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EL CASO CAICEDO: LA VERDAD

HUBO UNA INTOLERABLE CONNIVENCIA ENTRE EL ALCALDE CAICEDO Y EL CONCEJO DE BOGOTA...

Semana
27 de abril de 1992

ENCUENTRO QUE LA MAYORIA DE LOS colombianos tiene hacia el caso del alcalde Caicedo una clara ambivalencia. Por un lado sienten que por primera vez en muchos años se hizo justicia, pero por el otro se preguntan si meter en la cárcel al alcalde de la capital del país no es una medida exagerada y tremendamente arbitraria. ¿Cómo, se preguntan, puede Juan Martín Caicedo, que no se ha robado un peso, recibir la misma pena que recibió Mike Tayson, por violar a una mujer?
Ni yo misma escapo de esa ambivalencia. Me da pena ver a Juan Martín Caicedo, una persona de bien que escogió la vida pública como inclinación profesional, atrapado en las redes de una decisión controvertida que podría como probablemente ya lo hizo acabar con su carrera política.
Sin embargo, los hechos son los hechos. Y estos indican, si se estudian con cuidado, que hubo una imperdonable connivencia entre el alcalde Caicedo y el Concejo de Bogotá para que se acomodara a la ley una maniobra que permitía que los concejales se quedaran con 1.680 millones de pesos del erario público y se los gastaran, salvo escasas excepciones, en sus campañas de reelección.
¿Por qué digo eso de que la maniobra "se acomodara a la ley"? Porque entre el alcalde y los concejales hicieron que terminara siendo legal lo que comenzó siendo ilegal. Cuando el alcalde preparó su proyecto de presupuesto de rentas y gastos para el año 91, incluyó una partida millonaria para "auxilios a concejales". Y en vista de que el procurador, en concepto escrito fechado el día 19 de marzo de 1991, le advirtiera al alcalde que esa partida violaba la Constitución vieja, que sólo facultaba a la Asamblea y al Congreso para decretar auxilios, el Concejo de Bogotá se inventó la manera de legalizar esos auxilios ilegales. Emitió entonces el acuerdo número 13 de junio 4, autorizando al alcalde a hacer un gasto público bajo el nombre de "Aportes, Subvenciones y Ayudas Financieras a Empresas Utiles o Benéficas para el Desarrollo de Bogotá", rubro que no estaba expresamente prohibido por la Constitución.
El alcalde, el 3 de julio, dictó entonces el decreto 381 mediante el cual trasladó los 1.680 millones del rubro "auxilios a concejales", que era inconstitucional, al rubro "Aportes, Subvenciones y Ayudas, etc..." que no lo era. Y ya en vigencia de la nueva Constitución, los repartió con su nuevo vestido, por partes iguales entre 40 concejales, a 42 millones por cabeza.
Me parece que esta historia tiene cuatro agravantes. El primero, que el procurador había advertido por escrito que lo que iba a hacerse era inconstitucional, por lo que sencillamente le cambiaron de nombre a la plata. El segundo, que burdamente se sacó la totalidad de la suma del rubro "auxilios" para repartirla bajo su nueva denominación, lo que evidenció que se trataba de una jugada para terminar haciendo al final lo mismo, y por el mismo monto, que al principio era prohibido. El tercero, que el dinero fue repartido por partes iguales, en muchos casos a nombre propio de los concejales, como si las necesidades de las "empresas útiles o benéficas para el desarrollo de Bogotá" fueran milimétricas.
El cuarto, que aunque la nueva Constitución no había entrado todavía en vigencia mientras todo esto sucedía, el alcalde Caicedo fue citado a la Constituyente, para discutir con él el recientemente aprobado artículo 355 que le prohíbe "a cualquier rama u órgano del poder público otorgar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas del derecho privado". En esa reunión de la Constituyente, a la que asistieron el procurador, los ministros de Gobierno y Hacienda y el alcalde Caicedo, hubo el compromiso por parte de los funcionarios de no pagar auxilios ya decretados, por respeto a que el espíritu de la nueva Constitución que aún no regía era el de prohibir la totalidad de los auxilios. Con todo y este compromiso, el alcalde salió de ahí a cambiarle de nombre a los 1.680 millones de pesos.
Mi conclusión es que el Tribunal Superior perfectamente puede revocar, como seguramente lo hará, el auto de detención del alcalde, porque no es evidente que con su proceder hubiera violado formalmente la Constitución, ni la vieja ni la nueva, como equivocadamente lo ha sostenido el juez del caso en su auto. Pero lo que no se puede negar es que entre el alcalde y los concejales acomodaron la ley para disponer legalmente de los 1.680 millones que muchos concejales sí se gastaron de manera escandalosamente ilegal, como seguramente terminará desmostrándolo en corto tiempo la justicia.
Creo que, jurídicamente, al alcalde Caicedo no lo pueden meter a la cárcel, a diferencia de los concejales. Pero sería inútil mentirnos en relación con su responsabilidad en este robo. El alcalde no nació ayer como para no saber en qué se han gastado tradicionalmente los concejales los dineros de los auxilios.
La responsabilidad de Juan Martín Caicedo radica, entonces, en que de haber dicho que no, en lugar de decir que sí, los 1.680 millones de pesos todavía le pertenecerían al erario público.

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