Home

Opinión

Artículo

El linchamiento de Santofimio

Juan Manuel López reflexiona sobre el reciente y sorprendente testimonio de Virginia Vallejo en el caso Galán

Semana
29 de julio de 2006

“Lo que se debe hacer es linchar a los políticos corruptos” (presidente Álvaro Uribe Vélez, 2006)

“En 2.000 años no se ha podido esclarecer la muerte de Jesucristo y a mí me reclaman que no haya esclarecido el de Galán” (fiscal Luis Camilo Osorio, 2005)

Lo único que falta comentar respecto a las declaraciones de Virginia Vallejo es hasta qué punto relegaron a un segundo plano noticioso los chismes posfinal del concurso de Miss Universo.

Los medios han buscado y logrado rating alrededor de la ‘Diva’, y la han convertido en el personaje más importante del momento. Así, aunque que no existe algo concreto o nuevo que tenga que ver con el proceso de Santofimio, con el propósito de producir más efecto en la opinión pública, se ha logrado mucha polémica y mucha confusión, pero nada de ilustración sobre lo que realmente tiene que ver con el juicio.

En ningún juicio puede el Fiscal ordenar nuevos testimonios cuando la acusación ya ha sido presentada porque a partir de ese momento es el juez quien tiene la competencia para esas decisiones; y cerrada la etapa probatoria, tampoco puede el juez decretar un testimonio extemporáneo sin que se plantee una posible violación al debido proceso.

No parece posible que Virginia Vallejo actuara sin antes informarse cómo funciona un llamado a testimoniar en un proceso, y si la presentación fue posterior a todo esto, debió ser a sabiendas de lo que iba a pasar al respecto.

Testimonio no podía haber y su entrevista al Nuevo Herald no debería tener ninguna incidencia en el juicio. Lo contrario está sucediendo en el nivel de la opinión, y, dentro de la misma tónica, coincide esto con que, siendo su contenido algo que se podría o debería debatir, es a eso a lo que menos importancia se ha dado.

De Virginia Vallejo lo más probable es que no sepamos nada más. El homicidio de Galán no forma parte ni de las preocupaciones ni de los procesos judiciales americanos, y el que la hayan llevado a atestiguar allá nada tiene que ver con este caso; falta aclarar si después de su testimonio allá recibirá el estatus de testigo protegido (como inicialmente se dijo), pero sí es un hecho que con su actuación aquí forzó o aceleró el trámite de llevársela.

Lo que estamos viviendo confirma la reflexión de Alberto Lleras: “Un pueblo mal informado no tiene opinión sino pasiones”.

¿Qué dijo, que tenga que ver con el caso? Que ella oyó que después de unas manifestaciones que Santofimio sugería que Galán era un obstáculo que había que superar a las buenas o a las malas. Que le oyó repetir eso después de unas manifestaciones en el 84 y en el 85, y que también eso le contó Escobar en el 87. Que a través de Escobar ella conoció a toda la mafia. Que Escobar le manifestó que odiaba más a Santofimio que a Galán. Que Santofimio “sigue manejando ‘El Tiempo’ como manejó a Pablo Escobar”.

En caso de ser cierto, ¿qué se supone que debería probar? Que antes de 1983 Santofimio le ‘reveló’ a Escobar que Galán era un obstáculo para que llegaran primero el uno y después el otro a la Presidencia; que lo convenció de que la manera de superarlo era matándolo; que a pesar de haberlo expulsado de su movimiento, siguió insistiéndole en esto en el 84 y el 85; que en el 87 Escobar sintió el impulso de contárselo a ella; y que de todo esto la conclusión que se deduciría es que “no faltó sino que Santofimio apretara el gatillo”. La fragilidad de cada una de estas afirmaciones salta a la vista (¿necesitaba Escobar que le explicaran que Galán era un obstáculo? ¿o entonces por primera vez asimiló ‘a las malas’ con ‘matando’? ¿o que quien públicamente lo había rechazado privadamente lo ratificara en ello? ¿o que su amante se enterara de esto? Pero, sobre todo: ¿probaría esto que por eso varios años después, en 1989, se decidió el crimen? ¿Equivaldría esto en verdad a que “no faltó sino que Santofimio apretara el gatillo”?

Lo siguiente en un testimonio habría sido verificar la posibilidad de que sea cierto lo que en él se dice. No se puede afirmar que es imposible (aunque sí improbable) que entusiasmado por el éxito de Escobar, Santofimio tuviera la idea de matar a Galán y salir del rival y así se lo trasmitiera delante de V. V. a Escobar; pero en un testimonio no basta una afirmación, sino depende de que el cómo, el cuándo y el dónde de los hechos que se mencionan sean posibles: desde el 83 no hubo manifestaciones conjuntas y desde el 84, después de la muerte de Lara Bonilla, Escobar estaba en la clandestinidad, lo que hace imposible las situaciones que ella describe. No hay razón para que no fuera posible que Escobar le informara en el 87 sobre este ‘proyecto’ si en verdad hubiera existido, pero en todo caso, en el video de donde después se transcribió la entrevista ella no dice eso… y entre la aparente sugerencia de que el odio de Escobar por Santofimio fuera porque lo responsabilizaba de haberlo convencido de ese acto y la manifestación de ‘Popeye’ según la cual el motivo era haber sido un ‘torcido’, no hay duda de que es más probable lo último.

Lo que seguiría es la valoración de quien da unas declaraciones:
Es verdad que contra V. V. no pesa ni la condición de delincuente ni algún testimonio previo en contrario, como sucede con el caso de ‘Popeye’. Pero en cambio, los antecedentes de carácter si suscitan mucha inquietud. Se ha destacado lo protagónico de su ‘carrera’, mas no lo cuestionable de ella, o sea, hasta dónde cedió principios o valores en función de lo que para ella era el éxito y el poder avanzar en sus propósitos. En cuanto a las circunstancias y el contexto de la entrevista, es claro que fue producida en un momento y con un propósito determinados; poco se le puede atribuir el sentido de testimonio, y mucho de acto interesado. Si la razón aducida para no presentarse antes fue el miedo, ¿qué elemento nuevo cambió eso? A pesar de ser puntos tan subjetivos, el posible miedo y las posibles razones para que desapareciera sólo explicarían por qué ahora sí podría dar ese testimonio, pero no el porqué tendría interés en hacerlo: no convence la afirmación de que al ver a Santofimio con los anteojos bajitos declarándose inocente se le revolvieron las vísceras. En cambio, intereses ajenos al caso, como el trámite que ya estaba adelantando buscando calidad de testigo protegido ante Estados Unidos –que la liberaría de las angustias económicas que la asedian y la pone a distancia del rechazo social que hoy sufre–, o la promoción de un eventual libro de ‘confidencias’ que podría tener igual o más éxito que el de ‘Popeye’, parecen motivos evidentes para ‘construir’ un testimonio en este momento. En todo caso, no valorizan sino ponen en duda la ‘pureza’ de las declaraciones y explica que se hubiera organizado en tal forma que se evitara el riesgo de un contrainterrogatorio en caso de que se presentara como testigo.

Tal vez en lo único que se podría sostener es en que Santofimio maneja tanto el periódico El Tiempo como en ese momento manejó a Pablo Escobar.

Por algo, a lo que menos importancia se ha dado es a estudiar y evaluar el contenido y la motivación de esas declaraciones. Detrás de ellas se revela más el montaje detrás de un linchamiento que la prueba de culpabilidad que requiere la acusación.

En las películas del Oeste se montan escenas en las que el pueblo ha decidido castigar a quien por algunas apariencias podría ser culpable y ha sido acusado por quienes tienen cierta ascendencia sobre la gente, mientras aparece como impotente el sheriff buscando oponerse a esa forma de ‘justicia’, no por ser el aliado del reo, sino por su condición de defensor del orden legal y de la necesidad de que se respete el debido proceso en la Administración de Justicia, con la connotación de que esto representa un progreso para una comunidad anárquica donde el orden lo impone la violencia, y una garantía contra la posibilidad de que, contrario a lo que se busca, se cometa una injusticia.

Esto se reproduce en la realidad cuando se toma a alguien representativo de un sector poblacional que por algún motivo –posiblemente explicable– encarna la animadversión de la comunidad, y se manifiesta y desahoga en él como chivo expiatorio ese resentimiento. La forma como se resuelve esa situación expresa el nivel de madurez de una Nación.

No sé si Santofimio es culpable o no de lo que se le acusa, ni tengo razones o interés en tomar posición respecto a lo uno o lo otro. Sí tengo claras dos cosas: la una, que estamos ante un linchamiento en el que, independientemente de la realidad, se está es descargando en él el resentimiento del país contra la clase política; y dos, que, como se reconoce pública y se puede decir que casi unánimemente por quienes son profesionales del Derecho y se han informado sobre el contenido del proceso, sería una aberración una sentencia basada en los elementos que hasta ahora se han aportado.

Resumo a continuación el porqué de lo último:

La presunción de inocencia es una norma universal porque si la simple acusación fuera suficiente para motivar el castigo, los procesos judiciales serían innecesarios, y con sólo presentar un elemento de sospecha cualquiera podría convertir a un enemigo en un culpable, con lo que se volvería inmanejable la convivencia ciudadana.

Esto se refleja en que no basta la ‘convicción íntima’ de quien acusa o quien juzga, sino que la prueba debe ir más allá de cualquier ‘duda razonable’ sobre la culpabilidad, o sea el principio de in dubio pro reo según el cual no puede haber sentencia en contra cuando el acervo probatorio no elimina en forma absoluta la más mínima posibilidad de inocencia.

No pueden, además, existir sentencias sino por violación a un delito tipificado en los códigos. La maldad o perversidad de un individuo, o incluso su comportamiento censurable no pueden en un proceso judicial concluir en una sentencia condenatoria si no preexiste una norma expresa y si no se demuestra que se produjo una conducta que tipifica también su violación.

En la medida en que lo que es lo determinante en el juicio son los hechos, lo que se busca es establecerlos por medio de las pruebas. Pero no es lo mismo la plena prueba que el indicio: lo primero demuestra la veracidad de la acusación, el segundo sólo sugiere o abre la posibilidad de que sea cierta; por eso, éste último permite iniciar la investigación y vincular al reo al proceso, pero se requiere la existencia de aquella para una condena (aunque una serie de indicios en conjunto, si excluyen toda posibilidad contraria, pueden configurar la prueba).

Estudiemos el caso:
 
De la acusación.
 
Los tres fiscales anteriores no lograron encontrar mérito para solicitar el enjuiciamiento (y no por falta de interés o de esfuerzo). Lo nuevo que condujo a la Fiscalía a la acusación fueron los indicios nacidos de unos testimonios (de ‘Popeye’ y de Oviedo); pero estos están muy lejos de la plena prueba; no es ni siquiera claro cuál delito contemplado en el código tipificaría la conducta denunciada; es más el espacio que dejan para la duda que lo que prueban; y en ningún caso se puede deducir que con ellos desaparece la posibilidad de inocencia.

Ante este panorama probatorio se presenta la pregunta obvia de ¿cómo o por qué decidió el fiscal Luis Camilo Osorio alejarse de la posición de sus antecesores y dictar resolución acusatoria?

Además de lo que probablemente era su propia convicción, el doctor Luis Camilo Osorio tenía, en relación con el caso Galán, una presión externa muy grande por ser representativo del sector político (Galanopastranismo) interesado en ese juicio –al punto de suponerse que la mayor misión política era abrirlo–, e interna por los vínculos que aportó el matrimonio de su hija con un familiar del muerto. Eso explica el exabrupto de esa manifestación en la cual disculpaba su falta de resultados diciendo que si en 2.000 años no se han esclarecido las condiciones de la muerte de Cristo, cómo se podía pretender que en su tiempo en el cargo esclareciera lo de Galán; pero obviamente, la reacción producida ante esto aumentó esa presión al punto que cualquier incidente nuevo que sirviera de pretexto para presentar la acusación se podía convertir en la mejor salida de esa situación; con esto, además, cumplía lo que podía ver como un compromiso moral y abría las puertas para cambiar la imagen de un funcionario ‘simple cuota política’, como había aparecido en el momento de su controvertido nombramiento, por la de aquel que quedaría en los anales como quien dilucidó el segundo crimen más importante de nuestra historia.

Del testimonio

Lo primero a evaluar es: en caso de ser cierto lo que se atestigua, ¿qué probaría?; si en verdad ‘Popeye’ oyó decir a Santofimio “mátalo, Pablo, mátalo” ¿sería eso prueba de que fue lo que lo determinó a matarlo? (Suena altamente improbable). Respecto a Oviedo: ¿que Escobar le hubiera dicho que por culpa de Santofimio mandó matar a Galán probaría que así fue? ¿sería eso una forma de expresarse o trasmitía una información sobre un hecho que quería que quedara establecido?

Un segundo punto a analizar en cualquier testimonio es la posibilidad de que sea cierto: se dice que muchas veces se mencionan cosas ante el conductor o la muchacha del servicio como si ellos no existieran, y que por eso Escobar y Santofimio podrían haber tocado tema tan delicado sin prestar atención a la presencia de ‘Popeye’; pero esto implica como supuestos que la frase sí fue en un momento que se estaba decidiendo sobre el tema, y que a pesar de ello consideraron la presencia de ‘Popeye’ tan insignificante que ni lo involucraron ni lo retiraron; no hay ningún elemento probatorio o siquiera indiciario que permita respaldar estas suposiciones (las que, por lo demás, suenan contrarias a la lógica). En cuanto a Oviedo, no parece evidente que la eventual relación de Escobar con él lo llevara a tenerle tanta confianza o le diera tanta jerarquía como para que el capo lo tomara de confesor, o le interesara trasmitirle una revelación tan importante.

Del testigo

El complemento indispensable es la evaluación de la credibilidad del testigo. Se ha insistido en que la calidad de criminal no desvirtúa el valor del testimonio porque es usual que quien más puede aportar sean ellos. Esto se basa en que la mejor colaboración para esclarecer hechos es la confesión de quienes los cometieron. Pero debe ser claro que no es por ser delincuentes sino por su participación en el hecho: es porque hablan con conocimiento de causa que tienen validez sus afirmaciones; para acusaciones en las cuales no se involucra su responsabilidad directa, la reserva o duda que normalmente existe ante personas de esa naturaleza lejos de disiparse, debe aumentarse. En este caso no puede ser aceptado que simplemente desaparece lo que en sentido contrario mantuvo ‘Popeye’ durante 16 años y ahora, y, sin que medie ningún elemento nuevo que explique o confirme por qué esta nueva afirmación sí es cierta, se le reconozca así. La explicación de que ‘tenía miedo de hacerlo antes’ requeriría el supuesto de que el poder de Santofimio le inspiraba ese ‘miedo’, pero, teniendo en cuenta que éste además de haber perdido todo su poder y su influencia políticos también llegó a estar un buen tiempo encerrado en la cárcel, no se entiende por qué le inspiraría ese miedo.
 
Tampoco se ve el porqué se le pasaría ese miedo o por qué en ese momento. Pero, además esa explicación de por qué no hizo antes el denuncio deja pendiente la pregunta de por qué lo hizo ahora; qué lo motiva si ningún interés o razón aparente tiene; que fue por simpatía con la familia Galán suena algo más que inverosímil; y el resultado mismo de su acto lo justifica mejor que nada, puesto que está fuera de duda que así logró crear expectativa alrededor de su libro. En cuanto a Oviedo –un aparecido de la nada en el proceso–, no se sabe si también fue por miedo que nunca había declarado, ni si también fue que se le pasó ese miedo coincidencialmente en el mismo momento, ni por qué además ese momento fue cuando los dos se encontraron.

Sospechoso o dudoso debe ser que coincidan los dos cuando ninguno había mencionado nada al respecto anteriormente, y fue el encuentro entre ellos el que produjo el resultado simultáneo; difícilmente puede ser razón para validarse mutuamente; de toda evidencia algo ha sido orquestado de alguna manera, pues hay otros curiosos elementos coincidentes. Por el lenguaje usado, también es absolutamente claro que la declaración de ‘Popeye’ fue asesorada, a menos que se aceptara que había estudiado y conociera la figura y las connotaciones del ‘determinador’ en nuestro derecho penal: es ésta una innovación que reemplaza el tipo de ‘incitación al delito’ o instigador, con la diferencia de que la culpabilidad ya no se configura sólo por estimular que se produzca el delito, sino que se requiere que sea determinante, en el sentido de que sin esa participación no se hubiera producido. Tan complejo es el tema, que la misma Fiscalía parece haber incurrido en el error de escoger la ‘coautoría’ como cargo, cuando ésta implica la participación directa en el acto cuando es material, o en la planeación cuando es intelectual, lo cual aquí nadie ha contemplado (y probablemente lleve a una nulidad de lo actuado).

De la parte civil

La presencia de la familia Galán en el estrado –de tanto más peso en cuanto a que mientras más callada, más simbólica– seguramente nace de una verdadera convicción sobre la culpabilidad de Santofimio. Pero ellos mismos han divulgado los motivos de su convicción: desde el día del asesinato plantearon que el principio de cualquier investigación sobre una muerte siempre ha sido ‘¿a quién le beneficia?’, y que en este caso era naturalmente a sus rivales políticos, o sea a los precandidatos a quienes con seguridad derrotaría en las elecciones; por eso han sido constantes en afirmar que se deben esclarecer los vínculos políticos que podía haber detrás, inicialmente incluido Durán Dussán por parecer él el candidato que con más posibilidades quedaría entonces. El respaldo adicional y el aporte que han hecho al proceso son frases de la víctima en las cuales manifiesta tanto lo enconado del enfrentamiento que tenían como el recelo respecto a la naturaleza del rival. “Si algo me pasa, miren hacia el Tolima” puede tener tanto significado como “XX me ha puesto una lápida en el cuello” expresión que no sorprende dentro de la violencia que domina nuestro medio, pero también acusación que se repite con una facilidad y frecuencia que asombra. Sí hay la diferencia que en este caso se concretó el crimen, pero procesalmente no por eso se le tiene que dar un mayor valor probatorio o deducir una confirmación del contenido de esa frase. En otras palabras, y dada la relación preexistente, la familia puede tener motivos para su convicción con antecedentes o argumentos como ése que los llevan a considerar confirmada su suposición; pero no por eso queda probado que su convicción necesariamente coincide con la realidad, ni sobre todo que en un proceso judicial estos sean suficientes o suficientemente categóricos para demostrar una culpabilidad más allá de toda duda. Por eso la única actuación de su apoderado es el silencio o retiro, incluso desistiendo de la prueba solicitada en la audiencia previa como era el testimonio de Parejo González.

De las otras pruebas acusatorias

Los otros testimonios que suponían complementar la acusación fueron poco conocidos de la opinión pública y no aparecieron en la audiencia pública o sea en la parte propiamente del juicio. Son estos: las revelaciones del hermano de Escobar, el ‘Osito’, a quien todas las partes (Fiscalía, Defensa y Ministerio Público) le aceptaron las razones de no presentarse (aparentemente porque no incidía a favor de ninguna); el esperado testimonio del doctor Parejo al cual renunció la parte civil (familia Galán) presumiblemente no porque fuera innecesario ante lo contundente de lo ya aportado (como se ha presentado en algunos medios), sino porque desde el punto de vista probatorio no tenía mayor peso; y la declaración de una testigo que reporta lo que una amiga le contó, relato según el cual cuando Escobar ya era prófugo de la justicia, en una reunión de más de 400 personas con motivo de su cumpleaños, sin que la vieran porque estaba detrás de una columna, esa amiga escuchó cuando Santofimio y Escobar planeaban el crimen… nunca apareció una sola persona que confirmara tal reunión (a pesar de que según la versión, incluía toda clase de personajes tanto públicos como mafiosos), de la amiga que le dio tal información no pudo sino mencionar el nombre pues, según explicó, sólo la conoció accidentalmente, y en últimas la Fiscalía renunció a presentar a la declarante en la audiencia… Lo declarado por ‘el mugre’ no fue pedido por la parte acusatoria (probablemente porque al estar muerto y no poder ratificar su declaración, su valor probatorio era discutible), pero sí fue presentado a solicitud del Ministerio Público.

Linchamiento o Tribunales de Salud Pública

Lo anterior sugiere que el juicio a Santofimio perdió el carácter de proceso de Administración de Justicia y tiene más los visos de un linchamiento.

Esto en razón de que se pretende que la decisión se debe producir por fuera de los requisitos y procedimientos judiciales, es decir, sin que dependa de lo que se establezca según las normas que nos rigen.

Como después de las declaraciones de Virginia Vallejo se han divulgado prolíficamente encuestas que demuestren que la voluntad de la opinión pública es que él sea sentenciado por lo que se le acusa, puede ser que el paralelo sea más apropiado con los Tribunales de Salud Pública de la Revolución Francesa.

En ellos no se desconocía la institucionalidad, sino a través de ella se decidía la culpabilidad del reo y la sentencia a aplicar. El Tribuno, que al mismo tiempo era el orador y el funcionario oficial, proponía a la muchedumbre un requisitorio en el que enumeraba la cantidad de acusaciones que existían contra el sindicado, y las masas a gritos decidían si debía ser guillotinado o liberado; fue la época en que los discursos de Saint Just, de Robespierre o de Marat caracterizaron lo que se vino a conocer en la historia con el nombre de el ‘régimen del terror’.

A lo que hoy se conoce como etapa probatoria, a la exigencia de que exista en los códigos el tipo de delito que la jurisdicción moderna requiere para que pueda haber sentencia contra un acusado, a que la conducta del presunto delincuente se tenga que enmarcar dentro de las características de violación a esos códigos, lo reemplazaba entonces el ánimo de la población que según la reglamentación de ese régimen, daba legalidad a esas ejecuciones.

Insisto en que no tengo interés en si Santofimio es culpable o no, ni estoy convencido de lo uno o de lo otro. Pero no se puede evitar constatar lo indebido de lo que está sucediendo.

No creo que se necesite más demostración que recordar que el mismo Presidente Uribe hace poco declaró: “lo que debemos hacer es linchar a los políticos corruptos”, lo que, al mismo tiempo que es una muestra de lo que es el ánimo general o de la ‘opinión pública’, al enmarcarlo dentro de la propuesta general de que el nuevo orden depende de él –del presidente Uribe– como referente superior, toma casi la legitimidad de una nueva propuesta de sistema de justicia.

Igual que aclaro que no tengo posición personal respecto al juicio, sino defiendo el que sean respetadas las reglas que nos rigen, aclaro también que la frase de Uribe no tiene que ver con el caso Santofimio, sino, lo que es peor, fue lanzada como una idea en abstracto.

Tal vez una buena acción del mismo doctor Uribe para corregir el error de haber soltado esa idea, es manifestarse en contra de que ella se aplique en el caso Santofimio…


Noticias Destacadas

Luis Carlos Vélez Columna Semana

La vaca

Luis Carlos Vélez