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| Foto: Archivo SEMANA

ENTREVISTA

“Lamentamos que la decisión del Consejo de Estado haya sido tan tardía”

Rodrigo Uprimny, uno de los demandantes que provocaron la caída de Alejandro Ordóñez, explica los alcances del fallo. Asegura que se acaban los "amiguismos" y las roscas en la justicia.

10 de septiembre de 2016

Varias organizaciones le solicitaron hace tres años y medio al Consejo de Estado declarar nula la reelección del procurador Alejandro Ordóñez, como en efecto ocurrió el miércoles pasado.

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El exdirector de Dejusticia Rodrigo Uprimny fue una de las personas que radicaron la demanda que terminó por tumbar a Ordóñez, con el argumento de que él habría nombrado familiares de funcionarios que podían incidir en la decisión que lo favoreció. Semana.com habló con el jurista.
 
Semana.com.: ¿Cómo reciben la decisión del Consejo de Estado?
 
Rodrigo Uprimny: La recibimos con satisfacción porque se ajusta a la Constitución y a la transparencia que deben tener las elecciones de los organismos de control. Pero lamentamos que haya sido tan tardía, pues la demanda fue presentada en enero del 2013.
 
Semana.com.: ¿Por qué demandaron la reelección de Ordóñez?
 
R. U.: Porque el proceso de reelección del procurador se desarrolló violando la Constitución. En particular, el procurador Ordóñez violó el artículo 126, que prohíbe nombrar a familiares de personas que intervinieron en su elección, como fue el caso de magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
 
Semana.com.: ¿Por qué el proceso se demoró tanto?

R. U.: Las múltiples dilaciones provocadas por Alejandro Ordóñez, quien hasta último minuto interpuso recursos abiertamente inconducentes. Igualmente la viceprocuradora aprovechó la facultad que la Procuraduría tiene de intervenir en cualquier proceso para presentar solicitudes sin ningún fundamento.
 
Semana.com.: Dejusticia también fue quien demandó la elección de los magistrados Francisco Ricaurte y Pedro Munar. ¿Qué tan importante fue ese precedente para este caso?
 
R. U.:  Fue un precedente importante porque estableció que es nula una elección que desconozca el artículo 126 de la Constitución.

Semana.com.: Ellos siempre han sostenido que esa inhabilidad del “yo te elijo, tú me eliges” no existe en el ordenamiento jurídico.
 
R. U.: Este caso es un poco distinto al ‘yo te elijo, tú me eliges’ que sirvió de base a la nulidad de la elección de Munar y Ricaurte, pero también tiene que ver con el artículo 126 en su redacción original de la Constitución de 1991. Esa norma dice que ningún servidor público puede nombrar en cargos que no sean de carrera a familiares cercanos de quienes son competentes para intervenir en su elección. Y eso fue lo que violó la reelección del procurador, pues este nombró a familiares de magistrados de la Corte Suprema, que eran no sólo competentes para ternarlo sino que finalmente lo ternaron.
 
Semana.com.:¿Por qué es reprochable esa práctica?
 
R. U.: Porque es una forma de amiguismo y nepotismo que afecta la transparencia y la independencia de los organismos de control y las altas cortes.

Semana.com.: ¿Qué viene ahora?
 
R. U.: Quedará encargada la viceprocuradora hasta que se realice la elección de un procurador en propiedad, que esperamos se realice en forma pronta para evitar interinidades, que son siempre inapropiadas.