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La aspersión aérea de glifosato reviviría en la Corte Constitucional
Una ponencia del magistrado Aquiles Arrieta asegura que la polémica fumigación puede reanudarse si se crea un proceso de decisión ante nuevos riesgos y se consulta a las comunidades. La política con "cero riesgo es inviable", dice. Exclusivo.
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Desde que comenzaron a hacerse públicas las cifras sobre el aumento de los cultivos de coca en el país, se ha planteado la posibilidad de eliminar la prohibición de la aspersiones aéreas con glifosato. Este había sido uno de lo giros más importantes que había dado el país en la lucha contra las drogas y respondía a la confirmación de la Organización Mundial de la Salud de que la sustancia podría ser cancerígena. Sin embargo, la reanudación de esa forma tradicional de pelear contra ese flagelo podría llegar pronto y del lugar menos esperado: la Corte Constitucional.
El viernes, a la víspera de Semana Santa, el despacho del magistrado Aquiles Arrieta repartió a la sala conformada por otros dos jueces –Alberto Rojas y Emilssen González de Cancino- una ponencia con la que la justicia podría tomar esa decisión. El año pasado el mismo fiscal Néstor Humberto Martínez le había pedido al Consejo Nacional de Estupefacientes que reversara la decisión que a finales del 2015 suspendió, con el voto mayoritario de las instituciones del Estado, las fumigaciones aéreas en cumplimiento a fallos de la misma Corte Constitucional y del Consejo de Estado. Las sentencias ordenaban aplicar el principio de precaución por presuntas afectaciones en la salud de las personas.
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El documento de Arrieta, conocido por Semana.com, contiene un detallado análisis de la evidencia científica disponible sobre el impacto de glifosato en las personas y en el medio ambiente. Dicho soporte es usado para concluir que la Corte no puede ser indiferente al vertiginoso aumento de los cultivos ilícitos en Colombia -según el reporte de la Casa Blanca cerraron en 188.000 hectáreas-, y que previo a sortear con varios obstáculos, las aspersiones aéreas con glifosato podrían continuar.
La decisión crucial se adoptaría en el marco de una tutela interpuesta por la Personería de Novita (Chocó), en donde el glifosato fue a parar -dice el accionante- a los cultivos agrícolas, a las fuentes hídricas y a las zonas habitadas. El fallo, proyectado por Arrieta, será el tema de discusión esta semana. Para el magistrado, la decisión de tipo político que se dio en el 2015 para suspender las fumigaciones aéreas, no debió requerir largos debates ni consensos al interior del gabinete de turno. Por el contrario, un programa del alcance que tienen estas aspersiones con un producto tóxico debería tener sistemas de control de riesgo tan efectivos que las protecciones ante cualquier alerta deberían ser automáticas e inmediatas.
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El documento de 90 páginas dice que el Gobierno debe diseñar estas medidas de control. De manera que ante una eventual reanudación del PECIG (Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos con Glifosato), es necesario que previamente diseñen y se pongan en marcha cambios normativos y legales que permitan la toma de decisiones que protejan a las personas frente a nuevas alertas por daños a la salud.
Esto implica que las medidas vengan acompañadas de propuestas de evaluación del riesgo en las personas y en el medio ambiente, en el marco de un proceso participativo y técnicamente fundado. El diseño y reglamentación -dice la ponencia- debe venir idealmente de un órgano distinto a las entidades encargadas de ejecutar los programas de erradicación de cultivos ilícitos.
A este primer cambio en las reglas de juego, la ponencia también le agrega otro condicionamiento. Según la Personería de Nóvita, las aspersiones aéreas generan más deterioros medio ambientales, afectaciones de salud en la población, contaminación de las fuentes hídricas y daño en los cultivos agrícolas, que reducción de cultivos de coca. "Es más pudiéramos decir que estos no están sufriendo ninguna afectación real, puesto que quienes se dedican al cultivo ilícito tienen técnicas de recuperación de los mismos para evitar la pérdida de su producción con la fumigación", dice.
Por ello, su solicitud va encaminada a que se suspendan las aspersiones en tanto no sean concertadas y consultadas con las comunidades. En respuesta, la ponencia accede a la pretención al considerar que siempre que exista una afectación directa a una comunidad étnica diferenciada debe haber consulta previa.
De ser aprobada la postura de Arrieta, se ordenaría adelantar un proceso de consulta con estas comunidades chocoanas con el fin de establecer el grado de afectación del PECIG mientras estuvo vigente. Se impondría un plazo de realización de 60 días, y a partir de allí se iniciarían acciones para mitigar, corregir y restaurar los efectos sobre riquezas culturales y naturales de las comunidades afectadas.
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El aspecto central de la suspensión de las aspersiones aéreas fue el principio de precaución ante presuntos daños en la salud. La ponencia, después de hacer un barrido por los estudios más importantes, nacionales e internacionales, en esta materia, se mantiene en que se cumplen con los requisitos suficientes para la aplicación de ese principio del derecho internacional.
"Los abortos involuntarios, el cáncer, las afectaciones al sistema respiratorio y las enfermedades gastrointestinales son daños importantes a la salud que el Estado debe evitar en desarrollo del deber constitucional de garantía del derecho fundamental a la salud", dice.
Sin embargo, asegura que una política de cero riesgos es inviable, por lo que la pregunta no puede ser cómo eliminar el riesgo sino cuál es el nivel que la sociedad considera aceptable. Cuestiona que aunque en el PECIG sí existe una regulación implícita de los riesgos, se toleró prácticamente cualquier nivel de peligro para la salud, lo cual atentó "contra los derechos de respeto y protección del derecho fundamental de la salud".
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“Las fichas pertinentes del Plan de Manejo Ambiental contienen programas que permite al gobierno nacional actualizarse en tiempo real sobre los verdaderos efectos de las aspersiones (…). Sin embargo, no han sido usadas para prevenir daños en la salud. Incluso, una recomendación formulada por un órgano del propio gobierno, como es el Instituto Nacional de Salud, en el sentido de reemplazar el surfactante Cosmo Flux 411-F (coadyuvante de la aplicación de agroquímicos) por otra sustancia, fue repetidamente ignorada en la operación del programa”, revela la ponencia.
El magistrado sopesa los hallazgos en las investigaciones de la Agencia Internacional para la investigación del cáncer, de la OMS, de CICAD (Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas), de la Agencia Europea de Químicos (ECHA) y los estudios de los expertos nacionales.
Con base en esta documentación, saca conclusiones que en todo caso -advierte- dejan vacíos empíricos que la Corte no puede llenar. "No permiten conocer exactamente qué tipos de afectaciones a la salud puede causarse ni de qué severidad serían las mismas. Tampoco el grado del daño en distintos niveles de exposición". El análisis va encaminado a las siguientes premisas:
-El glifosato sí es una sustancia que puede causar afectaciones en la estructura internas de las células y que puede causar cáncer (aunque esta conclusión última está en discusión en la comunidad científica).
-El coadyuvante Cosmo Flux ha sido considerado por el Ministerio de Salud como fuente de riesgo de afectaciones en la salud.
-Las autoridades regulatorias europeas permitieron el glifosato para fumigar maleza pero no han evaluado su impacto con relación a las aspersiones aéreas y a la concentraciones utilizadas en Colombia.
-La comunidades consideran que el glifosato sí causa daños en la salud, por lo que las autoridades han recibido niveles considerables de quejas.
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También recoge un informe de quejas recibidas por la Dirección de Antinarcóticos de personas afectadas por los cultivos ilícitos. Entre el 2012 y 2015, se recibieron 3.090 quejas, de las cuales 2.924 fueron archivadas, 158 fueron compensadas y en 8 no se aceptó la compensación. En el caso de las indemnizadas, dice la ponencia, no se encontraron medidas que permitieran evitar cometer errores similares. Cuestiona además que sea la misma Policía la que resuelva las quejas.
En suma, este documento pone sobre la mesa los aciertos y errores históricos del programa de aspersiones con glifosato en Colombia. Lo hace en un momento en que las instituciones tratan de iniciar planes alternativos de lucha contra las drogas sin que los resultados repunten en las mediciones de cultivos ilícitos en Colombia. A eso se suma que el fracaso en la lucha contra las drogas se ha convertido en un lunar en las agendas de la paz, de Estados Unidos y de la política criminal del país.
Aunque Arrieta plantea restricciones importantes para reanudar las aspersiones aéreas, esta ponencia es una luz verde para continuar fumigando con glifosato. Si bien es cierto, la última palabra en todo caso la tiene el gobierno, esta postura pone el dedo en la llaga sobre un asunto que tiene al país opinando desde esquinas diferentes.