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Estatuto de desarrollo rural no fue consultado a los indígenas y a las negritudes dice la Procuraduría

27 de septiembre de 2008

La Procuraduría General de la Nación , solicitó a la Corte Constitucional declarar inconstitucional el Estatuto de Desarrollo Rural por considerar que se vulneraron con el mismo los derechos de consulta y participación de las minorías étnicas, dado que la consulta previa a la tramitación y expedición de la ley no se dio.
 
La ley a la que se hace referencia contiene el conjunto sistemático e integrado de los principios, objetivos, normas, lineamientos de política, mecanismos y procedimientos a través de los cuales el Estado colombiano pretende promover y ejecutar las acciones orientadas a lograr un desarrollo humano sostenible y el bienestar del sector rural, en condiciones de equidad, competitividad y sostenibilidad.
 
De conformidad con la constitución y la jurisprudencia constitucional el derecho de consulta previa para garantizar los derechos de las negritudes y los indígenas, que no se cumplió, tiene el carácter de fundamental y se debe aplicar de conformidad con los usos y costumbres de la étnia afectada cada vez que se prevea una medida, legislativa o administrativa, que tenga la virtud de afectar en forma directa a las etnias que habitan en su territorio.
 
Se aclaró por parte del Ministerio Público que la consulta no implica un acuerdo con el Gobierno Nacional, por cuanto éste es el competente para tomar la decisión, final respecto de la medida legislativa o administrativa a que haya lugar, pero si es un reconocimiento a la identidad cultural de las minorías.
 
El Estatuto de Desarrollo Rural pretende beneficiar a los hombres y mujeres campesinos, a las comunidades indígenas, comunidades negras y demás minorías étnicas mayores de 16 años, de escasos recursos o que no posean tierras, razón por la cual es tan importante la participación activa de los actores, en la tramitación de esta clase de leyes, manifestó la Procuraduría.