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Los desafíos de César Gaviria

El ex presidente está enfrentado al juego de intereses que hay en la Corte Constitucional, el Senado y la Presidencia de la República, ajenos a los mandatos de la Carta del 91.

Semana.Com
19 de julio de 2016

Declarado exequible el plebiscito por la paz sobrevienen los desafíos que deberá enfrentar el ex Presidente César Gaviria Trujillo, los que por casualidad podrían concebirse como su contrarreforma, por no decir, la oportunidad que le da la vida para que sobre la base de una experiencia constitucional de 25 años sea el hombre que le devuelva la majestuosidad del legislativo y de la justicia al país.
 
El primer reparo lo dirijo hacia el legislativo del 91, sustentado en la falta de requisitos serios que certifiquen una verdadera idoneidad de sus miembros. Para ser elegido Senador sólo se exige ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio, con una edad superior a treinta años, y para ser Representante a la Cámara se requiere ser ciudadano en ejercicio y mayor a 25 años de edad. Parodiando al humorista Jaime Garzón, (Q.E.P.D.), se podría decir “ ¡¡¡Amigo congresista, hágase bachiller!!!”
 
Esta situación admite que quienes hacen las leyes en nuestro país no sean personas que cumplan un mínimo de conocimientos en las diferentes áreas sobre las cuales versan los debates que dan lugar a su nacimiento.
 
Las funciones electorales del Senado para elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y al Procurador General de la Nación le restan independencia y autonomía porque la primera es la Corporación que ejercerá el control de constitucionalidad de sus leyes y actos legislativos, y el Procurador es quien los vigila y sanciona desde la óptica disciplinaria.
 
Como si fuera poco, al Senado le corresponde conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra los aforados.
 
Los Representantes a la Cámara eligen al Defensor del Pueblo, convirtiendo a esa institución como el fortín burocrático de los honorables, a más de acusar ante el Senado a los aforados, cuando de la investigación que realiza la Comisión destinada para ese menester se desprenda mérito para ello. Por lo visto, hasta ahora, ni la Comisión ha tenido el mérito, ni sus investigados.
 
En este preciso momento histórico la Comisión de Aforados creada para reemplazar la alcahuetería andante, fue derruida de tajo por la Corte Constitucional, como quien dice, “ni tú ni nadie.”
 
Por mandato constitucional, los congresistas no podrán gestionar en nombre propio o ajeno asuntos ante las entidades públicas o celebrar contratos por sí o por interpuesta persona. Sin embargo, cada entidad tiene alfombra roja para los padres de la patria, porque de lo contrario los proyectos no caminan.
 
El segundo reparo lo elevo a la administración de justicia que la Carta del 91 nos dejó, teóricamente como función pública con decisiones independientes y autónomas, y con prevalencia del derecho sustancial.
 
La realidad de ese mandato superior no aparecerá mientras los magistrados y jueces de la República continúen dependiendo de sus deseos de permanecer en el poder hasta que la “muerte los separe”; ¿de qué?: de sus frenesís por aparentar saberlo todo, de las abrigadas de unos con otros, de no querer contar con un juez que los investigue y sancione.
 
Error craso del constituyente cuando estableció que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado debían ser elegidos de lista enviada por el Consejo Superior de la Judicatura hoy Consejo de Gobierno Judicial también mutilado por orden judicial.
 
Las copas estaban llenas, pero faltaba una. Que a los magistrados de la Corte Constitucional los eligiera el Senado de la República de sendas ternas del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. ¿Acaso la administración de justicia no es independiente y autónoma?
 
La Fiscalía no es ajena a este entramado constitucional. Su máximo jefe es elegido por la Corte Suprema de Justicia de terna enviada por el Presidente de la República. Se mueven muchos intereses en torno a esa elección cuando la Fiscalía debería ser un órgano de absoluta independencia. Mientras tanto, la dinámica del sistema penal acusatorio entró en crisis desde que nació.
 
Las Salas Administrativa y Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, incólumes por cuenta de la Corte Constitucional, ostentan el gobierno y la administración de la rama judicial. Esta Corporación ha sido regentada por magistrados que jamás habían sido jueces, ¡¡¡ahhh!!! pero sí políticos. A los segundos, los elige el Congreso Nacional de ternas enviadas por el Gobierno. Y a los primeros, las altas Cortes.
 
Aún falta. A los miembros del Consejo Nacional Electoral y al Contralor General de la República los elige el Congreso de la República en pleno, es decir, sus sujetos de control. Al Registrador Nacional del Estado Civil lo escogen los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Al Procurador General de la Nación lo elige el Senado de terna del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.
 
¡¡¡Qué viva la independencia constitucional de los poderes en Colombia!!!
 
Este y otros grandes retos están en las manos del reformador de nuestra nación, quien con seguridad sacará adelante esta gran empresa de la paz pasando a la historia como el ex Presidente que emancipó las ramas del poder público de medio siglo de lobreguez.
 
(*) Abogado Constitucionalista.

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