Home

On Line

Artículo

En los 17 años de la Constitución de 1991 se han interpuesto cerca de 2 millones de tutelas.

POLÍTICA

Los hijos de la Constitución del 91

En el cumpleaños número 17 de la Carta Magna, también se celebra el aniversario de algunos mecanismos e instituciones que nacieron con el objetivo de balancear el Poder Público. Semana.com presenta un sucinto corte de cuentas de los más connotados.

César Paredes
8 de julio de 2008

Fiscalía General de la Nación

Esta entidad pertenece a la rama judicial del poder público. Su creación se debió al interés colectivo de fortalecer la justicia, expresado en la Carta Magna. Por esta razón goza de autonomía administrativa y presupuestal.

Se creó para garantizar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia. La Fiscalía investiga delitos y acusa ante los jueces a los presuntos infractores de la ley penal. La tarea de investigar puede ser por denuncia u oficio. La primera se da cuando un ciudadano entabla una demanda, la segunda cuando el gobierno ordena la investigación.
La Fiscalía entró en funciones el 1 de julio de 1992.

Una de las principales transformaciones que ha sufrido la entidad, vino con la implementación de un sistema penal diferente, más basado en la tradición jurídica anglosajona que la latina: el sistema penal acusatorio. Con este sistema que se comenzó a implementar gradualmente en 2005, cambió sustancialmente el papel de la Fiscalía. Antes todo el trámite se llevaba en por escrito y los jueces no intervenían sino una vez que la Fiscalía hubiese acusado. Ahora, el proceso es más rápido porque es oral, y jueces de garantías vigilan que se cumpla el debido proceso desde el principio. La Fiscalía aún está adaptándose al nuevo sistema, entrenando a su personal. También se han tenido que hacer desarrollos jurídicos para darle herramientas más eficaces a los fiscales para trabajar en el nuevo sistema. El eslabón débil, sin embargo, es aún la protección de testigos e investigadores que participan en los procesos.

Actualmente un desafío considerable que enfrenta el ente investigador es el proceso de Justicia y Paz, regulado por la ley que lleva el mismo nombre y que busca que los desmovilizados del paramilitarismo que hayan cometido crímenes graves confiesen sus delitos, contribuyan a la verdad, restituyen los bienes robados, y por su colaboración con la justicia, obtengan una pena alternativa reducida de máximo 8 años.
 
Son 3.400 los ex paramilitares postulados a la unidad de Justicia y Paz creada en julio de 2005 y 137.803, las víctimas paramilitarismo registradas que aspiran a conocer la verdad de lo sucedido y a ser reparadas por los daños sufridos.

Corte Constitucional

Es un organismo perteneciente a la rama judicial del Poder Público al que se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Carta Política. Se creó para proteger la entonces naciente institucionalidad.

Esta Corte es la encargada de decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que entablen los ciudadanos contra reformas a la Constitución, convocatorias a referendos y mecanismos de consulta popular, leyes, y proyectos de ley. También revisa las decisiones judiciales de las tutelas y decide si los tratados internacionales están acorde con la Carta.

La Corte está conformada por nueve magistrados, elegidos por el Senado, cuyo período de ejercicio es de ocho años sin posibilidad de reelección. Tres de los magistrados son elegidos de ternas enviadas por el Presidente, tres de ternas enviadas por el Consejo de Estado y tres de ternas enviadas por la Corte Suprema de Justicia.
La Corte Constitucional fue creada por la actual Constitución Política, vigente desde el 7 de julio de 1991.

Debido a la segunda reelección, se ha perdido algo de la autonomía de la Corte que había previsto el constituyente. Así, este año, seis de los nueve magistrados terminan su período en la Corte. De los seis dos serán reemplazados por ternas propuestas por el gobierno. Como ya había nombrado uno, el jefe del Ejecutivo aumentará su injerencia en la Corte de un magistrado a tres. Probablemente a la nueva Corte, renovada casi en su totalidad, le toque decidir sobre temas como las reformas constitucionales que pueden afectar el espíritu de la Constitución del 91, e indiscutiblemente habrá perdido autonomía del Ejecutivo para hacerlo.

Durante la posesión como nuevo Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio anunció que durante su gestión hará profundas reformas a la justicia. Para algunos sectores, el aviso es una amenaza a la independencia de las Altas Cortes. Las razones no son infundadas si se tiene en cuenta la disputa que ha casado el Ejecutivo con el poder Judicial, derivado de las investigaciones a la parapolítica. Debido a que lo que está en juego es de tal importancia, algunos analistas han expresado su rechazo a un intento de reforma que provenga del Ejecutivo.

La Tutela

Es quizá el mecanismo creado por la Constitución del 91 más popular debido a su función: la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Todas las personas pueden acudir a ella para reclamar “en todo momento y lugar” cuando vean vulnerado su derecho a la vida, la libertad, la salud, la educación, la vivienda, etc.

La respuesta de los jueces tiene que ser rápida. Los diferentes gobiernos han hecho varios intentos de abolir la tutela o debilitar su eficacia porque esta los obliga a responderle al ciudadano de manera inmediata. También obliga a los gobiernos a gastar recursos para atender la demanda social, así esta no sea su prioridad.
 
Según Rodrigo Uprimny, Director del Centro de Derecho Justicia y Sociedad, DeJusticia, los intentos de reforma más importantes han sido tres. Sin embargo, ninguno prosperó pero sí generaron algidos debates: "La primera fue una iniciativa del Consejo de Estado y la Corte Suprema presentada en marzo de 1997, que avanzó considerablemente en los debates del Congreso, que estaba centrada en eliminar la tutela contra sentencias y en excluir a la Corte Suprema y al Consejo de Estado de su estudio".

"La segunda: La iniciativa presentada por el entonces Ministro del Interior Fernando Londoño en 2002. Además de recoger las propuestas anteriores, eliminaba la efectividad de la tutela en derechos sociales, limitaba las facultades de la Corte Constitucional en la declaratoria de estados de excepción y restringía considerablemente su control de la legislación económica", agregó Uprimny.

"La última fue la propuesta de reforma en 2005 del presidente Uribe donde dijo que la Corte Constitucional era la que debía tener la última palabra sobre los fallos del mecanismo. Así buscó dirimir el llamado 'choque de trenes' que se presenta por que un tribunal contradice a otro. El mandatario, en esta ocasión cambió de posición frente a la tutela contra sentencias judiciales y admitió la necesidad de que esta existiera, incluso contra las sentencias de la Corte Suprema y del Consejo de Estado", recordó Uprimny.

Han culpado al mecanismo como abusivo o excesivo, cuando en realidad las 2 millones de tutelas que han puesto los ciudadanos en los 17 años de vigencia de la Constitución, demuestran que los ciudadanos no encuentran otra manera eficiente para hacer valer sus derechos y que al Estado le falta mucho para atender a la ciudadanía como debe ser.

“Hace ocho años me diagnosticaron el VIH. Esta condición me hace más vulnerable, por eso, cuando me dio neumonía y necesité de ciertos exámenes, era mi vida la que estaba en juego. Aun así, mi EPS me negó los exámenes por no pertenecer al POS. La tutela que interpuse me sirvió para acceder a los exámenes que requería, se aclaró luego que el fallo era de por vida y que los medicamentos se me debían entregar completos y a tiempo. La tutela se convirtió para mí en la mano de Dios”. Testimonio de Javier Varón, trabaja en una ONG que lucha por mejorar el acceso a los medicamentos.

Consejo Superior de la Judicatura

La creación de este organismo, en 1991, obedeció al principio de independizar la rama del poder judicial de la tutela del gobierno. Se quiso así garantizar el autogobierno de la rama judicial del poder público.

Sus funciones son: administrar la carrera judicial, elaborar las listas de los funcionarios judiciales para que la entidad encargada los elija, examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial, entre otras.

Esta entidad está compuesta por dos salas: la disciplinaria y la administrativa. La Sala Disciplinaria está integrada por siete magistrados que son elegidos por el Congreso de la República. Cada que se vence el periodo de uno de ellos, que es de ocho años, el gobierno propone una terna para su reemplazo. La Sala Administrativa la integran seis magistrados que son elegidos así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado.

El CSJ inició labores el 15 de marzo de 1992.

Hay quienes consideran a esta entidad un fortín político, que deja mucho que desear, sobre la independencia de la Justicia.
Tres magistrados de la Sala Disciplinaria, propuestos por este gobierno, se han posesionado en los últimos meses. Al terminar el año saldrán los demás. De manera que esta Sala quedará compuesta únicamente con magistrados propuestos por este gobierno y la autonomía del organismo judicial se verá afectada.

Procuraduría

Con la Constitución de 1991 esta entidad dejó de estar subordinada al poder Ejecutivo y se convirtió en un órgano independiente y con autonomía. Es la más importante de las entidades que pertenecen al “Ministerio Público”, en el cual también están la Personería y la Defensoría del Pueblo. Su obligación es velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a servidores públicos, por lo cual se erige como garante de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Actualmente, el Procurador es Edgardo Maya Villazón, quien es viudo de Consuelo Araújo, La Cacica, asesinada por la guerrilla. Maya fue elegido en 2000 y vuelto a elegir en 2004, por 90 de los 102 senadores. En esta ocasión la terna la acompañó Manuel Urueta, postulado por el Consejo de Estado y Ricardo Hoyos, apoyado por Presidencia.
Para este último período llama la atención que aunque el gobierno de Uribe pudo influir en la elección finalmente fue escogido el postulado por la Corte Suprema de Justicia.

Este año, el Senado deberá elegir al nuevo Procurador, quien coincidirá el gobierno del presidente Uribe hasta 2010 y al gobierno entrante hasta 2012.


Defensoría del Pueblo

Otra de las instituciones creada con la Constitución de 1991, que pertenece al Ministerio Público, es la Defensoría del Pueblo. En Colombia, desde la época de la fundación del Estado existía la idea de crear un órgano que actuara como aliado de los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y garantías, y que estuviera al margen de las tres ramas del poder. Sin embargo, sólo hasta 1991 se creó la figura del Defensor del Pueblo, quien de acuerdo a la Ley ejerce sus funciones bajo la dirección del Procurador General.

El Artículo 281 de la Carta estableció sus funciones que se resumen básicamente en: vigilar el cumplimiento y ejercicio de los derechos humanos, así como divulgarlos, y denunciar los abusos y atropellos que se cometan contra ellos, tanto por parte de las autoridades como por particulares. La Defensoría del Pueblo tiene autonomía administrativa y presupuestal

El Defensor del Pueblo es elegido cada cuatro años por la Cámara de Representantes, de una terna enviada por el presidente de la República. La Ley 24 de 1992, estableció, entre otras, cosas, que el Defensor debe cumplir los mismos requisitos exigidos para cualquier magistrado.

El Defensor es una suerte de intermediario entre la ciudadanía y la administración pública. Para cumplir con esta función la Defensoría debería contar con mecanismos adecuados para atender a los reclamos de los ciudadanos con la celeridad que requiere la protección de sus derechos e intereses.

En el diseño la Defensoría tiene la debilidad de que su nombre es postulado por el Ejecutivo, restándole independencia al cargo, y más aún cuando la elección la hacen los Representes a la Cámara. El actual Defensor, Wolmar Pérez, nombrado en este período de gobierno, ha sido duramente criticado por su pasividad en la defensa de tantas víctimas como las que ha dejado el conflicto armado interno colombiano, y por su cercanía con los políticos. Analistas, senadores y sectores de opinión lo han llamado con ironía “el Defensor del Puesto”.

En ejercicio de sus funciones, el Defensor del Pueblo debería interponer acciones populares en representación de grupos de ciudadanos, así como acciones de tutela y habeas corpus a favor de personas cuando el caso lo amerite.

Su papel es el de representar a las minorías, grupos vulnerables de la sociedad y las ONG. Sin embargo, en una coyuntura de conflicto, en la cual se ha despojado a campesinos de sus tierras, en la que se ha evidenciado que hubo presión paramilitar en las votaciones de algunas regiones, entre otros vejámenes a la población civil, en la práctica no siempre los defensores no ha tenido un papel protagónico para defender los derechos sociales y políticos de la ciudadanía.

Este año habrá elección de Defensor y ya hay rumores de que Pérez aspira a repetir. Sectores de opinión y analistas exigen que la elección se haga de la manera más transparente posible. La elección la hará la Cámara, de mayoría gobiernista.