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La última mujer

Rafael Rincón critica la campaña de expectativas de la Secretaría de Gobierno de Medellín que estigmatiza a la última mujer (la del “pillo”).

Semana
22 de julio de 2006

La Secretaría de Gobierno de Medellín ha pegado inescrupulosamente (en postes, cajas de teléfonos, paredes, puentes) carteles con los siguientes contenidos: “¿Quién dijo que un pillo merece respeto?” y “¿quién dijo que la novia de un pillo es la mujer más tesa?”. Los carteles hacen parte de una campaña para presentar el Manual de Convivencia que es el nombre que se le da al nuevo Código de Policía para Medellín.

¿Puede un servidor público abstenerse de cumplir la ley? Excepcionalmente sí, cuando la aplicación de la ley contraría la Constitución Política y los derechos de las personas, pero debe elaborar una motivación que fundamente su excepción para no incurrir en un prevaricato por omisión o en otra falta disciplinaria o penal.

¿Puede la Secretaría de Gobierno del municipio de Medellín fijar carteles en los postes de energía o en las cajas de teléfonos o en las paredes en donde la ley prohíbe poner avisos? ¿Puede la administración municipal colgar pasacalles sin llenar los requisitos, no cumplir con los retiros y las distancias, no cumplir con las dimensiones? No. Es una infracción a las normas de publicidad visual exterior, al Manual de Convivencia, un mal ejemplo para los ciudadanos y una patente de corso a la industria de vallas.
 
Pero, la infracción al espacio público se torna oscura cuando los contenidos de los carteles convocan a dudar del respeto a los derechos de un grupo de personas tildadas como “pillos” o cuando estigmatiza a un grupo de mujeres por ser las novias de esos “pillos”. Al contrario de estos carteles un viejo afiche de la Defensoría del Pueblo mostraba unas “esposas” y decía: “Aunque te las pongan, tienes derechos” para destacar el principio de universalidad de los derechos humanos.

Pregunta la Secretaría de Gobierno del municipio en el cartel si el “pillo” y la novia del “pillo” merecen respeto. Primero, el municipio, que es el Estado, tiene la obligación de respetar y hacer respetar los derechos de todas las personas residentes en Colombia; no le cabe al Estado preguntarse si un grupo de personas (“pillos” o novias de “pillos”) tienen derechos.

Segundo, todas las mujeres merecen respeto: la primera mujer y la última, la mujer del pillo y la mujer del alcalde merecen respeto. ¿Por qué ponerle un estigma a la novia del “pillo”?

De otro lado en un Estado de derecho no debe existir ni primera ni última mujer, y mucho menos debería existir el cargo o la denominación de Primera Mujer del municipio.
 
En Medellín se ha creado la figura de la Primera Mujer para remplazar la figura gregaria de la Primera Dama y generar una perspectiva de género en la actuación municipal; ahora la Secretaría de Gobierno, en contravía a esta política de equidad, está anunciando la última mujer (la del “pillo”).

¿Quién dijo que la mujer del alcalde es la primera mujer y la del pillo es la última?

La Secretaría de Gobierno debe revisar la llamada “campaña de expectativa del Manual de Convivencia” o Código de Policía para Medellín, que entre otras es un código para generar garantías y condiciones de respeto a los derechos de todas las personas.

Los órganos de control deben estar atentos a las infracciones de la administración municipal y generar alertas para prevenir la generación de conductas adversas a grupos sociales. Y el “cazapichurrias”, figura promotora del respeto a la ley, debe actuar así la paja o la viga esté en el propio ojo (la administración municipal).

Obedecer la ley y respetar los derechos de todas las personas son las obligaciones políticas por excelencia en el Estado de derecho; no puede el gobierno ser el primero en desconocerlas.

(*) Director del Consultorio de Derechos y Gobernabilidad hábeas corpus

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