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¿Cuál democracia interna de los partidos?

Juan Fernando Jaramillo, miembro de DeJuSticia y profesor de la Universidad Nacional, expresa que, a pesar de la reforma política de 2003, poco se ha avanzado en la democratización interna de los partidos políticos colombianos

Semana
11 de agosto de 2007

En el año 1993, el Tribunal Constitucional de Hamburgo decidió sobre una demanda de tutela presentada contra la elección del Parlamento del Land, realizada en 1991. El actor se quejaba de que en la asamblea de la Unión Demócrata Cristiana (CDU) en la que se había escogido la lista de candidatos del partido para la elección se había vulnerado el mandato de la democracia interna de los partidos, consagrado en la Ley Fundamental. El Tribunal le concedió la razón y decidió que los vicios encontrados en la asamblea de la CDU implicaban la nulidad de la elección del Parlamento.

La sentencia generó una gran controversia en Alemania. Y no era para menos: de la sentencia se derivaba que las irregularidades cometidas en las elecciones internas de los partidos con miras a establecer su lista de candidatos para las elecciones generales podían afectar la validez de estas últimas elecciones.

Hasta ahora el Tribunal Constitucional Federal alemán no ha dictado una sentencia en la que se pronuncie sobre las tesis del Tribunal de Hamburgo. A pesar de ello, la sentencia de este último Tribunal puso en evidencia ante los ojos de todos los alemanes que el principio de la democracia interna de los partidos no era una frase hueca de la Constitución, sino una condición fundamental para la validez de los procesos electorales generales. Además, dejó claro que las actividades de los partidos podían ser controladas por la justicia.

La situación alemana ilustra sobre una tendencia general existente con miras a regular la vida interna de los partidos. Desde principios del siglo XX, distintos estudios han mostrado cómo los partidos tienden a desarrollar estructuras oligárquicas, independientemente de su ideología. Esta situación es inaceptable: si los partidos y los movimientos políticos son las agrupaciones llamadas naturalmente a ejercer el poder político, ¿cómo se puede garantizar que ellos se sujetarán a los principios del Estado democrático y de derecho, si su práctica interna cotidiana no se ajusta a los principios democráticos?
A pesar de ello, la Constitución de 1991 en Colombia estableció la –increíble– norma de que la ley no podía intervenir en la vida interna de los partidos. En vista de ello, los partidos optaron por el camino más fácil: para no someterse a los conflictos naturales que genera la selección de sus candidatos, en la mayoría de los casos, optaron por repartir avales por doquier y por permitir que cada candidato esbozara sus propias propuestas. Con ello, renunciaron a una de las funciones básicas de los partidos, cual es la de seleccionar y presentar sus propios candidatos a la ciudadanía. De esta manera, la norma constitucional contribuyó a profundizar el desmoronamiento de los partidos.
La reforma política de 2003 se propuso reparar los errores cometidos en la Constitución en torno a los partidos y las elecciones. Por eso, dispuso que los partidos y los movimientos políticos “se organizarán democráticamente”.

Pero las fórmulas a las que han recurrido los partidos para cumplir esta norma constitucional tampoco han permitido avanzar mucho en materia de democracia interna de los partidos. Es lo que se puede concluir al observar cómo se vienen asignando los avales para las elecciones de octubre.

Así, en algunos casos, es el mismo presidente del partido el que determina quiénes serán candidatos a las gobernaciones o a las alcaldías. Ello ha conducido a álgidas disputas internas, como ha ocurrido en el Partido Liberal.

Pero incluso la fórmula que es considerada como la más democrática, la de las consultas populares o internas, tampoco permite avanzar en la democratización interna de los partidos. Y no lo hace porque las denominadas “consultas internas” han sido en realidad “consultas externas”.

Desde la perspectiva de la democracia interna, si un partido se encuentra con que hay división en sus filas en torno a quién debe ser su candidato, lo propio es que la decisión sobre el punto la tomen sus militantes. Pero, evidentemente, este mecanismo es más exigente y produce un mayor desgaste, aunque a mediano plazo genera dinámica interna e identificación partidaria y, por lo tanto, mayor fortaleza. Por eso se ha optado por llamar a todos los ciudadanos a que resuelvan el conflicto.

Los resultados están a la mano: en las consultas “internas” del 8 de julio, la abstención ascendió al 96,3 por ciento. Pero, en realidad, ¿qué más se podía esperar? ¿Acaso no es labor de los partidos la de establecer quiénes van a ser sus candidatos, para presentárselos luego a los ciudadanos? ¿Por qué pasarle esta tarea a los ciudadanos, ya de por sí tan hastiados con la política? Y, además, en un país con una abstención tan alta, que ni siquiera ha logrado ser doblegada a partir de los estímulos electorales, ¿cabía esperar otro desenlace?

Ciertamente, los colombianos habríamos podido ahorrarnos buena parte de los 36.000 millones de pesos que costó la organización de esas consultas “internas” y habríamos obtenido mejores logros en materia de fortalecimiento partidario si las consultas se hubieran limitado a los militantes de los distintos partidos.

Así, pues, en materia de democratización interna de los partidos, estamos todavía crudos, a pesar de los esfuerzos que se realizan en algunas organizaciones políticas. También es verdad que los partidos colombianos están apenas despegando después del estado de descomposición en el que se encontraban, y que su democratización interna les impone retos novedosos. Ello explica que ni siquiera cuenten con listados de sus militantes para poder realizar verdaderas consultas internas. Pero lo cierto es que no podemos descuidar el tema de la democracia interna, pues él constituye un elemento indispensable para el fortalecimiento de los partidos y del Estado democrático.

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