Nación

Pico y placa en Bogotá para este martes 2 de mayo

La restricción de movilidad aplica durante 15 horas continuas.

1 de mayo de 2023, 9:06 p. m.
En los últimos 10 años en Pereira el incremento del parque automotor para autos fue del 93.03% y para las motos del 142.77%.
La medida se aplica para vehículos particulares y motos | Foto: León Darío Peláez

Inicia una nueva semana y, de igual manera, la restricción por pico y placa regresa a las vías de Bogotá. En consecuencia, los conductores deben estar atentos para no pasar por alto la norma, pues hacerlo puede conllevar a sanciones por parte de las autoridades de tránsito.

Con el Decreto 003, desde el pasado martes 10 de enero se modificó la rotación del pico y placa para vehículos particulares en la capital del país. A pesar de ello, se mantienen los horarios, que son de 6:00 a. m. hasta las 9:00 p. m.

Pico y placa regional
La restricción de movilidad aplica de 6:00 a. m. hasta las 9:00 p. m. | Foto: Alcaldía de Bogotá

En dicho decreto se establece que los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 tendrán restricción los días pares y los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0 estarán restringidos los días impares.

Así las cosas, el pico y placa que rige para este martes 2 de mayo es para los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

En cuanto a los taxis, la Secretaría Distrital de Movilidad indicó que el pico y placa aplica para los vehículos amarillos con placa terminada en 5 y 6. En este caso, el horario comienza desde las 5:30 a. m. y va hasta las 9:00 p. m.

Los usuarios que deseen estar exentos del pico y placa pueden registrarse en la página de la Secretaría de Movilidad y conocer acerca del pico y placa solidario, la modalidad con la que se puede pagar para usar el vehículo sin ninguna restricción, según la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Vale recordar que, a finales de 2022, la Secretaría Distrital de Movilidad había anunciado que el pico y placa en Bogotá iba a cambiar a partir de enero y hasta el mes de abril, rotando placas cada tres meses, pero al final hubo otras modificaciones. La administración distrital echó para atrás esa decisión y ya no habrá cambios de placas cada ciertos meses.

Trancones
pico y placa todo el dia
Transmilenio
Bogotá 27 de enero 2022
Foto Guillermo Torres / Semana
Trancones pico y placa todo el dia | Foto: Guillermo Torres

¿Quiénes quedan exentos?

De acuerdo con la Secretaría Distrital de Movilidad los vehículos que cumplan con las siguientes características quedan exentos de la medida de pico y placa en Bogotá.

  • Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
  • Caravana presidencial. Grupo de vehículos que hagan parte del esquema de seguridad de la Presidencia de la República y estén al servicio de actividades inherentes.
  • Vehículo de servicio diplomático o consular. Automotor identificado con placas especiales asignadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Carrozas fúnebres. Vehículos destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros, propiedad de las funerarias o agencias mortuorias.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado. Los automotores que pertenezcan o hagan parte de los cuerpos de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Policía Nacional, Unidad Nacional de Protección y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de policía judicial.
Desde el pasado 17 de julio, comenzó a aplicarse el decreto 109 de 2022, que establece la restricción del Pico y Placa los días domingo, para los vehículos particulares en el municipio de Soacha, colindante con Bogotá.
Controles de movilidad en Bogotá. | Foto: Alcaldía de Soacha/Web
  • Vehículos de emergencia. Automotores debidamente identificados e iluminados, dispuestos para movilizar personas afectadas en salud, prevenir o atender desastres y/o calamidades, o actividades policiales, debidamente registrados como tal con las normas y características que exige la actividad para la cual se matriculen, y los automotores propiedad de las empresas que prestan atención médica domiciliaria, debidamente identificados, solo cuando en ellos se desplace personal médico en servicio.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad: automotores que transporten o sean conducidos por personas cuya condición motora, sensorial o mental límite o restrinja de manera permanente su movilidad. La condición de discapacidad permanente que limita la movilidad debe ser claramente acreditada con la certificación médica correspondiente, expedida por la EPS, IPS o ESE. La excepción aplica únicamente para la inscripción de un (1) vehículo por persona en condición de discapacidad.