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¿Se va a resolver el lío de las consultas populares?

El debate sobre si desarrollar proyectos de minería y petróleo depende de las consultas populares sigue candente en Colombia. Pero poco a poco, los magistrados han venido resolviendo las dudas que había sobre estos temas.

13 de febrero de 2019

Durante los últimos años, muchas comunidades decidieron acudir a este mecanismo con el objetivo de decirle “no” a cualquier actividad extractivista en sus regiones. Uno de los más reciente casos se dio en 2017 cuando los habitantes del municipio de Cumaral en el Meta, lograron frenar uno de los proyectos de la petrolera Mansarovar Energy. La compañía se defendió interponiendo una acción de tutela: la Corte Constitucional adoptó una decisión el año pasado y estableció que las consultas populares no son el mecanismo idóneo para establecer límites a una actividad regida por autoridades del nivel nacional.

Ahora, la propia Corte Constitucional acaba de ratificar aquella decisión al resolver una demanda contra el artículo 33 de Ley 36 de 1994, que establece las reglas de funcionamiento de los municipios. En pocas palabras, parece que ya no cabe más discusión: las Consultas Populares no son un mecanismo eficaz jurídicamente para impedir la explotación de minas o petróleo en una región. Es más, se podría decir que las consultas resultan ilegales cuando se utilizan para ese fin.

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La decisión cayó como un baldado de agua fría para los ambientalistas, ciudadanos y Ong’s que por medio de estas iniciativas habían logrado frenar más de 100 proyectos de inversión. Se calcula que dichas iniciativas han generado pérdidas en las regalías por el orden de los $200.000 millones.

Frente a este fenómeno la Asociación Colombiana de Minería (ACM) había argumentado que las consultas populares se habían salido de control, pues en un solo mes se habían recibido más de 150 consultas y acuerdos en 135 municipios, una cifra totalmente desmedida, en consideración de ese gremio.

Sobre esta decisión Julio Cesar Vera expresidente de la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleo (Acipet), expresó que la ratificación de la Corte es coherente, pues garantiza el principio constitucional del uso del suelo, y da claridad jurídica a las acciones de la industria minera, lo que permitirá dar un nuevo impulso al sector.

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El fallo llega en un buen momento para la industria petrolera,  pues los precios internacionales de los combustibles han repuntado considerablemente, lo que se verá traducido en grandes ingresos por concepto de regalías para la Nación.

El gobierno nacional también es uno de los ganadores con este pronunciamiento, pues se espera que esta decisión incentive la inversión extranjera, lo que permitirá realizar grandes proyectos de desarrollo social gracias a los recursos provenientes de las regalías producto de la actividad minero energética.

No obstante, el alto  tribunal también hizo un llamado de atención a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y a la Agencia Nacional de Minería (ANM), para que redoblen los esfuerzos en materia de vigilancia y control de los contratistas, con el objetivo de que cumplan a cabalidad con sus obligaciones sociales y ambientales.

Así pues,  nuevamente la Corte le dio  la razón a las compañías de la industria extractiva y al Gobierno, y al mismo tiempo le dio una estocada final a las iniciativas populares, que por medio de consultas buscaban definir el futuro de los proyectos mineros o petroleros en  Colombia. Ahora todo deberá resolverse por medio de un mecanismo eficaz de coordinación y concurrencia que evite nuevamente esta clase de enfrentamientos entre el derecho a explotar un recurso natural y la intención de las comunidades de que tales proyectos no afecten su ambiente ni su cultura. Ese es el desafío.