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¿En qué se parecen Donald Trump y Séptimo Día?

La comparación es exagerada, pero la sentencia que ordenó a Séptimo Día adoptar un manual de ética y rectificar una información sobre los pueblos indígenas, entre errores y aciertos, recuerda algunas de las frases más polémicas del presidente electo de los Estados Unidos.

Semana.Com
28 de noviembre de 2016

"Cuando México envía su gente, no envían a los mejores. Envían gente que tiene muchos problemas (…) (los inmigrantes mexicanos) traen drogas, crimen, son violadores y, supongo que algunos, son buenas personas", es una declaración de Trump (Ver declaración) que se ha repetido infinidad de veces. 

El 2 de agosto de 2015, Manuel Teodoro dijo en Séptimo Día que “así como en el resto del país una cosa es ser indígena y otra es ser guerrillero, en algunas zonas del Cauca, esa distinción no es tan clara”. Por otra parte, según muestra la Corte Constitucional en su sentencia, el programa toma unas declaraciones muy puntuales de un ex comandante del bloque Alfonso Cano de las FARC y de un Indígena ex guerrillero para concluir que un alto porcentaje de los indígenas del Cauca tienen vínculos con esa guerrilla.

Estas y otras partes de los capítulos del 26 de julio y 2 y 9 de agosto de 2015 de ese programa motivaron a que la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), presentara una solicitud de rectificación y, posteriormente, una acción de tutela. La tutela pasó por diferentes trámites hasta que la Corte Constitucional, el pasado 2 de noviembre, ordenara las rectificaciones y la adopción del manual de ética (Ver sentencia).

El principal parecido entre las palabras de Trump y lo dicho por Manuel Teodoro es algo que se resalta en varias partes de la sentencia de la Corte Constitucional: Generalizan a todo un grupo por hechos cometidos por una o pocas personas. En el caso de Trump, los mexicanos; en el caso de Séptimo Día, los indígenas, especialmente los del Cauca.

La Corte considera que, si bien es posible que un medio de comunicación haga generalizaciones sobre algunos temas, estas no pueden estigmatizar a grupos vulnerables, como las comunidades indígenas. Entre otras cosas, la Corte dice que “una inferencia que estigmatiza a un grupo social con fundamento en que comparte el mismo origen étnico o nacional con un delincuente resulta contraria al principio de dignidad humana establecido en nuestra Constitución”.

En el Reino Unido, un señor llamado Mark Anthony Norwood fue condenado a pagar una multa por poner un afiche en su casa con la imagen de las Torres Gemelas en llamas y las palabras “Islam fuera de Gran Bretaña – Protege al pueblo Británico”. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Ver multa)  consideró que la condena estuvo bien, pues vinculaba a todo un grupo religioso con un acto terrorista, algo contrario a la tolerancia, la paz social y la no discriminación.

La principal diferencia entre lo que ocurrió en el caso de Séptimo Día y las palabras de Trump o lo hecho por Norwood, es que estos últimos fueron motivados por el odio, mientras que lo hecho por el programa que Teodoro dirige, no lo fue. La Corte dice en su sentencia que, ni la crítica a una serie de prácticas culturales, ni la realización de ofensas, insinuaciones o reafirmaciones de prejuicios pueden considerarse como una incitación al odio.

Creo que Séptimo Día no actuó de mala fe. Cubrir temas relacionados con poblaciones que han sufrido discriminación a lo largo de la historia no es fácil. Existen muchas barreras culturales y prejuicios sociales que dificultan la tarea. Sin embargo, esto no es excusa para hacer generalizaciones que pueden perjudicar a todo un grupo.

La Corte puede hablar sobre hasta qué punto está bien o no hacer este tipo de generalizaciones.  Por otro lado, un juez no puede decidir qué es buen o mal periodismo.  La mejor solución para la mayoría de estas tensiones suele ser la autorregulación, pues la propia Corte reconoce que no es su función determinar “los estándares de calidad o los deberes propiamente profesionales o éticos que deben cumplir las distintas ramas del periodismo para ejercer mejor su profesión”.

Así lo ha dicho en varios momentos, por ejemplo, en el 2007 (Ver proceso), la Corte le ordenó a RCN que hiciera un proceso de autorregulación con respecto a los menores de edad que escucharan el programa “El Mañanero de la Mega”.

El problema con la decisión de la Corte en el caso de Séptimo Día es que entra a decir cómo se debe hacer la autorregulación. Poco a poco, se empieza a abrir una puerta para que el Estado se meta a definir cómo se debe hacer el periodismo.

Los medios son quienes mejor pueden definir cómo autorregularse. El asunto es que, aunque las sentencias de la Corte han hablado de esto desde hace mucho tiempo, y de que existen unas obligaciones puntuales en normas como el Acuerdo 02 de 2011 de la CNTV y la Resolución 415 de 2010 del Mintic, no es muy claro qué han hecho los medios de comunicación al respecto. Mientras tanto, las críticas, con o sin razón, siguen aumentando. Junto a esto, cada vez se suman más personas interesadas en intervenir en la forma en que se hace periodismo.

En otros países, como Uruguay, Brasil e Inglaterra, se han hecho procesos más amplios de autorregulación. En algunos casos, esto ha sido respuesta a los intereses del Estado en regular a los medios. Tal vez es hora de que los medios colombianos hagan algo similar.

La distancia entre Donald Trump y Séptimo Día, o cualquier otro espacio periodístico, sigue siendo grande. Pero es importante que los medios actúen de forma autónoma para que los parecidos no crezcan. Si no, está el peligro que los burócratas y los jueces terminen sentados en las salas de redacción.

*Asesor de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) @EmmanuelVP