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Julian Pinilla. Personero de Bogotá.
Bogotá Diciembre 10 de 2020.
Foto: Juan Carlos Sierra-Revista Semana.
Julian Pinilla. Personero de Bogotá. Bogotá Diciembre 10 de 2020. Foto: Juan Carlos Sierra-Revista Semana. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Judicial

Personero de Bogotá seguirá en el cargo, Tribunal rechazó demanda que aseguraba que elección estaba arreglada

El demandante cuestionaba la posición de los concejales y la evaluación que se le realizó en noviembre pasado.

5 de septiembre de 2022

Por el momento, la elección de Julián Enrique Pinilla Malagón como Personero de Bogotá está en firme. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazara la demanda que consideraba que todo el proceso de elección estaba viciado.

En la acción judicial se reseñaba que los 22 concejales que eligieron a Pinilla no habían participado en la calificación de los otros aspirantes al cargo de Personero. Debido a esto, se señalaba que no habían tenido en cuenta las otras hojas de vida y que, desde el principio, la decisión estaba tomada.

El demandante incluso fue más allá y calificó todo el proceso como “arreglado”, debido a esto pidió la nulidad del acto administrativo firmado por el Concejo de Bogotá que avaló la elección de Pinilla como nuevo Personero de la capital de la República.

Sin embargo, para el Tribunal, nunca se presentó una prueba que permitiera concluir las supuestas irregularidades y que se tratara de un arreglo el proceso de votación y elección. Por eso, se concluyó que lo mencionado solamente fue una conjetura.

En la decisión de 84 páginas, el Tribunal precisó que la evidencia señala que el Concejo en pleno entrevistó a cada uno de los candidatos los días 3, 4 y 5 de noviembre de 2020. “(…) se dio cumplimiento por parte de esa corporación pública a lo establecido en el artículo 22 de la Resolución 133 de 6 de febrero de 2020, a través de la cual se convocó y reglamentó el concurso para la elección del personero o personera de Bogotá”.

La prueba documental encontrada señala que todos los candidatos realizaron sus intervenciones (las cuales fueron evaluadas) “propuesta de plan de gestión y las respuestas a las preguntas planteadas por la plenaria del Concejo; preguntas que, además, fueron publicadas con anterioridad a esta prueba”.

Por esto se concluyó que “el Concejo de Bogotá no desconoció esos precisos criterios establecidos en el reglamento y en el protocolo durante el desarrollo de la entrevista, lo que permitió a los concejales escuchar la intervención en igualdad de condiciones a todos los candidatos que se presentaron a la prueba entrevista para que finalmente procedieran a evaluarla”.

En el estudio del caso se concluyó que no se probó una arbitrariedad o una falta de razonabilidad por parte de un grupo de concejales que cambiaron la nota de su calificación tras la presentación de los candidatos.

“(…) no se encuentra probado en modo alguno en el expediente la existencia de otra o más personas que estuvieran en las mismas circunstancias fácticas y jurídicas a las descritas por la parte actora en la demanda a las cuales se les haya dado un trato preferente o más favorable”, precisa. “Es decir, no se demostró que a otras personas naturales en iguales o similares condiciones a las descritas por el demandante en la demanda se le hubiese dato un trato diferente y más benévolo de favorecimiento”.

Finalmente, se concluyó que en ningún momento se vulneró el debido proceso y el principio de legalidad en el proceso de elección del Personero. “(…) para efectos del puntaje final de la entrevista, la asignación de la calificación, por más o menos concejales, no constituía un factor relevante, puesto que, si alguno se abstenía de calificar a determinado aspirante, tampoco se tenía en cuenta para calcular el promedio de las calificaciones y, por otro, en alguna parte actora alegó que se hubiese afectado el quórum del Concejo de Bogotá”.

El pasado 9 de agosto, la Procuraduría General citó a juicio disciplinario a los concejales de Bogotá, Nelly Patricia Mosquera Murcia y Álvaro Acevedo Leguizamón, por presuntas anomalías en la expedición del documento que convocó el concurso público de méritos para el cargo de personero distrital para el período 2020-2023.

El organismo de control disciplinario investiga una supuesta extralimitación en las funciones de los servidores públicos pues, al parecer, habrían trasgredido los principios de responsabilidad y transparencia. El ente de control calificó provisionalmente la falta de los funcionarios como grave, cometida a título de dolo.