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JEP genera preocupación e incertidumbre

El artículo 241 de la Constitución Política da plenas facultades a la Corte Constitucional para salvaguardar la supremacía e integridad de la Constitución Política de Colombia. Nunca para violarla.

Uriel Ortiz Soto, Uriel Ortiz Soto
17 de noviembre de 2017

Nadie entiende por qué los tres poderes públicos: ejecutivo, legislativo y judicial, se han trenzado en un debate de nunca acabar, simple y llanamente para favorecer a los señores del nuevo partido político de las Farc, que arrastran cúmulo de delitos atroces, cometidos durante más de 50 años, en que tuvieron encañonado al pueblo Colombiano.

Con el debido respeto por los magistrados de la Corte Constitucional, pero el fallo reciente que emitieron sobre la JEP, viola flagrantemente varias normas constitucionales y mina su autoridad como órgano jurisdiccional, para continuar salvaguardando la integridad de nuestra Carta Magna.

Es claro que todos los colombianos queremos la paz, perdurable y duradera, pero, de allí a que se violen normas constitucionales para implementarla, es una clara demostración de entreguismo, menguando el principio de autoridad de nuestro Estado de Derecho.

Lo lógico es que los señores del nuevo partido de las Farc, que aspiran a hacer política y ser elegidos en el Congreso y Presidencia de la República, lo hagan en igualdad de condiciones como cualquier ciudadano del común, pero, con la observancia de no tener cuentas pendientes con la justicia al momento de su inscripción, posterior elección y ejercicio del cargo.

Considero que la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, aprobada mediante Acto Legislativo No. 01 del 2017, es bastante bondadosa para con los señores de las Farc, pero, pretender traspasar las fronteras de la legalidad, es todo un absurdo, de darse esta figura tal cual está planteada, muy seguramente, que después de las elecciones se van a presentar demandas a granel.

Sería una vergüenza para el País y ante el mundo, que varios de los elegidos en los comicios del 2018, -pertenecientes al nuevo partido de las Farc-, al momento de someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, resulten condenados y tengan que desempeñar sus funciones legislativas o administrativas, alternativamente con el pago de sus condenas.

Aunque se diga que dicha figura forma parte del acuerdo pactado en la mesa de negociación en La Habana con el Gobierno, no deja de ser un despropósito, lo ideal sería que primero se sometieran a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, con eso nos evitaríamos hechos vergonzosos en el futuro.

urielos@telmex.net.co