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Alejandro Ordóñez, procurador General de la Nación | Foto: Juan Carlos Sierra

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Procuraduría: sí a referendo de cadena perpetua para violadores

En su concepto, el proyecto de consulta para que los colombianos decidan si quienes abusan o cometen actos violentos contra los niños se queden en la cárcel para siempre, debe ser declarado exequible.

21 de enero de 2010

La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare exequible el proyecto de referendo que busca castigar hasta con cadena perpetua a quienes cometan actos violentos y abusivos contra los niños.

También pidió que se declare inexequible la opción de ‘voto en blanco’ que quedó aprobada en el Congreso.

Para la Procuraduría, el proyecto cumplió los trámites exigidos por la ley. “Se deja constancia que se validaron 228.461 apoyos para la acreditación del Comité de promotores, número superior al requerido para tal efecto, que es de 139.54 equivalente al cinco por mil del censo electoral, según consta en la resolución 4892 del 1° de septiembre de 2008 a través de la cual se realizó la inscripción del Comité y se acreditó como su vocera a la Dra. Gilma Jimenez Gómez”, según dice en el concepto emitido por el Procurador este miércoles.

Además, la iniciativa recibió “1´762.635 apoyos para la acreditación del presente proceso, número superior al requerido para tal efecto, que es de 1´395.420 equivalente al cinco por ciento del censo electoral”, dice en el mismo documento. En consecuencia, la Registraduría le dio visto bueno al proceso antes de ser tramitado en el Congreso.

El texto sometido a debate decía que “con relación a los delitos de homicidio doloso, violación y explotación sexual, maltratos severos y secuestro cometidos contra menores de 14 años y menores de edad con discapacidad física o mental, procederá la pena de prisión perpetua, de acuerdo con la ley”.

Pero el Congreso lo cambió y, finalmente, el texto de la consulta quedó así: ““El artículo 34 de la Constitución Política tendrá un tercer inciso que quedará así:

“En relación con los delitos de homicidio doloso, violación y explotación sexual, lesiones personales agravadas y secuestro cometidos contra menores de 14 años y menores de edad con discapacidad física y/o mental, se podrá imponer hasta la pena de prisión perpetua, de acuerdo con la ley.

Parágrafo: El Estado, a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, formulará y aplicará una política de prevención tendiente a evitar la Comisión de Delitos contra Menores de Edad”.

Para la Procuraduría, no es motivo de ilegalidad el cambio del texto que hizo el Congreso, pues pese a que el pueblo “es el constituyente primario”, esto “no inhibe las facultades legislativas del Congreso”, según dice en el concepto.

Al final del texto de la consulta, aparecen tres opciones para que los votantes elijan si sí aprueban la reforma, si no la aprueban o si prefieren votar en blanco.

Esa opción de ‘voto en blanco’ la Procuraduría la considera que debe ser declarada inexequible, pues en su concepto, viola la libertad del elector.

La explicación que da al respecto es que “el referendo para reformar la Carta Política debe ser presentado al pueblo colombiano de manera que los electores puedan escoger libremente en el temario o articulado qué votan positivamente y qué votan negativamente, sin que se considere otro tipo de expresión popular al respecto”, dice el concepto del Procurador.

Y añade que “por tanto, el voto en blanco no tiene cabida en esta clase de expresiones populares encaminadas a modificar la Constitución Política”.