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La muerte de Dilan Cruz

El policía que cometió el crimen debe recibir todo el peso de la ley. Dilan ejercía su derecho constitucional a protestar y a pedir un mejor país, pero ¿que le devolvió el Estado? Un disparo que cegó su vida.

Diego Aretz, Diego Aretz
26 de noviembre de 2019

El país entero se sacudió con uno de los hechos más cruentos de abuso policial en los últimos años. Dilan Cruz, un joven de 18 años que protestaba pacíficamente en una de las marchas del 23 de noviembre en Bogotá, recibió un impacto en la cabeza de un artefacto disparado por un miembro del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía Nacional. 

Esto tiene consecuencias políticas de gran escala y plantea una situación en la que el mismo presidente Iván Duque tuvo que pronunciarse. El caso de Dilan nos duele a todos, pero debe tener resultados concretos en el avance por la lucha de los derechos humanos y el progreso como nación. 

El Esmad es una invención, una fuerza no letal de la Policía diseñada para contener y proteger la vida de los ciudadanos, así como la propiedad privada y pública. Sin embargo, con las demostraciones de violencia y abuso que se han hecho evidentes a lo largo de su historia, entre ellas el caso de Nicolás Neira, niño de 15 años que murió tras recibir el impacto de una bala de gas lacrimógeno en la cabeza lanzada por un agente de esta unidad especial durante la conmemoración del 1 de mayo en 2005, la situación se hace extremadamente compleja para la ciudadanía y para las garantías de protesta pacífica. 

Lo que pasó con Dilan es muy grave y compete a las autoridades establecer claramente dos hechos que nos deben preocupar y que como ciudadanos tenemos derecho a saber: que se identifique plenamente al policía que disparó el arma en contra del muchacho y que se conozca todo su pasado disciplinario y penal. Además, es un deber del Estado reparar a la familia y a la juventud colombiana por este acto. 

Las imágenes en las que se constata que Dilan caminaba solo, sin capucha y sin objetos amenazantes en sus manos, lo que significa que no constituía un riesgo, demuestran que jurídicamente existe una desproporcionalidad en el ataque policial. Lo que lo agrava es el dolo, o lo que es lo mismo: la voluntad del efectivo del Esmad en causarle daño al joven. Esa conducta se acerca penalmente a un homicidio agravado y compromete la responsabilidad del Estado. 

Disciplinariamente el agente debe ser destituido por la Procuraduría y la Fiscalía tiene que entrar a investigarlo por este delito. Administrativamente el Estado está obligado a responder por todos los daños ocasionados a la familia; Internacionalmente el Estado también podría ser condenado.

El policía que cometió el crimen debe recibir todo el peso de la ley. Dilan ejercía su derecho constitucional a protestar y a pedir un mejor país, pero ¿que le devolvió el Estado? Un disparo que cegó su vida. 

Hay que hacer un profundo trabajo pedagógico en la Policía y en la ciudadanía. La institución deber ser la primera en la defensa de los derechos humanos; es necesario revisar la formación de nuestros agentes y militares en este tema y en el respeto a las convenciones internacionales. 

Esta columna no es un ataque a este cuerpo armado ni una diatriba a la legítima defensa del estado de derecho y la propiedad; es un llamado a la reflexión y al diálogo honesto sobre la sociedad en que vivimos.

Dilan es símbolo de una generación que hoy se toma las calles y exige un cambio drástico en la manera en que se lleva el país, que busca un acuerdo sobre lo fundamental, un pacto social serio y un compromiso con el futuro que todas y todos merecemos.

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