En el último episodio habíamos dejado a Lucero Cortés, la modesta actriz y representante a la Cámara, bajo detención domiciliaria. La Corte Suprema la viene procesando por el delito de tráfico de influencias. Tres magistrados del Consejo Superior de la Judicatura habrían buscado favorecer los intereses de su esposo por presuntas gestiones indebidas de la parlamentaria.
El afortunado marido se llama Manuel Arturo Rincón Guevara y merece un capítulo aparte. De acuerdo con récords judiciales, tiene tres condenas diferentes por delitos como peculado, estafa y fraude procesal. Nuestro galán también ha enfrentado al menos 32 procesos civiles contra él y sus empresas.
Rincón, además, aparece firmando un documento en el que le presta 500 millones de pesos a Luis Camilo O'meara, el hombre que le compró la notaría 67 de Bogotá al congresista Teodolindo Avendaño, quien a su vez la recibió del gobierno Uribe por su ausencia en la votación que aprobó la reelección.
El préstamo, registrado en un contrato de mutuo civil, tiene unos codeudores muy llamativos. Son Marghori Mejía Padilla, la prima de Yidis Medina, y César Guzmán, cercano asesor de la congresista condenada por vender su voto. En los procesos quedó demostrado que Yidis le trasladó millonarias sumas a Teodolindo Avendaño, quien además recibió dineros de Manuel Eduardo Hoyos, socio del esposo de Lucero Cortés en cuatro empresas.
Quedan, pues, claras las calidades de don Manuel Arturo Rincón Guevara y de su esposa.
Según la investigación de la Corte Suprema, la recordada actriz de reparto buscó torcer una decisión de la judicatura para perjudicar a un abogado que representaba a la contraparte de su marido en un largo proceso iniciado por él contra antiguos socios suyos.
Se trata de una disputa por la propiedad de un paquete de acciones de una empresa de cable llamada Superview. Los denunciados por Rincón se llaman Luis Alfredo Baena, Martha Liliana Guevara y Carlos Humberto Isaza; ninguno de ellos tiene antecedentes judiciales.
El señor Rincón llevó el proceso a la Superintendencia de Sociedades y perdió. Inició un proceso civil y perdió. Acudió al Tribunal Superior de Bogotá y también perdió. Inició entonces acciones penales: la primera vez que un fiscal vio el caso, concluyó que no había conducta punible de los denunciados sino más bien del señor Rincón: "Conducta punible, que de existir, corresponde únicamente al aquí denunciante".
El persistente Rincón acudió entonces a acciones de tutela. Una de ellas la interpuso en la Sala Penal de la Corte Suprema y la perdió. Elevó otra ante la Sala Civil de la misma Corte y perdió. Solicitó revisión de la Corte Constitucional y le fue rechazada.
Por cuenta de una insistencia del entonces magistrado Rodrigo Escobar Gil, la Corte Constitucional revisó la tutela y revocó la decisión de la Fiscalía. Sin embargo, en marzo de este año, la fiscal 71 seccional corroboró que no había conducta reprochable en los denunciados por Rincón.
El señor Rincón apeló nuevamente, y faltando pocos días para que se decidiera el caso, el director nacional de Fiscalías, Néstor Armando Novoa, mandó un oficio que, a juicio de algunos, influyó en la decisión.
La redacción es descuidada. Incluso el director nacional de Fiscalías firma el papel y dice que lo hace "por instrucciones del Doctor Néstor Armando Novoa, Director Nacional de Fiscalías", como quien dice 'porque me mandé yo mismo'. (Ver PDF Oficio del Director de Fiscalías)
El papel -chambón, no necesariamente malintencionado- califica de "apócrifos" los títulos que fundamentaban la defensa de los contradictores de Rincón. Es decir, asume como propios del jefe de los fiscales del país los argumentos del marido de Lucero.
En ese oficio, el director nacional de Fiscalías le "agradece" a la fiscal que maneja el asunto que "se adopten las decisiones del caso". Tres días después, ella revocó las decisiones que favorecían a los nueve veces declarados inocentes y les dictó resolución de acusación.
opinión
El papel de su vida
Según la investigación de la Corte Suprema, la recordada actriz de reparto buscó torcer una decisión de la judicatura para perjudicar a un abogado que representaba a la contraparte de su marido.
Por: Daniel Coronell
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