La medida aplica de 6:00 a.m. a 8:00 p.m.
La medida aplica de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. | Foto: Tránsito Bucaramanga.

Bucaramanga

Pico y placa en Bucaramanga para el jueves 6 de octubre: así rige la medida

De octubre a diciembre, hay nueva restricción vehicular en Bucaramanga.

6 de octubre de 2022

Los controles viales de las autoridades de tránsito de la capital santandereana se mantienen estos últimos meses del año; sin embargo, se presentaron algunos cambios en la jornada del pico y placa.

En ese sentido, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) dio a conocer dicha medida con horarios y restricciones en la circulación de motocicletas y vehículos particulares, lo que pretenderá mejorar el ordenamiento en las vías.

De acuerdo con la norma, este jueves 6 de octubre no podrán circular por la Ciudad Bonita las motocicletas y vehículos particulares, cuyo último dígito de la placa termine en 5 y 6. La restricción de movilidad aplica de 6:00 a. m. a 8:00 p. m.

Esta medida también rige para los automotores de servicio oficial, diplomático, consular, de importación temporal o matrícula extranjera y para vehículos de servicio público, exceptuando a los de transporte individual tipo taxi, los cuales tienen una programación diferente.

En cuanto a los vehículos de servicio público individual tipo taxi, esta restricción aplica a aquellos con placas terminadas en 1 y 2. Sin embargo, para estos automotores, la prohibición de circulación inicia a las 7:00 a. m. y va hasta las 9:00 p. m.

En caso de incumplir esta medida, el conductor será sancionado con la imposición de una multa de aproximadamente 500.000 pesos y el vehículo podría ser inmovilizado por autoridades competentes.

“Instamos a los conductores a estar pendientes de la rotación y atenderla desde su inicio para contribuir a una mejor movilidad y evitar la sanción que, para este caso, equivale a 15 salarios mínimos diarios legales y vigentes, además de la inmovilización del vehículo”, dijo el director de Tránsito de la ciudad, Iván Rodríguez.

Así se debe actuar ante un accidente de tránsito simple

El Ministerio de Transporte expidió un nuevo procedimiento que deberán seguir, de ahora en adelante, las autoridades de tránsito, las empresas aseguradoras y los colombianos para resolver choques simples en las vías del país y en los que solo se presenten daños materiales.

Con esta una nueva orientación se busca resolver estas situaciones de manera más eficiente, con el fin de evitar interrupciones al tránsito en las vías por accidentes simples, mantener la seguridad y cuidar la vida de los colombianos que circulan por los corredores del país.

De acuerdo con las nuevas directrices, en los accidentes de tránsito en los que solo se causen daños materiales, sin importar si los vehículos involucrados estén asegurados o no, los conductores deben retirarlos inmediatamente, así como cualquier elemento que pueda interrumpir el tránsito.

Sin embargo, es importante que antes se realice un recaudo del material probatorio (fotos o videos) del accidente para, posteriormente, hacer los respectivos reclamos. Si los vehículos no son retirados inmediatamente, la Policía puede proceder a imponerles comparendos a los involucrados.

En los siniestros viales donde estén involucrados vehículos asegurados, la compañía de seguros debe definir e informar a los conductores las herramientas técnicas y tecnológicas que permitan el recaudo ágil, oportuno y suficiente de las pruebas del accidente de tránsito.

También se estableció que, en estos casos, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y los cuerpos operativos de control de los organismos de tránsito a nivel nacional no tendrán que elaborar el informe policial, el cual será reemplazado por el material probatorio recaudado por los conductores de los vehículos.