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| Foto: Fotomontaje Semana

JUSTICIA

Los documentos reservados del Ejército sobre la magistrada del caso contra Álvaro Uribe

Varios documentos “restringidos” del Comando General del Ejército evidencian que la magistrada Cristina Lombana, de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema, es militar activa y que su comisión en la Rama Judicial fue aprobada “por necesidades del servicio”.

6 de junio de 2019

El Consejo de Estado ya cuenta con todos los argumentos y documentos para decidir la tutela con que la magistrada Cristina Lombana Velásquez trata de tumbar la decisión con la que sus cuatro compañeros, integrantes de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema, la apartaron del caso contra Álvaro Uribe Vélez tras admitir una recusación que contra ella presentó el senador Iván Cepeda, contraparte del expresidente. Lombana fue recusada por su doble condición de militar activa y magistrada.

Tratándose de un caso en el que Uribe es investigado por supuestamente manipular testigos para difamar al senador del Polo, Cepeda consideró que la magistrada no ofrece garantías para conducir el caso pues como expresidente Uribe fue comandante en jefe de todas las fuerzas militares.

Los otros cinco magistrados de la Sala de Instrucción admitieron la recusación y tras analizar los argumentos expuestos consideraron que efectivamente era incopatible que Lombana fuera militar activa y al mismo tiempo magistrada. Con base en ello la apartaron del caso y reasignaron el expediente en el que se investiga al expresidente y al Representante Álvaro Hernán Prada. 

A eso la magistrada respondió con una tutela pues consideró vulnerados varios derechos fundamentales. “Con su decisión la Sala Especial de Instrucción pone en entredicho mi imparcialidad, independencia, buen juicio, compromiso con la justicia, decoro, ética, rigurosidad y honestidad. En suma, cuestiona mi credibilidad, principio rector del quehacer de todo juez de la República”, afirmó la jurista.

La tutela fue repartida y le correspondió al magistrado César Palomino, de la Sección Segunda del Consejo de Estado. Lombana pidió como medida provisional que la decisión de sus colegas quedara sin efectos mientras se falla de fondo la tutela ya que así se evitaría un "perjuicio irremediable", al abrir la posibilidad cualquier sujeto procesal que tenga en trámite ante su despacho tome como "válidos y legítimos los argumentos" y la recusen por todas las actuaciones que allí se tramitan. Pero Palomino decidió no acceder a la petición. El consejero consideró que no se observa "una vulneración o amenaza de los derechos fundamentales invocados" que haga necesarias las medidas de protección urgentes.

En la misma decisión, el magistrado Palomino le pidió al Ejército una serie de documentos para constatar la condición de miembro activo de Cristina Lombana Velásquez, incluyendo la fecha de vinculación al servicio y su actual situación administrativa. Toda esa documentación ya fue agregada al expediente, así como los argumentos de los otros magistrados compañeros de Lombana en la Sala de Instrucción.

Dentro de los papeles que serán determinantes para decidir la tutela hay varios remitidos por el Comando General de las Fuerzas Militares con el antetítulo de “restringidos” y que dan cuenta de la situación de Lombana.

Uno de estos es del 2 de octubre de 2018 y está firmado por el teniente coronel Jairo Castillo Colorado quien “Siguiendo órdenes del Comando Superior” solicita se continúen con el trámite necesario para que la oficial superior Lombana, tras haber sido electa nueva magistrada, pueda ir en comisión a la Rama Judicial. Dicho trámite se basa en varias consideraciones, una de estas: “Que por necesidades del servicio, se destina en comisión administrativa permanente en la Administración Pública –Corte Suprema de Justicia–Sala Especial de Instrucción de la Sala de Casación Penal, a la señora Mayor JPM Lombana Velásquez Cristina Eugenia”.

Ese argumento se repite en el concepto jurídico que sobre el asunto le rinde el general Javier Alberto Ayala Amaya, jefe jurídico del Ejército, al también general y comandante del Ejército, Ricardo Gómez Nieto el 4 de octubre de 2018. Allí se lee “Considerando: por necesidades del servicio se destina una comisión administrativa permanente a la Administración Pública…” Con la aprobación de ese concepto jurídico y el cumplimiento de otros papeleos el ministro de Defensa, Guillermo Botero, firmó la resolución 7182 del 5 de octubre de 2018 que aprobó para Lombana una comisión administrativa permanente para ir a una entidad distinta al Ministerio de Defensa.

El concepto “necesidades del servicio” puede tener distintos alcances. Para algunos es simplemente una expresión común en el mundo castrense. Pero para los contradictores de la magistrada, dado que este aparece como el argumento jurídico oficial en los papeles con que se tramitó su comisión el asunto es más complejo. Por un lado reconfirma que ella es una militar activa y en servicio. Una comisión, aunque permanente, no implica un retiro. Y eso riñe con la Ley Estatutaria de Administración de Justicia que en su artículo 151 sobre incompatibilidades para ejercer cargos en la rama judicial, señala expresamente: “la condición de miembro activo de la fuerza pública”.

La magistrada Lombana ha insistido en que es abogada y como tal fue por muchos años juez penal militar. Además que no tiene ningún interés en particular por mantener las investigaciones de las que fue apartada. Este martes, en entrevista con La W radio señaló que se siente satanizada por sus compañeros y que considera que la está pasando es por su condición de mujer. “En ningún momento estoy pidiendo que me devuelvan los dos procesos, no tengo ningún interés personal en estos procesos. Con lo que no estoy de acuerdo es en los términos en que fue resuelta la recusación por varias razones. Primero, ellos (los otros magistrados) debieron aceptar los argumentos de la parte recusante sujetos en derecho y además porque utilizaron términos despectivos descalificando mi ejercicio como juez…” explicó.

Otro de los argumentos que se exponen contra la magistratura de Mayor Lombana es que al ser una militar activa su carrera en las Fuerzas Armadas continúa, y eso implica que en el futuro pueda aspirar a los más altos grados del escalafón. Como se sabe –y justo ayer ocurrió– los ascensos a oficiales generales y oficiales de insignia deben ser sometidos a aprobación del Senado de la República.

El embrollo está en que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema, de la que hoy es integrante Lombana, fue creada precisamente para investigar penalmente a los congresistas, y a su vez estos son los que aprueban o deniegan el ascenso de los militares de alto rango. Sin embargo, esa circunstancia eventual de un asenso a general de la magistrada Lombana no se daría antes de 15 años que es el tiempo mínimo que media entre un mayor y un general en la jerarquía militar. El cargo de magistrado es por un periodo de ocho años.

Ver: Niegan reintegro de magistrada-militar al caso Uribe Vélez

Aunque la decisión determinante será lo que se resuelva en la tutela, el debate también está candente entre los magistrados de la Sala Plena de la Corte Suprema. Este órgano fue el que eligió a la magistrada Lombana y ella nunca ocultó su carrera militar cuando se postuló e hizo su exposición ante los magistrados titulares. Algunos togados piensa que fue un error elegirla sin haberle preguntado expresamente si declinará su carrera militar por la magistratura. Otros consideran que esa pregunta no tenía lugar porque todo funcionario, tras ser electo, debe realizar el acto de confirmación del cargo en el cual se hace juramento y se aportan los documentos que validan el cumplimiento de las condiciones legales y la no incompatibilidad para asumir el cargo.

En los próximos días, cuando el Consejo de Estado resuelva la tutela empezará a quedar claro quién tiene la razón. Si el fallo no es favorable a la magistrada-militar, seguramente ella tendrá que optar por solo una de sus dos vocaciones ¿La magistratura o la carrera militar? Pero en caso de ganar la tutela el país tendría por primera vez a una reconocida mayor activa ejerciendo la magistratura en la Corte Suprema de Justicia.