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¿Por qué acudir a la justicia internacional?

La posición de las comunidades de paz, víctimas de impunidad y maltrato, es absolutamente coherente, argumenta Carlos Rodríguez, subdirector de la Comisión Colombiana de Juristas.

Carlos Rodríguez*
20 de marzo de 2005

Todos los días, ciudadanas y ciudadanos colombianos son víctimas de violaciones de sus derechos fundamentales por parte de agentes del Estado o de particulares que actúan con su complicidad o tolerancia. Adicionalmente, a la población civil, que por definición no participa en las hostilidades, le tocan los peores efectos de este enfrentamiento armado y es víctima de todo tipo de ataques a la vida, o forzada a desplazarse, o desaparecida o secuestradas, para no mencionar sino algunos de los padecimientos a los que nos expone el conflicto armado interno que vivimos.

Hoy, debido a hechos tan dramáticos y preocupantes como los ocurridos en San José de Apartadó, la grave crisis de derechos humanos y derecho humanitario llama una vez más la atención de nacionales y extranjeros. La comunidad de paz de San José de Apartadó pide dos cosas: justicia y respeto por su decisión de mantenerse ajena a los combatientes de esta guerra fratricida. El asunto se presenta a la opinión pública, sin embargo, como una aparente contradicción: exigen justicia, pero se niegan a declarar ante las autoridades colombianas; exigen que el Estado garantice sus derechos, pero no permiten la presencia de la fuerza pública dentro de su territorio.

La posición de la comunidad de paz es absolutamente coherente. Es el fruto de su dolorosa experiencia en el pasado, y el resultado de su firme y decidida apuesta por la vida digna ante las imposiciones de los guerreros.

La impunidad en Colombia es la regla general

Hasta la fecha, 152 miembros de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó han sido asesinados. Sólo dos personas se encuentran privadas de la libertad por estos homicidios, a pesar de que en todos los casos se ha puesto la denuncia ante la Fiscalía. Este es apenas un ejemplo de impunidad en relación con violaciones a los derechos humanos en Colombia, que ilustra el incumplimiento del Estado de su obligación de administrar justicia, y la total desprotección en que se encuentran las víctimas.

Es un derecho elemental -reconocido en los tratados internacionales y en todas las sociedades modernas- que cuando alguien es atacado y afectado en el goce y disfrute de algún derecho, el aparato del Estado se moviliza para identificar a los agresores que han afectado la convivencia, los lleva ante un juez independiente e imparcial que los juzga y sanciona si los encuentra responsables. Nada de esto se ha cumplido para los miembros de la comunidad de paz. Las graves violaciones a sus derechos fundamentales de que han sido víctimas no han sido esclarecidas y los autores se encuentran en total impunidad. Y lo que es más grave: en la mayoría de estos casos se tienen serios indicios, y aun pruebas, de que han participado miembros de la fuerza pública colombiana o paramilitares que han contado con el apoyo o tolerancia de los encargados de velar por la vida, honra y bienes de las colombianas y los colombianos.

¿Cómo exigir a los miembros de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó que confíen en las autoridades colombianas? ¿Cómo pedirles que colaboren con los fiscales que nunca han aclarado nada y que por el contrario, en muchos casos han pasado información a los paramilitares para que estos intimiden a los denunciantes o los neutralicen?

Y que quede claro que los integrantes de la Comunidad no están pidiendo nada extraordinario ni fuera de lugar. Es, ni más ni menos, la obligación que tienen todos los Estados en el mundo desde mediados del siglo XX, de respetar y garantizar los derechos fundamentales de todas las personas que se encuentren en su territorio, sin discriminaciones basadas en el sexo, el origen social, la ideología política, la etnia o raza o en cualquier otro motivo similar.

Es lo que dicen los pactos internacionales de derechos humanos, comenzando por la Declaración Universal aprobada en 1948, aceptada como obligatoria para todos los miembros de la familia humana, que hacen parte de la Constitución, pues integran, según las palabras de la Corte Constitucional, el bloque de constitucionalidad. Es decir, son derechos de todas y todos los habitantes de Colombia y obligaciones de las autoridades que no admiten discusiones.

Entonces, ante esos antecedentes y padecimientos, ¿no es razonable y merece nuestro apoyo y solidaridad esa valerosa gesta de la Comunidad de Paz de san José de Apartadó? No cabe duda, la respuesta es un sí rotundo.

La Justicia internacional: un recurso para las víctimas

En el marco de una impunidad generalizada como la que se presenta en Colombia, la violación a las normas internacionales en materia de administración de justicia es flagrante. De ahí se deriva la práctica de la ciudadanía de acudir ante los tribunales internacionales en búsqueda de una solución real. Estos tribunales, que están previstos como mecanismos judiciales subsidiarios, es decir, para que operen sólo en el caso de que los tribunales internos de los Estados no garanticen adecuadamente los derechos de las personas, se convierten en Colombia en el único recurso efectivo de las víctimas de violaciones a los derechos humanos. Además de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Penal Internacional se presenta ahora como una alternativa para las comunidades victimizadas.

En junio de 2004, la Corte Interamericana se pronunció frente a un caso de graves violaciones a los derechos humanos cometidas en Colombia. El caso, conocido como el de los "19 comerciantes", fue fallado por la Corte a través de una sentencia en la cual determinó la responsabilidad del Estado colombiano por la desaparición y muerte de los comerciantes, además de indicar una responsabilidad estatal histórica por la actuación de los grupos paramilitares [1].

Las posibilidades de que los homicidios ocurridos en San José de Apartadó en los últimos años, y en particular aquellos cometidos entre el 21 y el 22 de febrero de 2005 se esclarezcan a través de la justicia colombiana son pocas, y la probabilidad de que un tribunal internacional asuma esos casos no debe descartarse. La existencia de tribunales internacionales no debería ser vista por los Estados como una amenaza a su soberanía, sino como un reto que les exige mejorar su sistema de administración de justicia. Pero en la medida en que prevalece la primera opinión, quienes acudan a los mecanismos subsidiarios de justicia serán objeto de críticas, como lo son también los mismos jueces de esas cortes, cuyas decisiones son abiertamente irrespetadas y desacatadas por las autoridades colombianas.

* Subdirector de la Comisión Colombiana de Juristas

[1]Durante la Feria del Libro de Bogotá se lanzará la publicación de la Comisión Colombiana de Juristas que recoge los datos relacionados con este caso; estará acompañada de un disco compacto que contiene todas las decisiones del sistema interamericano en relación con Colombia. La sentencia se puede consultar en la página web de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.