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Democracia y Plebiscito

Se requieren reglas del juego mejores para que, al margen del resultado, el proceso plebiscitario fortalezca la democracia.

Jorge Humberto Botero, Jorge Humberto Botero
11 de agosto de 2016

Todos los sistemas de gobierno pregonan que su objetivo consiste en lograr el bienestar del pueblo, razón por la cual se proclaman democráticos.  La Constitución de Cuba, por ejemplo, así lo hace aunque asigna la responsabilidad de gobernar al partido comunista que “es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado”. Este enunciado aporta la base ideológica para que los hermanos Castro gobiernen este país desde 1959.  Con este mismo fundamento, los estados satélites de la Unión Soviética se presentaban como “democracias populares”. 

La democracia liberal es otra cosa. Consiste en un sistema de reglas procesales ciertas y resultados inciertos. Lo que primordialmente importa es la manera en que se decide, no el contenido de las decisiones, por supuesto, siempre que se respeten los derechos humanos que son parte del acervo común de la humanidad. Por estas razones, tienen especial interés las reglas electorales.

En el punto de partida de la contienda plebiscitaria cabe registrar una falla que es ya irremediable. El proceso electoral estará gobernado no por las reglas generales definidas por el Congreso en 1994 y actualizadas el año pasado, sino, en lo esencial, por normas ad hoc, las que para colmo no fueron concertadas sino decididas unilateralmente por las mayorías que respaldan al Gobierno. Esto equivale a que la FIFA defina que, para un torneo singular, la mitad de los jugadores podrá asir la pelota con las manos, cambio trascendental impuesto a todas las federaciones nacionales por una alianza transitoria entre algunas de ellas...

Como carece de sentido “llorar sobre la leche derramada”, ahora se trata de mejorar las reglas para que las elecciones conduzcan a la expresión genuina de la voluntad popular. Esa responsabilidad, para mal y para bien, corresponde, en alto grado, al Consejo Nacional Electoral. Para mal en la medida en que los magistrados que lo integran, como consecuencia de un defectuoso diseño institucional, derivan su investidura de los partidos políticos mayoritarios. Y para bien, en tanto este factor objetivo, que les hace sospechosos de parcialidad, puede funcionar como un poderoso incentivo para que hagan una tarea eficiente y neutral. Así ha sucedido en otras ocasiones.

Varias definiciones importantes debería adoptar la organización electoral tan pronto se produzca la convocatoria del Plebiscito. Menciono cuatro:

La primera consiste en trazar una línea divisoria nítida entre la explicación del alcance de los acuerdos, que es una tarea estrictamente interpretativa, de su promoción e impugnación.  En rigor aquella no puede ser realizada por los altos funcionarios del Gobierno y los voceros de la oposición, respecto de los cuales no cabe esperar imparcialidad. Lo que ellos nos presenten como “pedagogía” será su visión sobre las ventajas o falencias del producto que nos ofrezcan las partes que negocian en La Habana. Toca, pues, definir quiénes serán los “pedagogos” y cómo ejercerán su cometido.

La segunda, versa sobre la distribución equitativa de los espacios en los medios de comunicación a partidarios y antagonistas. Ambos bandos jugarán a mejorar los tiempos de que dispondrán fraccionando sus demandas. El Consejo no puede validar esas conductas. Es claro que la contienda tiene dos bandos, los partidos integrantes de la Unidad Nacional, de un lado; y el Centro Democrático, de otro. Esta realidad política indisputable debe reflejarse, con exactitud, en las asignaciones de tiempos y franjas horarias.

En tercer lugar, con buen juicio la ley que regula el Plebiscito de Paz otorga especial importancia, para la difusión de los acuerdos, a los portales y redes sociales de las entidades públicas. Es evidente que se requiere una supervisión amplia de los contenidos que por estas vías se suministren para garantizar que no contienen elementos propagandísticos.

Por último, esa misma ley establece que habrá una “urna de cristal como principal plataforma del gobierno para la participación ciudadana y la transparencia gubernamental”. Este importante enunciado requiere desarrollos normativos para que no sea una mera salutación al pabellón patrio. Cabe imaginar un portal interactivo en el que los ciudadanos presenten inquietudes, las cuales deberían ser atendidas por personas elegidas con fundamento en sus conocimientos e imparcialidad. De otra manera, la “urna” podría convertirse en un instrumento más de publicidad. 

Fue un grave error que el Congreso haya eliminado la financiación estatal de las campañas por el ‘Sí’ y por el ‘No’. En la teoría constitucional contemporánea la tendencia dominante es justamente la contraria: financiar, deseablemente en su totalidad, las campañas electorales, medida que debe estar acompañada de otras para acotar su costo, por ejemplo, reduciendo su duración y volcando el grueso de los recursos a los medios de comunicación electrónica. Ellos permiten llegar a audiencias masivas con un gasto muy inferior al que ha sido usual.

Cabe recordar, además, que, por la vía de reposición de fondos, desde hace muchos años en Colombia se financian en parte los procesos electorales. Una ley, tramitada con urgencia, podría corregir este factor de grave desequilibrio; el Gobierno no requiere asignaciones específicas de fondos para promover las políticas que adelanta, entre ellas el acuerdo con las FARC. No resolver este factor de inequidad puede erosionar la legitimidad del resultado en caso que la propuesta gubernamental triunfe en las urnas.

Diré para finalizar que no volveremos a tener en muchos años una batalla electoral tan importante como la que se avecina. Por ello resulta crucial que las organizaciones de la sociedad civil desplieguen esfuerzos sustantivos en los campos de suministro de información a los ciudadanos, auspicio de debates relevantes y el ejercicio de una presión moral para evitar que en el fragor de la campaña se agravie a los contendores y se hagan aseveraciones contrarias a la verdad. El tribunal de honor al que me he referido en otras ocasiones mucho ayudaría.