Home

Opinión

Artículo

OPINIÓN

Golazo democrático

Al decidir la demanda presentada por el Senador Iván Duque contra el “fast-track”, la Corte Constitucional aportó la cuota inicial para devolverle al país su institucionalidad y garantizar el equilibrio de poderes.

Miguel Ceballos Arévalo, Miguel Ceballos Arévalo
20 de mayo de 2017

En una decisión histórica hecha pública el pasado jueves 18 de mayo, la Corte Constitucional de Colombia comunicó al país que dos de los componentes esenciales del “fast-track”, o trámite abreviado para la implementación de los acuerdos con las FARC, son inconstitucionales y por tanto no podrán seguir siendo aplicados como parte del proceso de debate y aprobación de reformas legales y constitucionales.

Los literales H y J del artículo primero del Acto Legislativo mediante el cual se creó el “fast-track”, respectivamente establecían que los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrían tener modificaciones siempre que se ajustaran al contenido del acuerdo final y que contaran con el aval previo del Gobierno nacional; y en segundo lugar, que en la comisión y en las plenarias de Senado y Cámara, se decidiría sobre la totalidad de cada proyecto, con las modificaciones avaladas por el Gobierno nacional, en una sola votación.

Al quedar eliminadas estas dos posibilidades, la primera pregunta que surge es si la decisión de la Corte afecta el recientemente aprobado Acto Legislativo 2 de 2017, que busca “blindar” hacia el futuro los acuerdos. Esta nueva norma establece que “las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final” y por lo tanto “los desarrollos normativos del acuerdo final y su interpretación y aplicación deberán guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final”.

En mi concepto, al no existir para el Congreso ni la obligación de que las modificaciones que introduzca el Congreso tengan que ajustarse al contenido del acuerdo final , ni que cuenten con el aval previo del Gobierno Nacional, ni que deban ser aprobadas en una sola votación, convierten la reforma constitucional del “blindaje futuro de los acuerdos” en un saludo a la bandera, pues a pesar que se le quiera dar una interpretación benévola, si la Corte Constitucional es coherente con sus propias decisiones, tendrá que declarar inconstitucional la obligación según la cual los contenidos del acuerdo deben ser preservados.

Es decir que hacia el futuro la Corte tendrá que repetir, repetir y repetir, que el contenido de los acuerdos si se puede modificar a partir de la facultad deliberativa del Congreso, la cual esté órgano legislativo recuperó aun en contra de la voluntad de los partidos que se entregaron ciega e irresponsablemente a los condicionamientos del gobierno y las FARC.

En cuanto a las reformas legales y constitucionales ya aprobadas por la vía del “fast-track”, el presidente de la Corte mencionó a los medios de comunicación que con el fallo no se verían afectados; amanecerá y veremos, pues hay en curso varios estudios de constitucionalidad con respecto a las reformas que dieron vida a la Jurisdicción especial para la Paz, a la Ley de Amnistía, al Estatuto de la Oposición y al mencionado Blindaje de los acuerdos. En las decisiones que se vienen con respecto a estas nuevas normas, la Corte tendrá que hacer verdaderos malabares para evitar una cascada de demandas, pues no resultará fácil explicar por qué una parte de las normas derivadas de los acuerdos fueron aprobadas democráticamente, es decir, con la posibilidad de ser discutidas y modificadas sin camisa de fuerza, y otras sí pudieron ser aprobadas limitándole al congreso su libertad de deliberación, es decir, antidemocráticamente.

Con razón el abogado Enrique Santiago y Álvaro Leyva están preocupados con la decisión de la Corte, hasta el punto de plantear una Asamblea Constituyente como única salida. La verdad es que la demanda de Iván Duque fue un “golazo democrático” que hace que el juego en el cual las FARC querían modificar las instituciones y acabar con el equilibrio de poderes, anulando al congreso y coartando al ejecutivo, cuente ahora con el arbitraje de la rama judicial, que está empezando a demostrar que para hacer efectivo el sagrado derecho a la paz, no todo se vale.

Bueno es recordar que en momentos anteriores al Plebiscito, las FARC se sometieron al veredicto de la Corte Constitucional, por ello no tiene presentación que ahora quieran cuestionar sus fallos, y pretendan recomponer su estructura y composición. Dentro de su voluntad de ser partido político, aunque no les guste, debe estar incluido el respeto a los fallos de la justicia.

*Ex Viceministro de Justicia. Decano Escuela de Política y Relaciones Internacionales, Universidad Sergio Arboleda.
@ceballosarevalo