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| Foto: Redpapaz

JUSTICIA

Corte ordena a Caracol y RCN emitir comercial que se negaban a transmitir

El alto tribunal ratificó la sentencia que obliga a los canales privados a transmitir el comercial ‘No comas más mentiras’.

9 de abril de 2019

La pieza publicitaria de la organización Red Papaz salió vencedora en una batalla legal con los canales privados de televisión, luego de que la Corte Constitucional confirmara la sentencia que obliga a Caracol Televisión y a RCN Televisión a pasar en su programación la campaña ‘No comas más mentiras’, al ser un “mensaje de interés público, basado en la evidencia científica”.

La sentencia del alto tribunal describe a la campaña “como paso fundamental para detener los altos índices de obesidad y sobrepeso en la población infantil y adolescente”.

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Los promotores de la campaña dicen que buscan enviar una alerta a la sociedad acerca de los riesgos de la publicidad de comida chatarra dirigida a niños.

La Corte señaló que el control previo que intentaron hacer los canales constituye un caso de censura y les ordena abstenerse a ejercerlo, así como cualquier recorte o modificación en los mensajes de bien público que se quieran transmitir en televisión.

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“El alto tribunal respalda nuestros argumentos que indican que esta campaña contiene mensajes de interés público cuya información cuenta con un amplio respaldo científico que alertan a los consumidores sobre los riesgos en salud de comer habitualmente comida chatarra. No permitir la publicación de estos mensajes se configura, a partir de ahora, como un caso de control previo o censura violatoria del derecho a la libertad de expresión”, pronunció la corporación Red Papaz.

La no emisión de los comerciales se considerarán como caso de control previo o censura violatoria del derecho a la libertad de expresión.

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Con la medida, la Corte Constitucional pide a la Autoridad Nacional de Televisión implementar estrategias pedagógicas que promuevan el pensamiento crítico respecto a la información que se presenta, buscando de esta forma proteger a niñas, niños y adolescentes.

La disputa inició el año pasado cuando Red Papaz, radicó una tutela acudiendo la protección de la libertad de expresión y el derecho de las familias para recibir información necesaria para tomar decisiones de consumo. Los canales se oponían a la emisión de esa publicidad paga por ser un contenido “polémico y que podía generar prevención y rechazo de los anunciantes”.

Caracol y RCN tampoco accedieron a un acuerdo de Red Papaz en el que la organización asumía las responsabilidades por el contenido de la pieza. Fue así como el pleito escaló a los estrados judiciales.

Los canales alegaban que no estaban violando ningún derecho y que se estaban limitando a pedir evidencia científica que comprobara que productos como cereales, jugos, bebidas, gaseosas y papas fritas son comida chatarra; el año pasado el juzgado 15 administrativo de Bogotá falló a favor de Red Papaz.

El juzgado indicó que los canales estaban pidiendo información que no está establecida en la ley, algo que “evidentemente impone un control previo sobre lo que se va a transmitir”. Esta fue la sentencia ratificada en la nueva instancia.  

Para los canales, el fallo en primera instancia los obligaba a pasar un mensaje en contra de su voluntad, lo que se configuraba, según ellos, en una “dictadura” que causaba un “daño “irreparable a libertad de información”. Y que como el mensaje de Red Papaz tiene como fin influir en las decisiones de consumo, era de tipo publicitario y no de información.

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