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¿Por qué tanto miedo a la democracia?

Quizá el resultado del plebiscito del 2 de Octubre haya dejado una huella tan honda en la cúpula del gobierno y la de las FARC, que prefieren la supremacía de la norma negociada en secreto, sobre la ley democráticamente votada por los ciudadanos.

Pedro Medellín Torres, Pedro Medellín Torres
20 de mayo de 2017

Las FARC deberían estar agradecidas con la Corte Constitucional. Con su decisión de ajustar los procedimientos requeridos para la aprobación de los proyectos de Ley que se tramitan bajo el mecanismo del Fast Track, los jueces no sólo están dando una base cierta de legalidad al proceso legislativo. También –y lo más importante-, que le están confiriendo legitimidad política al desarrollo normativo que requieren los Acuerdos de la Habana.

Me explico. Desde el punto de vista de la legalidad, para las FARC y los negociadores del gobierno Santos, es mucho mejor que los proyectos de ley con los que se pretende desarrollar los Acuerdos, sean expedidos luego de una deliberación política abierta y libre en el Congreso. Es decir, sin que tengan que estar sometidos al control férreo o la aprobación condicionada por el gobierno o las FARC. Tampoco que las discusiones se vean recortadas por la obligatoriedad de votar en bloque los proyectos. El secretismo y el carácter excluyente con que se comenzó a tramitar las leyes y decretos con los que se buscaba implementar los acuerdos de paz suscritos entre el gobierno y esa guerrilla, habían debilitado muy seriamente la base legal del proceso.

Ahora desde el punto de vista político, la decisión de la Corte le confiere un mayor piso de legitimidad política a los Acuerdos con las FARC. Después de ella, ningún senador o representante podrá decir que su intervención en la aprobación de las leyes de paz, estuvo limitada por los procedimientos excluyentes de la iniciativa legislativa en manos únicamente al gobierno; por el impedimento a hacer cambios; o a discutir artículo por artículo . Y menos que sus propuestas de ajuste a los contenidos de los proyectos de ley, tuviera que pasar por la aprobación del más odioso y antidemocrático de los mecanismos creado por los Acuerdos: la llamada Comisión de Seguimiento y Verificación a la Implementación de los Acuerdos (CSIVI).

Como se recordará, en cumplimiento de los Acuerdos el gobierno expidió el Decreto 1995 de 2016 (que institucionaliza la CSIVI, conformada por tres miembros del gobierno y tres de las FARC), ordena que cualquier proyecto de Ley que se presente para implementar los acuerdos se someta a la aprobación de esa Comisión. Según el numeral 6, la CSIVI debe “Constatar que el contenido de todos los proyectos de decreto, ley o acto legislativo que sean necesarios para implementar el Acuerdo Final, correspondan a lo acordado, antes de que sean expedidos por el Presidente de la República o presentados ante el Congreso, según sea el caso”; Y en el 7 la autoriza a “proponer al Gobierno Nacional los borradores de normas que se consideren necesarias para la implementación del Acuerdo Final, sin perjuicio de las facultades ordinarias del Congreso de la República”.

En desarrollo de esa facultad, la CSIVI fue la instancia que gobernó la aprobación de las leyes de Amnistía e Indulto; la Jurisdicción Especial de Paz; el Estatuto de la Oposición, o con los proyectos de innovación agropecuaria, o la ley de tierras que quedaron a la mitad del proceso. Con más o menos diferencias, se trató de proyectos elaborados juiciosamente por funcionarios del gobierno, que cuando fueron presentados a la CSIVI, fueron modificados por la Comisión, sin que sus autores pudieran decir alguna cosa distinta a encogerse de hombros y ver cómo comenzaban su trámite en el Congreso.

Es por eso el gobierno también debería estar agradecido con la decisión de los Magistrados de la Corte Constitucional. Además de conferirle legalidad y legitimidad a los proyectos de ley que desarrollan los Acuerdos con las FARC, dejó sin piso legal a ese esperpento de la CSIVI, con la que el gobierno no sólo había cedido la facultad expresa que le daba el Acto Legislativo 1 (de tener iniciativa exclusiva y excluyente en la presentación de los proyectos del Ley), sino también con la que había permitido que las FARC cogobernaran la implementación de los Acuerdos.

La pregunta es ¿porqué tanta preocupación con la decisión de la Corte Constitucional? ¿Cuál es la seguridad jurídica que la Corte le quitó a los Acuerdos? ¿Acaso no es más seguro proceder con leyes aprobadas gracias a la deliberación abierta y libre del Congreso, que con los amarres del Acuerdo y la maxi-extorsión de los puestos a cambio de los votos, como sucedió en la aprobación de varios proyectos? ¿Qué tanto es lo que desconfían del Congreso, como para llegar a calificar la decisión de la Corte Constitucional como “el más importante tropiezo” que ha vivido el proceso en estos seis años de vida?

Lo que cada vez más queda claro, es el miedo a la democracia. O más precisamente, a esa deliberación democrática en la que senadores y representantes podrían terminar aprobando leyes que, malas o buenas, pasaron por el tamiz del debate y revelan lo que la gente quiere. ¿Qué habría pasado con la Ley de Justicia y Paz que aprobó el Congreso en Julio de 2005, si en virtud de un acuerdo con los paras, los congresistas solo podían aprobar o no los proyectos que exclusivamente presentara el entonces gobierno de Uribe?

Quizá el resultado del plebiscito del 2 de Octubre haya dejado una huella tan honda en la cúpula del gobierno y la de las FARC, que prefieren la supremacía de la norma negociada en secreto, sobre la ley democráticamente votada por los ciudadanos. No es una buena señal la que están dando el gobierno y las FARC de que, para garantizar la “seguridad y estabilidad” de los Acuerdos, es mejor que los congresistas se sometan al modelo populista del “usted vote que, por la paz, nosotros nos encargamos de lo demás”.

Menos mal, que la Corte se hizo sentir.