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Ejército y guerrillas, bajo examen de la CPI

Fiscalía de la Corte Penal Internacional asegura que hay bases razonables para determinar que unos y otros han cometido delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en los últimos años.

Juan Diego Restrepo E., Juan Diego Restrepo E.
22 de noviembre de 2013

La Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) acaba de divulgar el Informe sobre las actividades de examen preliminar correspondiente al año 2013 en el que pasar revista a aquellos crímenes que podrían estar dentro de su jurisdicción. En desarrollo de esa revisión, concluyó que “existen bases razonables” para determinar que tanto los grupos guerrilleros como el Ejército han cometido delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.

Colombia ratificó el 5 de agosto de 2001 el Estatuto de Roma, que dio origen a la CPI, pero sólo desde el 1 de noviembre de 2009 este organismo tiene jurisdicción sobre los crímenes de guerra cometidos en nuestro país por agentes armados legales e ilegales.

Ya el año pasado, la Fiscalía de la CPI publicó un informe provisional sobre la situación colombiana que resumió el análisis realizado en el transcurso del examen preliminar, incluyendo los hallazgos de la Fiscalía con respecto a la jurisdicción y la admisibilidad de algunos casos, no obstante aún permanecen en observación a efectos de determinar la acción o inacción de las autoridades nacionales, así como la posible falta de voluntad o capacidad de las mismas para juzgar este tipo de delitos y crímenes.

Sobre la jurisdicción de la CPI, el informe de 2013 indicó que existen “bases razonables para creer” que tanto las guerrillas de las Farc, como del Eln y agentes del Estado perpetraron delitos de lesa humanidad, como “asesinato, traslado forzado de la población, encarcelación u otra privación severa de la libertad física, tortura, violación y otras formas de violencia sexual desde el 1 de noviembre de 2002 de conformidad con el artículo 7 del Estatuto de Roma”. 

Asimismo, la Fiscalía de la CPI conceptuó que esa esas organizaciones insurgentes y algunos agentes del Estado han cometido “crímenes de guerra desde el 1 de noviembre de 2009 de conformidad con el artículo 8 del Estatuto bajo la modalidad de asesinato, ataques contra civiles, tortura y trato cruel, atentados contra la dignidad personal, toma de rehenes, violaciones y otras formas de violencia sexual; reclutamiento, alistamiento y utilización de menores para participar activamente en actividades hostiles”. 

En relación con los agentes del Estado, tanto en la comisión de delitos de lesa humanidad como de crímenes de guerra, este organismo de justicia internacional precisó que “la información disponible indica que estos homicidios, también conocido como ‘falsos positivos’, se llevaron a cabo por miembros de las fuerzas armadas, a veces trabajando conjuntamente con los paramilitares y civiles, como parte de un ataque dirigido contra la población civil en diferentes partes de Colombia de conformidad con una política adoptada por lo menos al nivel de ciertas brigadas de las fuerzas armadas”.

En consecuencia, la Fiscalía de la CPI determinó que “existe una base razonable para creer que los entes del Estado han cometido crímenes de lesa humanidad bajo la modalidad de asesinato y desaparición forzada”, por lo que “ha estado analizando información sobre si esta política podría haberse extendido hacia niveles más altos dentro del aparato del Estado”. 

Esta observación es bien interesante si se tiene en cuenta que si bien en el país se han juzgado penalmente números miembros del Ejército comprometidos en comisión de ejecuciones extrajudiciales, lo cierto es que la justicia ha sido incapaz de procesar de manera estructural a altos oficiales que, como comandantes de brigadas y batallones, podrían tener responsabilidad por mando sobre las tropas.

En relación con aquellos grupos que surgieron de la desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) bajo los acuerdos con el Gobierno Nacional, la Fiscalía de la CPI hace una valoración de la situación, y en particular se centra en tres estructuras -‘Urabeños’, ‘Rastrojos’ y ‘Águilas Negras’-, con el fin de establecer si han perpetrado crímenes que estén bajo su competencia y si podrían considerarse “como partes en el conflicto armado no internacional existente o si hay de forma alternativa un conflicto armado no internacional independiente, ya sea entre cualquiera de estos grupos y el gobierno o exclusivamente entre los grupos”.

Al respecto, consideró que “no hay una base razonable para creer que los ‘Rastrojos’ o las ‘Águilas Negras’ están lo suficientemente organizados como para constituir una parte en un conflicto armado no internacional”. Con respecto a los ‘Urabeños’, estimó que están “adecuadamente organizado, porque, entre otras cosas, sus miembros están bien disciplinados, hay una estructura jerárquica, se ejerce control efectivo sobre sus miembros, ejerce control sobre el territorio, tiene la capacidad para recolectar y adquirir armas y tiene un número significativo de personal”. 

Sin embargo, este organismo de justicia internacional precisó que con la información disponible acerca de la intensidad de la violencia entre los ‘Urabeños’ y  otros grupos armados ilegales, los enfrentamientos no son del todo intensos como para calificar a esta organización como parte en el conflicto. “Por el contrario, si bien la información disponible indica que el nivel y la intensidad de la violencia entre los ‘Urabeños’ y los ‘Rastrojos’ puede ser suficiente para constituir un conflicto armado no internacional, como se señaló anteriormente, los ‘Rastrojos’ parecen no cumplir los criterios para ser clasificados como un grupo armado organizado”. 

Pese a ello, la Fiscalía de la CPI afirmó que “seguirá vigilando y reuniendo información sobre el grado de organización de los ‘nuevos grupos armados ilegales’ y la intensidad de la violencia y puede revisar sus conclusiones a la luz de nuevos hechos o pruebas”.

En relación con la admisibilidad, cuyo procedimiento en este caso sólo es de análisis, la Fiscalía de la CPI informó que estudia 354 juicios relacionados con miembros de las Farc y Eln, así como de los grupos paramilitares, oficiales del Ejército y de “grupos armados paramilitares sucesores (nuevos grupos armados ilegales)”. Según dijo, “está analizando la relevancia de estas decisiones para el examen preliminar, incluyendo si se centran en los principales responsables de los crímenes más graves dentro de la jurisprudencia de la Corte y si son auténticos”.

Por el momento, la Fiscalía de la CPI no ha abierto ningún proceso penal contra agentes legales o ilegales asentados en nuestro país, pero tanto unos y otros quedan notificados de estas valoraciones preliminares, pues en caso de fallar la justicia colombiana será en ese escenario internacional donde se juzgarán aquellos que hayan cometidos delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. 

(*) Periodista y docente universitario

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