios de fondo sobre el tema del secreto industrial estaban de por medio en el pleito que Minhacienda le ganó a Bavaria. ¿Cuáles son los antecedentes mundiales en esta materia?

18 de octubre de 1993

LA CORTE CONSTlTUCIONAL falló, finalmente, la semana pasada: el derecho al secreto industrial no prima sobre el derecho de acceso a la información en investigaciones tributarias. En otras palabras, Bavaria no podía decirle a la Administración de Impuestos que no le entregaba la fórmula de la cerveza si la entidad oficial consideraba que este conocimiento era necesario para determinar si la empresa estaba evadiendo impuestos o no. El fallo en el fondo era simbólico.
Como lo dijo el propio presidente de la compañía, Augusto López, hacía meses el Ministerio de Hacienda ya tenía esa información. Por otro lado, la fórmula de la cerveza no es tan misteriosa como podría desprenderse de la polémica. Todas las cervezas tienen malta, lúpulo, algo de arroz y algo de maíz, y si alguien se toma la molestia de llevar una botella de cualquier marca a un laboratorio profesional en Estados Unidos, en 24 horas le dan, con pelos y señales, su composición. Si por cuenta de un pedazo de ámbar la tecnología moderna permite saber con precisión cómo eran los dinosaurios hace 70 millones de años, no es difícil pensar que se pueda determinar la fórmula de una bebida hecha el mes pasado.
Aunque el problema no era real, sin embargo, estaba de por medio un asunto de principios, lo cual tiene mucho peso. Bavaria tiene todo el derecho a considerar su fórmula sagrada y a tener interés en que no se revele. El antecedente mundial sobre ese tema es el de la Coca-Cola, y como hace apenas un mes se publicó en el mundo un libro que se convirtió en best seller sobre su historia, el tema está sobre el tapete.
La fórmula de la Coca-Cola se consideraba el secreto industrial más importante del siglo, porque, a diferencia de la fórmula de la cerveza, que es una variación de algo conocido, se trata del invento de un producto. Dos veces fue Coca-Cola a los tribunales a defender el secreto de su fórmula. La primera en 1977, cuando el Gobierno de la India se la exigió como un requisito burocrático y la multinacional se negó a entregarla. La situación llegó a la disyuntiva de acceder al requerimiento o tener que retirarse del segundo país más poblado del planeta. Coca-Cola optó por lo segundo. Y en un acto que es considerado clave en los debates sobre el secreto industrial, se retiró de la India. El segundo caso fue en 1985 cuando, con motivo del cambio de sabor de la bebida, los embotelladores le exigieron a la productora la fórmula de todos sus productos para determinar comisiones. Coca-Cola también se negó y ganó ante los tribunales.
Sin embargo, estos dos casos fueron, el primero, ante un gobierno extranjero, y el segundo, ante un grupo de empresarios privados. Pero en ambos el argumento central fue que la única autoridad con competencia sobre la materia era el Gobierno estadounidense. Por ejemplo, era absolutamente impensable que ante una controversia sobre salud pública se le pudiera negar información al Departamento de Salud.
Como cosa curiosa, en ese controvertido libro, titulado "Por Dios, Patria y Coca-Cola", se publicó por primera vez en la historia la famosa fórmula. El periodista investigativo se la encontró perdida en una caja fuerte, y, a pesar de las presiones de la multinacional, la sacó al aire. Interrogado sobre esto, el presidente de la empresa afirmó el mes pasado: "Siempre tratamos de proteger la fórmula, pero no queremos dramatizar esta situación. Nuestras ventajas en mercadeo sobre cualquier rival son tan grandes que nadie podría distribuir un producto igual al nuestro a nivel mundial por el mismo costo que nosotros. La pregunta es quién va a estar interesado en comprar algo igual a Coca-Cola que no sólo es más caro sino que tiene otro nombre".
Todas estas anécdotas no son, sin embargo, comparables ciento por ciento con la situación de Colombia. Allá hay una gran confianza en la capacidad del Gobierno para guardar un secreto. Aquí no tanto. Pero esta es una consideración puramente pragmática, que no puede anteponerse a un principio constitucional: el de que cuando hay un conflicto entre el interés público y el privado, prevalece el primero.
El otro round de esa pelea se acaba de iniciar y es el del impuesto al refajo. Este producto es una combinación de cerveza y gaseosa, por partes iguales. La cerveza tiene hoy un impuesto de consumo del 48 por ciento. Las gaseosas, por no ser bebidas alcohólicas, pagan solamente el IVA, que es del 14 por ciento. Los abogados del Grupo Santo Domingo, encabezados por Jorge Ferro Mancera, presentaron un memorial al Ministerio de Salud alegando que el refajo debería ser clasificado como alimento y no como bebida alcohólica. El Ministerio aceptó la argumentación y Cola y Pola terminó clasificada como alimento, como si fuera parte de la canasta familiar y, en consecuencia, tributando como bebida no alcohólica. Esto desde el principio fue percibido como un absurdo, pues no existe un solo padre de familia en Colombia que le permita a su hijo menor tomar refajo. Sin embargo, como se trataba de una decisión del Ministerio de Salud, la cosa quedó ahí.
La rebelión vino por cuenta de los políticos. Al enterarse de que una botella de una bebida cuya mitad era cerveza no estaba aportando un centavo al impuesto al consumo, que es de lo que viven los fiscos departamentales, pusieron el grito en el cielo. Después de hacer una consulta ante la Administración de Impuestos se llegó a la conclusión de que la decisión del Ministerio de Salud se hizo conforme a las normas de sanidad y no tenía efectos tributarios, y que, de acuerdo con la clasificación arancelaria de Bruselas, que es la que rige en Colombia para la determinación de los impuestos, el refajo clasificaba como bebida alcohólica, por tener más del 0.5 por ciento de alcohol. El asunto será definido próximamente, y seguramente se llegará a una fórmula intermedia entre el 48 por ciento de la cerveza y el 14 por ciento de las gaseosas.
Aunque el Ministerio de Hacienda ha tenido la razón tanto en el caso del secreto industrial como en el del refajo, la secuencia cronológica de los dos casos no ha tenido muy buena presentación. Tan solo 24 horas después de que la Corte Constitucional falló en contra de Bavaria en el caso de la fórmula, el Ministerio anunció la reclasificación tributaria del refajo. Para un caso donde ha habido acusaciones de persecución, la inmediatez del doblete no entierra las suspicacias.