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pico y placa Cúcuta
Los vehículos con placa nacional o extranjera tienen restricción de movilidad entre las 7:00 a. m. y las 7:00 p. m. | Foto: Jonathan Ruiz

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Así funcionará el pico y placa en Cúcuta el 10 de agosto

La restricción de movilidad aplica de acuerdo con el último dígito de la placa para motocicletas y vehículos particulares.

9 de agosto de 2022

La Dirección de Tránsito y Transporte de Cúcuta (Norte de Santander) mantiene activo la medida de pico y placa que busca reducir la congestión en las principales vías de la ciudad y minimizar los índices de contaminación del aire.

Así mismo, la entidad recordó a los conductores que en la ciudad se encuentra vigente el decreto 300 de 2019, el cual estipula restricciones de movilidad para vehículos particulares y de transporte público individual (taxis).

Estos automotores no podrán circular en la capital nortesantandereana, específicamente en la zona céntrica, en los siguientes horarios: 7:30 a. m. a 8:30 a. m., 11:30 a. m. a 1:30 p. m. y 5:30 p. m. a 7:00 p. m.

Los conductores que no acaten la regla se exponen a recibir sanciones de las autoridades de tránsito, por lo que deben atender los detalles de la normativa del pico y placa, y abstenerse de sacar los vehículos cuando se tiene la restricción.

Así mismo, se estableció la medida de “placa día”, la cual indica que los vehículos con placa nacional o extranjera tienen restricción de movilidad entre las 7:00 a. m. y las 7:00 p. m. en toda la ciudad y el área metropolitana, exceptuando los anillos viales.

En cuanto a los automotores de transporte público individual (taxis), se restringe la circulación entre las 7:00 a. m. y las 11:00 p. m. de la siguiente manera: para este martes no circulan vehículos con placa terminada en 1.

En caso de incumplir esta medida, el conductor será sancionado, según lo consagrado en el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, con una multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), es decir, aproximadamente 500.000 pesos; el vehículo podría ser inmovilizado por autoridades competentes.

Así los ciudadanos venezolanos podrán obtener su licencia de conducción en Colombia

Los venezolanos que residen en Colombia y cuentan con el Permiso por Protección Temporal (PPT), podrán obtener su licencia de conducción sin ningún problema o cualquier otro inconveniente. Esto bajo una resolución del Ministerio de Transporte expedida en los últimos días antes de acabar el mandato de Iván Duque.

En ese sentido, todo migrante venezolano que tenga con el PPT lo podrá utilizar para realizar trámites asociados con la oficina de tránsito, es decir, podrán iniciar un proceso para solicitar su licencia de conducción y así transitar en vehículos de manera legal por el país.

Esto se da gracias al MinTransporte, quien emitió la Resolución 20223040044715 del 3 de agosto de 2022 por la cual se reglamenta el uso del Permiso de Protección Temporal (PPT) en los trámites de tránsito.

Además, la presente Resolución rige en toda Colombia y aplica a la población mencionada con PPT a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte, a los Organismos de Tránsito, Organismos de Apoyo al Tránsito, Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y al Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones al Tránsito (SIMIT).

Cabe mencionar que la vigencia que tiene esta resolución se extiende hasta el mismo plazo fijado para los Permisos por Protección Temporal, el cual finaliza el 30 de mayo de 2031. Esto quiere decir que a partir de ahora los venezolanos podrán gozar durante menos de nueve años este beneficio en Colombia.