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| Foto: Archivo Particular

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El oso de la justicia: Chucho se queda en el zoológico de Barranquilla

Reversazo en la decisión de trasladarlo para a mejor hábitat. La Sala Laboral dice que los derechos de los animales no podían ser defendidos a través del hábeas corpus.

18 de agosto de 2017

Con su última fuga, el oso de anteojos Chucho desencadenó una intensa discusión jurídica sobre los derechos de los animales en Colombia. La controversia protagonizó un nuevo capítulo este viernes, cuando la sala de Casación Laboral de la Suprema Corte de Justicia decidió tumbar la orden del magistrado Luis Armando Toloso Villabona a favor del mamífero.

En su decisión anterior, la Suprema Corte de Justicia había considerado que el traslado del plantígrado a Barranquilla era inconveniente ya que no existía evidencia suficiente para asegurar la garantía de sus derechos. Chucho, quien creció toda su vida en semicautiverio en la ciudad de Manizales, podría resultar afectado por el calor y la diferencia de altura entre ambas ciudades.

La intervención de Tolosa en el caso enfrentó a los animalistas que estimaron que el paso de la semilibertad, en Manizales, al cautiverio de Chucho, en el zoológico de Barranquilla, le era desfavorable. Otro sector de los defensores de animales considera que es mejor que esté en un lugar en el que pudiera vivir con sus congéneres y una alimentación adecuada.

Lo que resolvió la Sala Laboral es una tutela contra el fallo de Tolosa, presentada por la Fundación Botánica y Zoológica de Barranquilla. La institución considera que había sido vulnerado el derecho al debido proceso que tiene la entidad, al haber devuelto a Chucho a Manizales a través de un hábeas corpus aplicado de manera inédita a un animal.

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En la nueva decisión de la corte, el recurso de hábeas corpus es un mecanismo creado para proteger la libertad de los individuos, lo cual excluye de facto a los animales y a las personas jurídicas de su competencia. Por lo que el acto en favor de Chucho no debería haber procedido.

Aunque indicó que existen otros mecanismos para impedir que se maltraten a los animales, como la acción popular o la "aprehensión material preventiva" (según la cual la policía puede aprehender a cualquier especie maltratada), el magistrado Fernando Castillo aclaró que en "nuestra regulación no se les asignó tal categoría (a los animales) sino una intermedia entre sujeto y objeto de derecho".

Por este motivo, decidió conceder el amparo al debido proceso del zoológico de Barranquilla, dejar sin valor y efecto el hábeas corpus otorgado y por lo tanto forzar la permanencia del oso en cautiverio en la capital del Atlántico.

Este podría ser el pronunciamiento definitivo en un caso que de fondo guarda una honda discusión sobre si los animales deben ser considerados o no sujeto de derechos, es decir, si les debe aplicar una figura usada para defender los derechos humanos. Sin embargo, a este fallo aún le queda la posibilidad de una revisión eventual de la Corte Constitucional, una opción no tan remota teniendo en cuenta que el punto ha suscitado profundas divisiones en el máximo tribunal de lo constitucional.