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Actualidad
Los barrios de Bucaramanga y Piedecuesta, Santander, que no tendrán luz este jueves 28 de septiembre
El objetivo es evitar fallas en el sistema y mejorar la prestación del servicio.
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Con el propósito de adelantar trabajos de mantenimiento y reparación de la red eléctrica, la Electrificadora de Santander (Essa) programó una serie de cortes de luz para este jueves, 28 de septiembre, en varios sectores del municipio de Bucaramanga y Piedecuesta, que irán hasta horas de la tarde.
Estas suspensiones, dependiendo del tipo de trabajo que se realice, pueden tardar entre media hora y nueve horas, según detalla la empresa. Por ello, se recomienda que los usuarios tengan opciones para evitar afectaciones en las actividades diarias.
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Desde la empresa destacan que la suspensión del servicio de energía obedece a “trabajos de mantenimiento tanto correctivos como preventivos de redes y, además, sustituir algunos activos que cumplieron su vida útil”, esto con el propósito de disminuir el impacto negativo en las actividades de usuarios y clientes, indicó la Essa.
Así las cosas, la suspensión del servicio de energía eléctrica, según indica la página web de la Essa, afectará a los siguientes barrios y veredas:
Bucaramanga
- 7:00 a.m. - 9:00 a.m.: Zona Escarpa
- 9:00 a.m. - 11:00 a.m.: barrio San Rafael.
- 9:00 a.m. - 11:00 a.m.: Zona Escarpa
- 12:00 m. - 2:00 p.m.: Zona Escarpa.
- 7:00 a.m. - 2:30 p.m.: Barrios Fátima, Mirador de Fátima, Prados de Fátima, San Bernardo y Santa Bárbara
Piedecuesta
- 6:00 a.m. - 6:30 a.m.: Barrios Paisandú, Guayacán, Bosques de Aranjuez, La Argentina, San Telmo I y II Etapa, Divino Niño, La Rioja, Conjuntos residenciales Callejuelas, Entre Parques y Villa Sofía.
- 12:00 m. - 2:00 p.m.: barrio La Feria.
- 8:00 a.m. - 5:00 p.m.: barrio Villa Valentina.
- 6:00 a.m. - 5:30 p.m.: barrio El Refugio los sectores de las calles 2AN, 3N, 4N, 4AN, 5N, 5AN, 5BN y 6N Con Carreras 0AW, 0BW, 0CW, 0DW y 1W.
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- 5:00 p.m. - 5:30 p.m.: Barrios Paisandú, Guayacán, Bosques de Aranjuez, La Argentina, San Telmo I y II Etapa, Divino Niño, La Rioja, Conjuntos residenciales Callejuelas, Entre Parques y Villa Sofía.
Ante esta situación, la electrificadora recomienda que los usuarios tengan opciones alternas para evitar afectaciones en las actividades diarias y, así mismo, “proteger sus equipos y demás elementos que funcionan a base de energía eléctrica, al tiempo que agradece su comprensión, por cuanto es indispensable realizar estos trabajos para garantizar la calidad del servicio de energía”.
Durante la realización de los mantenimientos piden a la ciudadanía no programar ningún tipo de trabajo que tenga acercamiento con las redes de energía eléctrica, dado que en cualquier momento se podría restablecer el servicio.
Sin embargo, también informaron que las suspensiones del servicio, eventualmente, pueden ser canceladas, debido a variables externas como aspectos climáticos, entre otros.
Reforma de los servicios públicos
En el XXV Congreso de Andesco, el superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Dagoberto Quiroga, ha presentado una serie de detalles clave sobre la propuesta de reforma de servicios públicos que el Gobierno de Colombia, liderado por Gustavo Petro, está considerando. Estos ajustes tienen como objetivo principal garantizar el acceso a servicios esenciales para todos los ciudadanos, independientemente de su condición económica.
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Uno de los pilares fundamentales de esta reforma es la implementación del concepto de “mínimo vital” en los servicios públicos esenciales en Colombia, como el agua, el internet y el gas. El superintendente Quiroga explicó que esta medida tiene como finalidad asegurar que las personas que, debido a sus limitaciones económicas, no pueden pagar por estos servicios, tengan acceso a ellos de manera garantizada, “el mínimo vital está concebido para personas que realmente no pueden pagar un servicio público, pero que tienen derecho a él”, expresó.
En el caso del agua, se estima que el mínimo vital sería de seis litros por persona al día. El Estado se comprometería a proporcionar este servicio a aquellos que no pueden costearlo, en consonancia con el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia, que defiende la igualdad de derechos para todos los ciudadanos.