OPINIÓN
Adiós al salario mínimo
La formalización laboral paradójicamente llevará a la eliminación de las garantías laborales. El derecho de asociación, negociación colectiva y huelga, la jornada de ocho horas, el descanso dominical y las vacaciones, hasta el mismo salario mínimo legal serán historia. Dicha propuesta solo contribuirá a acrecentar la desigualdad y la concentración de la riqueza, pero se presentará como una medida para favorecer al trabajador.
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El término “flexibilización laboral” mimetiza su verdadero contenido. Con el pretexto de reducir el desempleo o aumentar la protección laboral, se eliminan las regulaciones que protegen al trabajador en el contexto de una relación asimétrica en la cual el empleador tiene las de ganar. En ausencia de las difícilmente ganadas garantías legales, el patrón -sin limitación alguna- podría despedir al trabajador, fijar su remuneración, establecer las condiciones de trabajo y determinar la jornada laboral. En resumen, podría imponer el máximo de trabajo a cambio de una exigua remuneración.
El reconocimiento de sindicatos con poder de negociación colectiva y derecho a huelga para equilibrar fuerzas frente a los empleadores, la jornada de ocho horas, la proscripción del trabajo infantil, el salario mínimo y los básicos de la seguridad social se lograron después de prolongadas luchas y sacrificios. Sin todavía conseguir su aplicación generalizada, vienen siendo erosionadas, es decir flexibilizadas, en beneficio del capital y de su creciente concentración en pocas manos.
El proceso tomó fuerza con las leyes 50 de 1990 y 789 de 2002 y se profundiza con la propuesta del pago del salario y prestaciones por horas, todas de autoría de Álvaro Uribe Vélez. Como la Ley 789 autorizó partir la jornada diurna que extendió hasta las diez de la noche, las ocho horas se pueden trabajar en varias tandas quedando el trabajador a disposición durante 16 horas, sin recibir nada a cambio por el tiempo muerto, lo que debilitó de hecho la garantía de la jornada laboral. Adicionalmente, eliminaron el pago de horas extras nocturnas por un valor de $24 billones entre 2003 y 2016. Dicho monto pasó directamente de manos de los trabajadores a las de los empresarios como un menor costo laboral. El cálculo fue realizado por el Ministerio de Trabajo para apoyar en el Congreso el retorno de la jornada diurna a las seis de la tarde, logrando solamente rebajarla a las 9 P.M., ante la poderosa presión de los gremios.
Ahora vienen por más. El pago por horas equivale a eliminar el salario mínimo legal y la pensión mínima constitucional y deprime toda la escala salarial que también podrá pagarse por horas. En sitios como el Puerto de Buenaventura, el Ministerio del Trabajo ha impuesto fuertes multas porque a través de figuras de tercerización ilegal, empresas intermediarias pagan a trabajadores el equivalente informal del salario mínimo por horas. Alegan estar pagando el mínimo legal porque como el descargue de cada buque demora cinco o seis horas, hacen la sumatoria y pagan quincenas de alrededor de una cuarta parte del salario mínimo legal, con afiliación y desafiliación reiterada a la seguridad social. Para completar una quincena de unos 120 o 180.000 pesos, el trabajador debe estar disponible todo el día. Después de veinte años de madrugar, acumula con suerte unos cuatro o cinco años de tiempo hacia su pensión.
Con la reforma pensional propuesta de pago por horas, para concretar la formalización laboral solo habría que prescindir del intermediario y esos trabajadores quedarían formalizados sin mejorar un ápice su condición paupérrima. Otros que hoy devengan el salario mínimo o incluso más, con prestaciones como la ley manda, pasarían con el tiempo a esa condición de precarización laboral extrema. Simultáneamente, se recortará en igual proporción la mesada pensional. Así, haciéndole el quite a la Constitución, se alegará que la pensión corresponde al salario mínimo legal por horas.
De esta manera la formalización laboral paradójicamente llevará a la eliminación de las garantías laborales. El derecho de asociación, negociación colectiva y huelga, la jornada de ocho horas, el descanso dominical y las vacaciones, hasta el mismo salario mínimo legal serán historia. Dicha propuesta solo contribuirá a acrecentar la desigualdad y la concentración de la riqueza, pero se presentará como una medida para favorecer al trabajador.
Conmemoración. El 12 de febrero de 1920, hoy hace 100 años, lideradas por Betsabé Espinal de 23 años, las 400 trabajadoras de la Compañía Colombiana de Tejidos de Bello, hoy Fabricato, iniciaron la primera huelga declarada como tal en Colombia. Exigían no ser víctimas de acoso sexual, aumento salarial, jornada de menos de 10 horas y el derecho a usar zapatos. Logradas varias de las peticiones fue despedida en represalia. ¡Que todas esas luchas no hayan sido en vano!