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Según la encuesta nacional de consumo, el 3,9 por ciento de los niños consume cocaína una vez en la vida. | Foto: Tomado de Dmedecina.com

POLÉMICA

¿Puede haber cárcel para los empresarios por dejar que sus clientes consuman drogas?

El fiscal general, Néstor Humberto Martínez, presentó el proyecto de Ley 060 de 2018 con el que busca mejorar la seguridad ciudadana. El problema es que para algunos el proyecto resulta un retroceso en esta lucha contra las drogas.

5 de abril de 2019

En su programa Semana en Vivo la periodista María Jimena Duzán sacó a flote una preocupación generada por el proyecto de Ley que presentó el fiscal general Néstor Humberto Martínez ante el Congreso para mejorar la seguridad ciudadana. Este tiene varias iniciativas para luchar contra flagelos como el microtráfico, pero hay una que ha generado preocupación en algunos empresarios.

Se trata del artículo 376 sobre la penalización del favorecimiento al tráfico de drogas. Este dice que “el que, por razón de su oficio o actividad, se encuentre a cargo de un establecimiento público, espacio público o abierto al público, permita, promueva o tolere el tráfico o consumo de alguna de las sustancias estupefacientes, sicotrópicas o drogas de circulación restringida, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos.”

Otra parte del proyecto que ha resultado polémico en este sentido es que se propone agregar al Código Penal algunos parágrafos sobre la dosis de aprovisionamiento. Esta dosis supera la mínima y es permitida cuando se comprueba que una persona compra más de lo debido para consumir durante un periodo de tiempo más largo. La idea de Martínez es establecer una cantidad fija de la dosis de aprovisionamiento a el doble de la dosis mínima. Hasta ahora no se había fijado la cantidad.

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Según el proyecto de Ley, también se entenderá que hay un propósito de comercializar o distribuir drogas cuando alguien tenga en su poder: 1) Cantidades fraccionadas de una misma o más de una sustancia estupefaciente, sicotrópica o droga sintética. 2) Cantidades de dinero de variada denominación o documentos que permitan inferir la actividad de comercialización o distribución de sustancia estupefaciente, sicotrópica o droga sintética; o 3) Elementos, instrumentos, materiales o equipos comúnmente destinados para la elaboración, fabricación, pesaje, almacenaje, empacado a escala o distribución de sustancia estupefaciente, sicotrópica o droga sintética.

Julián Quintero, activista y experto en políticas de drogas, le explicó a SEMANA que en ese proyecto hay temas interesantes sobre seguridad como por ejemplo la regulación de las redes sociales, el sexting, la ciberseguridad, el uso de espacio público, entre otras. Sin embargo, considera que “es un desacierto crear nuevos tipos penales para el consumo de sustancias psicoactivas pretendiendo meter a la cárcel a los consumidores de droga y a los empresarios dedicados al entretenimiento y al espectáculo, que van desde los que traen a The Rolling Stones o hacen un partido hasta doña Ceci, quien atiende un reconocido bar en el centro de Bogotá”.

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En cuanto a los parágrafos que el fiscal quiere agregar al Código Penal hay varias dificultades. La interpretación de Quintero es que si alguien lleva la dosis mínima repartida en cinco porros ya es un narcotraficante, que si llevo dinero sencillo puede haber sospecha o que si lleva una jeringa o una pipa también puede ser judicializado.

Con respecto a la dosis de aprovisionamiento Quintero piensa que no es tan sencillo establecer que la cantidad deba ser el doble porque cada persona consume de forma diferente. La dosis de aprovisionamiento es un concepto jurídico que surge cuando un soldado del Ejército lleva más de la dosis mínima al monte pero demuestra que es para su uso personal. Lo que estableció la Corte Constitucional es que él no podía estar bajando cada rato al lugar donde se la vendían. Como ese soldado, hay otras personas que compran más de la dosis mínima porque no quieren exponerse a ser descubiertos o a encontrarse con los vendedores tan frecuentemente. Hasta ahora el aprovisionamiento lo ha decidido un juez asesorado por un médico.

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Julio Correal, quien ha estado detrás de la producción de importantes conciertos en el país, le dijo a SEMANA que es preocupante esa parte del proyecto porque el dueño de un bar o el productor de evento tendría que irse a la cárcel si alguien consume en el lugar. “Nosotros no tenemos la autoridad para hacer ninguna requisa, ni para decomisar sustancias o elementos. Eso es ilegal. Lo debe hacer la Policía Nacional”, dijo.

Correal agregó que el artículo no era necesario porque “nosotros en nuestros eventos no vendemos droga, no proponemos que compren, no los invitamos a que lleven droga, sino a que escuchen música que se diviertan y la pasen bien”. El productor también se preguntó si en eventos como Rock al Parque o Hip Hop al parque se iría a la cárcel el alcalde si se descubre que hay personas consumiendo droga.

Correal dijo además que lo que es necesario es una campaña para que la gente pueda formar su criterio y, pasados los 18 años, pueda decidir si consume o no. “Esto es un proyecto medieval que le da la espalda a la realidad. Por favor, ¿por qué las ollas del país llevan años en los mismos lugares y todo el mundo sabe dónde quedan menos las autoridades? ¿Vamos a revivir la polémica de hace 25 años en la que hablábamos de que si alguien entra a un baño yo como el dueño del lugar tengo que estar pendiente de si se droga, pasando por encima de su derecho al libre desarrollo? No tiene sentido retomar esa pendejada”.

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Camilo Ospina, presidente de Asobares, le dijo a esta revista que la responsabilidad penal es individual y que con este artículo “se asume que el propietario está relacionado con la conducta del que incumple. Ni siquiera nos dan el margen de duda. Es algo así como que el señor consume drogas luego usted es responsable. Es una locura”.

Explicó además que hay espacios privados que deben ser respetados como los baños, las habitaciones de los hoteles o los salones privados en los que la gente precisamente quiere tener intimidad para hablar o para hacer lo que deseen. “Es que nos queda muy complicado evitar, por ejemplo, que alguien entre un tatuaje (ácido). Nos preocupa que nos pongan responsabilidades que deben ser de la Policía que no nos interesan como, por ejemplo, una requisa extensiva”.

Ospina también dijo que el artículo podría ser ambiguo porque no es claro qué es “tolerar” o “permitir”. “Cada policía en su discrecionalidad puede decidir qué es que yo como dueño de un bar tolere o permita. Eso debería quedar claro porque nos genera inseguridad jurídica”.  

Guillermo Gómez, presidente de Acodres (Asociación Colombiana de Restaurantes) aseguró que la situación no es tan complicada para los dueños de restaurantes como para los bares “nunca he visto a nadie armando un porro en un bar, pero tampoco puedo garantizar que en las zonas privadas no lo hagan”. Sin embargo, dijo que una requisa dañaría la experiencia de cualquier cliente y que por solidaridad con el gremio de los bares publicarían un comunicado en el que se opondrían a medida. “Que alguien consuma no puede ser responsabilidad de un empresario. El Estado debe tener política de prevención. Nos parece una medida muy drástica que porque un cliente consuma drogas ya el dueño del lugar pueda terminar en la cárcel”.

El analista en política de droga Daniel Rico, le explicó a SEMANA en los últimos años han aumentado los programas de prevención y tratamiento están presentes en los discursos y los debates, pero a la hora de dotarlos de presupuesto se olvidan esas buenas intenciones.

En cuando a la penalización a Rico le parece que es una medida que no funciona pues “solamente en Antioquia tenemos un hacinamiento de 500 por ciento, de modo que terminaríamos de colapsar las cárceles sin lograr un efecto real en la lucha contra el microtráfico (...) es cierto que hay establecimientos donde se lucran por vender drogas. Pero eso es distinto a decir que los dueños de un bar o los productores de un concierto puedan ir a la cárcel si uno de sus clientes consume”.

Por último dijo que estas iniciativas deberían venir del gobierno y que deberían tener cuidado en  que no sean violatorias de los derechos constitucionales porque las personas en su derecho al libre desarrollo de la personalidad pueden decidir consumir drogas.

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Majer Abushihab, asesor de la Fiscalía General de la Nación, dijo que había que mandar un mensaje de tranquilidad a los empresarios porque la propuesta tiene un elemento y es el “dolo”. Esto significa que esos delitos tienen que ser cometidos con conocimiento y con la voluntad de hacerlo. “Si el empresario no sabe, pues no comete el delito, si no se da cuenta, no comete el delito. La penalización va dirigida a quienes promuevan el consumo y lo distribuyan”.

Abushihab también dijo que la semana pasada se dio el primer debate en el Senado y se creó una subcomisión para revisar los planteamientos. Entre estos estaban los puntos que preocupan a los empresarios. Por eso en la redacción de este artículo quedará de forma explícita que la penalización será para quienes cometan el delito de manera “dolosa”. Además se retirarán las palabras “tolere” y “permita”. Es decir, que tendría que quien sea judicializado es porque está promoviendo el consumo.

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El asesor de la fiscalía explicó además que los empresarios no tendrían funciones policiales. Ni hacer nada distinto a lo que hacen hasta ahora. “No tendrán que requisar a nadie, ni poner avisos de prohibición. Lo único es que si tienen conocimiento de que alguien está consumiendo drogas deberán sacarlo del establecimiento porque tampoco pueden decomisar las sustancias ni quemarlas”.  

En cuanto a los parágrafos que quieren agregar al Codigo Penal con respecto a este tema dijo que hasta el momento no está regularizada la dosis de aprovisionamiento y que habían establecido esa cantidad por derecho comparado, es decir que así lo han hecho en otros países como Chile, y porque la Corte Suprema de Justicia ha tenido en cuenta esos criterios a la hora de fallar sobre el tema.

“Lo que busca esta ley es atacar a quienes se están disfrazando de consumidores. Pero una persona puede probar que tiene un poco más de la dosis mínima pero que tiene dinero sencillo porque le dieron vueltas de un billete de 50.000. El criterio no lo define como microtraficante, pero sí da indicios”, explicó Abushihab.

La Fiscalía ya radicó un nuevo texto y el próximo lunes se reanudará el la sesión para aprobarlo o no en primer debate.