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Blindaje para unos; inseguridad para el resto

Los pactos recientes en Cuba causan alarma sobre la suerte de las instituciones.

Jorge Humberto Botero, Jorge Humberto Botero
19 de mayo de 2016

Anotaba el Presidente Santos en su alocución del pasado lunes que por primera vez en su larga historia las FARC han reconocido las instituciones del Estado Colombiano. Su expresión de alegría es comprensible: mucho ha luchado por lograr un acuerdo con esa guerrilla y pagado un costo elevado en pos de un noble proyecto de paz. Sin embargo, es difícil compartir ese sentimiento.

La admisión de que el objetivo de los diálogos consiste en el ingreso, bajo condiciones generosas, de los alzados en armas a la legalidad tendría que haber sido el requisito necesario para la apertura del proceso.  Efectuado ahora, tiene un enorme costo institucional en tanto se pretende, a cambio del mismo, y por medio de mecanismos nunca utilizados, convertir los acuerdos de La Habana en parte de la Constitución Nacional.

Ello sucedería, según el comunicado conjunto, mediante la incorporación del acuerdo que se logre con las FARC al denominado “bloque de constitucionalidad” o, para prescindir de tecnicismos que oscurecen la comprensión, de la Constitución misma. Esta fórmula en realidad implica que la actual Carta Política pasaría a ser el primer tomo de un nuevo pacto fundacional de la República; el segundo estaría constituido por los pactos de La Habana.

La asimilación del eventual acuerdo con la guerrilla a un convenio especial bajo el derecho internacional humanitario, es el argumento que soporta tal incorporación. Al respecto debe decirse que este ha sido diseñado para mitigar el sufrimiento inherente a los conflictos armados a través de reglas tales como la proscripción de la toma de rehenes y reclutamiento de menores, el tratamiento digno a los prisioneros, la protección de las fuentes de agua o la provisión de alimentos a la población civil. Dichas normas, cuyo núcleo es imperativo para las fuerzas en contienda, pueden ser ampliadas por estas mediante acuerdos que procuren ese mismo objetivo.

Para dar el salto conceptual que ahora se ha pactado se ha dicho que nada puede ser más humanitario que, en vez de mitigar los horrores de la guerra, se le ponga fin. Sin duda, así es. Pero en tal caso, el derecho aplicable es otro como claramente lo demuestra la lectura del Acuerdo Marco. La erradicación de cultivos ilícitos o la adopción de compromisos sobre el desarrollo rural, por ejemplo, son derecho convencional de la paz pero no derecho humanitario.

Ahora bien: el Congreso, en ejercicio de funciones constituyentes, está habilitado para incorporar el eventual pacto habanero a la Carta, sin calificarlo, forzando su naturaleza, como derecho internacional humanitario. Que la guerrilla insista en su propuesta obedece a su propósito de disminuir, hasta el máximo posible, las potestades de los colombianos para gobernar sus asuntos bajo las normas del derecho nacional. Esto se aprecia con meridiana claridad en el documento creador de la Jurisdicción Especial de Paz, el cual asigna a las instituciones propias un triste papel subalterno.  

Toda la confusa arquitectura contenida en el reciente comunicado conjunto de las partes proviene del empeño de garantizar a las FARC unos grados de seguridad jurídica sobre la estabilidad futura de los acuerdos que, en rigor, es imposible. Toda constitución puede ser sustituida; cualquier regla jurídica puede ser modificada por otra de igual o superior categoría. Por lo tanto, estamos en una compleja encrucijada en pos de un anhelo, por supuesto comprensible, pero, en estricto sentido, de imposible realización.

De la Calle, quien con tanta generosidad y talante liberal ha abierto el espacio para que los pactos recientes sean debatidos, decía que conceder a las FARC la seguridad jurídica que demanda no tiene para el resto de la sociedad costo alguno. Creo que se equivoca.

El documento que plasmaría las reglas para el fin del conflicto en buena parte no contiene normas (o sea, enunciados que contengan derechos y obligaciones), sino compromisos políticos que se pueden materializar de muy diferentes maneras. Cuando existen normas, salvo en un par de temas, ellas no deberían tener rango constitucional; bastaría, para dar un ejemplo, una mera resolución del organismo que adjudica tierras.

Por último, existen, y esto no puede sorprender, diferencias profundas entre los eventuales acuerdos y normas vigentes, las cuales deberían resolverse, caso por caso, mediante las reglas de implementación que se expidan en el futuro, pero no mediante la adopción “en bloque” de lo que se negocie en la isla.

Lo que está en juego es nada menos que la claridad y estabilidad del sistema jurídico, que es no sólo un valor democrático fundamental, sino, además, la clave del clima de inversión y, por lo tanto, del empleo futuro.

Aún si fuere cierto que los eventuales acuerdos entran a la Constitución para luego de transcurrido un plazo salir de ella –una figura sumamente extraña- durante ese periodo podrían efectuarse ajustes sustanciales a la Constitución, que, como lo señala el acto legislativo en curso, la Corte solo podría revisar por razones de forma. Por esa tronera cabe cualquier cosa, incluso contraría nuestro modelo económico y social, lo cual es especialmente preocupante en un país donde el activismo judicial es elevado.

El camino en curso tiene que ser rectificado en algunos aspectos esenciales. Antes que nada se requiere cerrar la negociación, lo cual, al parecer, pronto sucedería. Luego los colombianos tendríamos que ir a las urnas para decidir si acogemos o no integralmente el acuerdo, compromiso que, sin duda, el Gobierno está dispuesto a honrar.

En la hipótesis de que el veredicto popular fuere favorable, surgiría un mandato político vinculante para el Congreso y el Gobierno a fin de que dicten las medidas que se requieran, incluidas las de tipo constitucional. Estas últimas irían a control constitucional pleno; por consiguiente, la Corte, sin las restricciones que se le quieren imponer, podría examinar su coherencia con los valores fundamentales que la Carta contiene.

En este esquema sobrarían las riesgosas innovaciones que ahora se nos proponen desde Cuba.

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