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La justicia verdugo

Sin haber podido defenderse, Cárdenas fue condenado a pagar los 15.000 millones y se reputaba que había actuado con dolo o culpa grave

Semana
11 de diciembre de 1980

Para ningún colombiano es indiferente el caso Dragacol. Todo el mundo sabe que allí el Estado perdió una plata, y que alguien tendrá que responder por eso. Y que esa plata se perdió porque unas personas subalternas en el Ministerio de Transporte fueron engañadas por medio de información falsa, que sirvió de base para una conciliación millones de pesos superior a la

que se habría podido lograr si la información con la que se contaba hubiera sido real.

Estamos a pocos días de que se defina qué responsabilidad tuvo en ello el ministro de la época, Mauricio Cárdenas Santamaría. Está demostrado que él no participó en la carpintería de la conciliación, pero sí en la decisión política de adelantarla, basado en la presunción de que el arreglo se había pactado sobre cifras reales.

A Cárdenas han llegado algunos a acusarlo de deslealtad con sus subalternos. Hasta de negligencia, porque el ministro no utilizó su propia calculadora ni auditó cada uno de los recibos que sirvieron de base para la conciliación. Pero de lo único que no deberían haberlo acusado es de dolo, y además por un conducto jurídico irregular que ha cercenado su capacidad de defensa y que lo tiene ad portas de tener que pagar 15.000 millones de pesos para resarcir las pérdidas del Estado.

La suerte de Mauricio Cárdenas pende en estos instantes de una tutela que debe resolver la Corte Constitucional, y que es el único recurso de defensa que le queda contra una arbitrariedad jurídica que se le hizo.

Para ponerlo en los términos más sencillos que pueda, la Corte ha dicho que las acciones populares no caben en temas contractuales, como el de Dragacol. Esta prohibición, sin embargo, se ha vuelto letra muerta, por lo menos para el Consejo de Estado, que aceptó en este caso una acción popular, aplicada además retroactivamente, porque en el momento de la firma de la conciliación la ley de las acciones populares no estaba vigente.

Sin haber podido defenderse, Cárdenas fue notificado por una sentencia de que estaba condenado a pagar los 15.000 millones y que se reputaba que había actuado con dolo o culpa grave. Esto, a pesar de que tanto la Contraloría como la Fiscalía habían exonerado a Cárdenas de cualquier responsabilidad, y aunque la Procuraduría lo había sancionado con una multa, si dos de tres organismos de control dicen que una persona es inocente por lo menos hay que pensar en que dilucidar si actuó con dolo o culpa grave es un asunto mucho más complejo de lo que pareció entender el Consejo de Estado en su sala cuarta.

El primer derecho que tenía Cárdenas era el de defenderse. Esta oportunidad la habría tenido si en lugar de aceptar la acción popular, que no cabía en este caso según la Corte Constitucional, se hubiera acudido a una acción de repetición, que era el mecanismo adecuado para dirimir este caso, y en el que Mauricio Cárdenas habría tenido su momento para rebatir que actuó con dolo o con culpa grave.

En conclusión, son cinco los atropellos contra Mauricio Cárdenas:

1- Haberle aplicado un camino jurídico equivocado, convirtiendo así la jurisprudencia de la Corte en letra muerta.

2- Haber sustituido el camino jurídico adecuado, que era el conducto específico de la acción de repetición, que por cierto es una ley durísima, pero que garantiza el derecho de defensa.

3- No haber el Consejo de Estado tomado en cuenta la complejidad que implicaba adjudicarle al comportamiento de Cárdenas dolo o culpa grave, cuando dos organismos de control lo habían absuelto previamente.

4- No contar para su defensa sino con una frágil tutela.

5- Haber sido condenado por una sentencia sin que previamente hubiera sabido que lo estaban acusando.

Cárdenas ha sido muy claro en que en ningún momento está eludiendo su responsabilidad. En el caso de Dragacol, el Estado perdió un dinero por cuenta de una equivocación de buena fe, y él, que era el titular de la cartera de Transporte, tendrá que asumir esa responsabilidad. ¡Pero por lo menos sin que se le anule su capacidad de defenderse!

ENTRETANTO. ¿Se bañarán con tanta frecuencia los soldados de la patria como para necesitar tanta toalla?

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