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El reloj de la justicia

El Estatuto Antiterrorista es un recurso propuesto por el gobierno para combatir el terrorismo. Éste consiste, entre otras cosas, en que la policía podría tener poder judicial a la hora de efectuar allanamientos o detenciones. Unos dicen que sería arbitrario y otros, que haría las cosas más fácil. Gina Parody, Representante a la Cámara, habla sobre sus virtudes y sobre las razones por las que los demás representantes rechazan o debaten su aprobación.

Semana
12 de mayo de 2003

En 1997 conocí el Aro, un típico pueblo de Antioquia. Queda en la cima de una montañita. El amanecer, en el Aro, es uno de los más hermosos que he visto en mi vida. Parecía como si el cielo estuviera solo a unos pocos metros nuestros. Una heladería pequeña, un bar al frente, una escuela bien acondicionada y una iglesia, eran sus cuatro puntos cardinales. Los arianos, ni uno.... todos habían sido desplazados por el terror. Así que el Aro estaba habitado por una tropa del ejército esperanzada en que con la seguridad que ellos brindaban los habitantes regresaran. Esta es solo una de las tragedias que presenciamos a diario los colombianos.

El terrorismo es un fenómeno permanente, pero se ha tratado en Colombia con legislación transitoria y medidas coyunturales. Se establecen unas restricciones porque mataron al Ministro Rodrigo Lara. Otras, porque "de repente" se nos creció el narcotráfico y Pablo Escobar nos cogió a bombazos; otras porque estallaron el Club el Nogal y entonces ahora si nos dimos cuenta que las FARC están en el negocio del terrorismo y así sucesivamente. En las sociedades democráticas, donde se entiende que el principal cometido del Estado es proteger a sus ciudadanos, el terrorismo no se trata con aguas tibias ni medidas transitorias, sino con un cuerpo legal permanente y fuerte.

En Inglaterra se invierte la carga de la prueba si hay sospecha de que alguien pertenece a un grupo terrorista. En España, la Constitución autoriza al legislador para suspender derechos y libertades con el propósito de adelantar investigaciones por delitos ocasionados por terroristas. En Alemania, la autoridad administrativa puede prohibir la comunicación del detenido presunto miembro de un grupo terrorista con el mundo exterior. En Francia existe la detención preventiva policial hasta por cuatro días para casos de terrorismo. Eso mismo, pero por razones mucho más apremiantes e indispensables, es lo que Colombia debe hacer: adoptar todas las medidas necesarias para proteger a sus ciudadanos.

El gobierno del Presidente Uribe en un acto de enorme voluntad política, presentó un acto legislativo a consideración del Congreso de la República y ha anunciado normas adicionales para dotar al Estado con más herramientas para combatir el terrorismo.

Esta semana fue aprobado en primer debate (faltan siete más) una reforma constitucional. Con esta queremos dar a las autoridades administrativas la posibilidad de interceptar comunicaciones, detener con fines de identificación y registrar domicilios. Todo esto con aviso inmediato a la Procuraduría y a la autoridad judicial en un término no superior a 36 horas. También se permite la creación por el Fiscal General de la Nación, bajo su control y dirección, de unidades especiales de policía judicial conformadas por miembros de la Policía, el DAS y las Fuerzas Militares.

Veamos ejemplos que nos ilustren la necesidad de estas medidas. Un reinsertado contó como se paseó con papeles falsos por todo el país, en dos ocasiones lo pararon en retenes militares y no lo pudieron detener porque no había orden del juez. Otro ejemplo: "M" es un guerrillero sobre el cual hay una orden de autoridad judicial para interceptar sus llamadas, en una de ellas le da una instrucción a "J" para que realice unos secuestros. Como para "J" no existe orden judicial no podemos seguir el inmediato rastreo de la llamada sino que toca esperar a que un juez aparezca, perdiendo la posibilidad de evitar la serie de delitos. Un último, una unidad de policía judicial tiene orden para allanar una oficina, en ella encuentran dos mapas que indican tres casas donde aparentemente tienen explosivos, la policía judicial no puede salir inmediatamente a verificar esta información, hay que esperar la de orden de la autoridad judicial, y mientras tanto los terroristas hacen de las suyas.

Las facultades de policía judicial para miembros de las Fuerzas Militares que hagan parte de estas unidades especiales también son urgentes por dos razones elementales: primero, porque en buena parte de Colombia no hay autoridad judicial que pueda cumplir esas funciones, y segundo, porque en caso de que haya, no tiene el suficiente "blindaje" para enfrentar a un terrorista. Algunos equivocadamente señalan que las Fuerza Militares serán juez y parte. Nada más lejano de la realidad. El juzgamiento de civiles por parte de militares se acabó hace rato en el país y no es revivido por estas normas. No serán jueces, serán auxiliares judiciales bajo la supervisión del Fiscal, de tal manera que las pruebas que obtengan sean consideradas como tal en el proceso.

No esperemos otro ataque terrorista para comenzar a pensar en qué medidas será que tomamos. Si el tiempo del terrorismo es veloz, el reloj de la justicia debe correr más rápido.

*Representante a la Cámara.
ginaparody@vision-joven.com