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Vagabunderías institucionalizadas

Definitivamente son varias las vagabunderías que este país ha institucionalizado y que los colombianos seguimos aceptando, entre ellas, el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.

Marco Tulio Gutiérrez Morad, Marco Tulio Gutiérrez Morad
15 de abril de 2019

El CNE es un órgano administrativo creado por la Constitución Política de Colombia, y al que ley le dio a sus integrantes la calidad de Magistrados sin que hubiese sido necesario, porque si las funciones no son jurisdiccionales, no deberían denominarse como tal. Está encargado de la organización de las elecciones desempeñando otras tantas actividades propias del sistema electoral, con una función primordial en el engranaje previo a los debates electorales: el de estudiar y adoptar las decisiones pertinentes en materia de depuración de candidatos.

Justo es la tarea que todos le requerimos, pero la que jamás ejerce con apego a la Constitución y la ley. Está probado con los casos más representativos de Quinto Guerra de la alcaldía Cartagena y Antanas Mockus en el Senado de la República.

Al primero lo dejaron aspirar en una elección atípica en la que Quinto Guerra estaba inhabilitado porque fungió como contratista del Ministerio de Vivienda como asesor de agua potable y saneamiento básico en los municipios del departamento de Bolivar, incluyendo Cartagena en el último año antes de la inscripción de su candidatura.

En ese periodo, además de haber sido prorrogado y adicionado su contrato, ofreció soluciones en estas materias a los cartageneros poniéndose por encima de los otros candidatos ejerciendo en condiciones desigualitarias influencia ante los electores. Así lo sostuvo el Tribunal Administrativo de Bolívar en fallo de fondo de primera instancia, previamente en medida cautelar que confirmó el Consejo de Estado y en espera de resolución por parte de esta corporación de la segunda instancia. Todo por cuenta de la demanda que la Procuraduría General de la Nación.

Al segundo le permitieron llegar al Senado de la República arrastrando una lista de 5 senadores más, a quienes en nuestro concepto debería declarársele igualmente la nulidad por aplicación del principio que nos enseña que lo secundario sigue la suerte de lo principal.

Lo de Mockus se debe, según el Consejo de Estado, a la celebración de dos contratos con entidades públicas dentro del año antes de su inscripción, un caso muy similar al de Guerra.

Será la Procuraduría, que ya estudia una denuncia disciplinaria contra Quinto Guerra, quien determinará si actuó o no con dolo, como también, el Consejo de Estado, que resolverá la segunda instancia de una acción de pérdida de investidura, quien establecerá si Mockus actuó dolosamente o sin ninguna intención. En ambos casos, netamente disciplinarios, se analiza el grado de culpabilidad.

Todo esto se hubiese podido evitar si el CNE hubiera hecho lo que le corresponde.

Algo así sucede con la Comisión de Investigación y Acusación que en 27 años solo ha hecho una acusación seria. Son vagabunderías que deberían acabarse.

(*) Abogado Constitucionalista.

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