Home

Nación

Artículo

| Foto: Jorge Restrepo

CAPITAL

Petro, con un pie afuera

Lo único que podría mantener a Gustavo Petro en la Alcaldía de Bogotá son las medidas cautelares de la CIDH.

1 de marzo de 2014

Desde el 9 de diciembre, cuando la Procuraduría ordenó la destitución de Gustavo Petro como alcalde de Bogotá, este comenzó una batalla jurídica sin precedentes en la historia de Colombia. Y a lo largo de dos meses y medio logró sumar algunas victorias.

El magistrado de un tribunal, en una jugada extraña pero audaz, ordenó suspender la destitución. Y le dio oxígeno suficiente para que otros magistrados de tribunal fallaran a favor del alcalde (o de seguidores suyos en su nombre) varias tutelas que lo han mantenido con vida. Como si fuera poco, Petro hizo de su pelea jurídica una causa política, llenó la Plaza de Bolívar y logró salir del sótano de las encuestas.

Sin embargo, todo indica que la batalla de la ‘tutelatón’ ­–como la bautizaron los mismos petristas– llegará a su fin posiblemente esta semana. Ya se está cerrando el ciclo de las tutelas que el ejército de petristas indignados interpuso en las tres jurisdicciones.

En primer lugar, el Consejo de Estado, al fallar la semana pasada una tutela del propio Petro, dijo que ese recurso no procedía contra fallos disciplinarios. El miércoles está convocada la sala plena para debatir y aprobar la nueva ponencia. En teoría, ese mismo día debe quedar en pie el fallo definitivo.

Lo único que quedaría pendiente en el Consejo de Estado es el fallo de cerca de 20 tutelas más, interpuestas por seguidores del alcalde. Pero es altamente probable que se siga la misma línea y repita que ante fallos disciplinarios no cabe la figura. ¿Cuándo resolverá esas 20 tutelas? “Puede ser el mismo miércoles, o tal vez se convoque a una nueva sala para la semana siguiente”, le dijo un magistrado a SEMANA.

En segundo lugar, están las 350 tutelas que llegaron al Consejo Superior de la Judicatura. Según el cronograma de esa alta corte el tema debe quedar resuelto esta semana. Este lunes, los magistrados se reunirán a discutir la ponencia del magistrado Pedro Sanabria que va en la misma línea de la decisión del Consejo de Estado y dice que la tutela no es el mecanismo adecuado contra un fallo de la Procuraduría. Según semana.com, la votación final de este lunes sería seis a uno. Es decir, serían negadas esas 350 tutelas.

Y en tercer lugar, en la jurisdicción penal, también interpusieron tutelas, sin embargo, todas ellas fueron negadas por los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá.

¿Qué sigue? En el momento en que ya no le quede vivo ningún fallo de tutela favorable al alcalde, deberá dar un paso al costado. Eventualmente, lo único que le daría algo más de oxígeno, es que los magistrados se demoren en dejar en firme los fallos de tutela.

¿Qué otras herramientas tiene el alcalde en sus manos?

Como el Consejo de Estado ha dicho, el medio idóneo de defensa que tiene Petro a su mano es interponer una “acción de nulidad y restablecimiento del derecho” contra el fallo del procurador. No obstante, es un proceso demorado y el alcalde tendría que dar un paso al costado mientras se resuelve. Aún, por ejemplo, no se ha resuelto la nulidad interpuesta hace cerca de dos años por el exalcalde de Medellín Alonso Salazar.

Teniendo en cuenta que ese tipo de fallos se demora, el Consejo de Estado dejó claro que el magistrado que asuma el estudio de la demanda de nulidad interpuesta por Petro podría decretar medidas cautelares y eso evitaría el retiro del alcalde mientras se resuelve su caso. Sin embargo, la solución tampoco le sirve mucho al burgomaestre porque el problema que él tiene es de tiempo. Y es que como requisito para interponer la acción de nulidad –gracias a la cual podrían dictar la medida cautelar de suspender la destitución­– tiene que intentar primero conciliar con la Procuraduría. Mientras da ese paso, tal vez ya habrán quedado resueltas todas las tutelas y Petro tendría que retirarse.

La propia Alcaldía parece haber descartado la opción de la ‘acción de nulidad’, según un documento de tres páginas que la defensa del alcalde envió la semana pasada a la CIDH. En el texto, según reveló El Espectador, los abogados de Petro urgen a la Comisión para que decrete las medidas cautelares y explican que la ‘acción de nulidad’, que propone el Consejo de Estado, no es ágil y efectiva para proteger los derechos políticos de Petro.

Por eso tal vez el alcalde Gustavo Petro ya anticipó su derrota. En un twitter, el jueves pasado, a las 8:59 de la mañana escribió: “Con la rapidez con que van los amigos del procurador en la justicia, tendríamos sustitución del gobierno elegido en Bogotá la semana entrante”.

La frase aunque ya no habla de ‘golpe de Estado’, como hace unas semanas atrás, sugiere un mecanismo no democrático como es la ‘sustitución’ del gobierno. A pesar de que algunos medios han interpretado que Gustavo Petro “da a entender que la próxima semana saldrá de la Alcaldía”, al leer su frase no queda claro que esté claudicando en su batalla.

¿Saldrá o se quedará? “Si no hay ninguna orden judicial vigente que suspenda el fallo de destitución, el alcalde Petro se tiene que ir”, le dijo a SEMANA un reconocido constitucionalista. Y explicó que si se llegara a ese escenario, “en el que ninguna tutela quede viva”, el paso que sigue es que el movimiento al que pertenece Gustavo Petro, es decir, Progresistas, envíe una terna al presidente para elegir el nuevo alcalde.

Algunos han querido tirarle la pelota al presidente Juan Manuel Santos y dicen que según los artículos 314 y 353 de la Constitución es el presidente quien debe ejecutar la orden de destituir al alcalde de Bogotá. No obstante, una sentencia de la Corte Constitucional, la C-229 de 1995, con ponencia del magistrado Alejandro Martínez, ya estudió ese artículo de la Carta Política y concluyó que es la Procuraduría la que impone la sanción y la ejecuta. Que de otra manera, dice, estaría contrariando el espíritu de la Constitución de 1991 que le dio independencia y autonomía a la Procuraduría frente al Ejecutivo.

“Teniendo en cuenta la independencia del Ministerio Público, la Corte considera que la única interpretación adecuada del alcance de esta facultad de imponer sanciones es que, como regla general, corresponde directamente al procurador, a sus delegados o a sus agentes, no solo adoptar la decisión disciplinaria correspondiente sino, además, hacerla efectiva”, dice esa sentencia. Y añade “es obvio que el procurador pierde parte de su autoridad o poderío si la ley limita la facultad del Ministerio Público a que este ‘solicite’ que el superior jerárquico o el nominador hagan efectiva la sanción correspondiente”.

De hecho, tanto el artículo 314 como el 323 de la Constitución dicen que la suspensión o destitución de los alcaldes por el presidente opera “en los casos taxativamente señalados por la ley”. Lo cual, según el fallo de la Corte Constitucional, quiere decir que es “una facultad excepcional que requiere causales específicas”. Y que podría llegar a vulnerar la autonomía de los municipios y de los alcaldes elegidos por voto popular, al darle tal facultad al presidente.

En medio del caos jurídico que ha dejado al descubierto el caso de Gustavo Petro, también vale la pena resaltar que el fallo de la semana pasada del Consejo de Estado, con un apretado resultado de 14 votos contra 11, deja por ahora sin piso el uso de la ‘tutelatón’ contra decisiones disciplinarias y pone un poco de orden en ese aspecto. Aún falta, no obstante, lo que al respecto pueda decir la Corte Constitucional, en caso de que elija para estudio esa tutela.

La defensa del alcalde Gustavo Petro logró suspender la destitución el pasado 14 de enero con una hábil jugada jurídica. El magistrado José María Armenta, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca (el mismo que desató una polémica porque su esposa trabaja en la Empresa de Acueducto de Bogotá), más se demoró en llegar de vacaciones que en pedir la suspensión de la destitución del funcionario sin alcanzar siquiera a estudiar la tutela. Así le dio al alcalde el respiro que necesitaba porque un día antes, el 13 de enero, el procurador había ratificado la destitución.

Vale la pena recordar ese episodio porque Petro, gracias a rápidas movidas jurídicas como esa, ha logrado mantenerse. Y si bien todo parece estar consumado, no sería extraño que encuentre otra manera de hacerle el quite al fallo de la Procuraduría de Alejandro Ordóñez.