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Columna de opinión de  Juan Manuel Charry.
Columna de opinión de Juan Manuel Charry. - Foto: Juan Carlos Sierra

Policía exorcizada

Promocionar las creencias propias desde un cargo público y realizar exorcismos en operativos policiales vulnera la neutralidad religiosa que el Estado debe tener frente a todos los administrados.

Por: Juan Manuel Charry Urueña

La revista SEMANA, en su pasada edición n.º 2128, dio gran despliegue a la entrevista con el director de la Policía, general Henry Sanabria, que en la portada tituló “El general contra el diablo”. Además, se puede ver el video correspondiente, donde Vicky Dávila conduce la conversación de casi hora y media, con más interés por las creencias que por la dirección de la institución armada.

Se podría decir que la entrevista aborda dos aspectos, de un lado, las creencias religiosas del director, de mundos satánicos enfrentados a fuerzas divinas, y del otro, las declaraciones sobre distintos hechos en los que intervino la policía, con las peripecias de ministros y el atropello a miembros de la Fuerza Pública.

En todo caso, el entrevistado se muestra bien informado, cita textos bíblicos o legales, conoce los límites de su gestión y los retos de la fe, llama a las cosas por su nombre: cuando es secuestro, es secuestro; cuando es maligno, es maligno, sin mayores apasionamientos ni animosidades. Respetuoso y ponderado.

Es cierto, la Constitución garantiza la libertad de creencias y de cultos, que el general Sanabria conoce con precisión; pero también establece un Estado laico, esto es, la separación de la institución política de cualquier iglesia o creencia religiosa, que el general no menciona.

Seamos claros: toda persona tiene derecho a profesar la religión de sus mayores o aquella que prefiera, así como a creer o no en Dios u otras entidades ajenas al mundo físico; de igual modo, a expresar o callar sus convicciones. Sin embargo, la pregunta es: ¿qué tanto pueden influir estas creencias en el ejercicio de las funciones públicas? La respuesta es: deben incidir lo menos posible en el cumplimiento de tales deberes.

En el Estado de Derecho, los servidores públicos realizan actividades y competencias preestablecidas en las normas jurídicas con las finalidades allí previstas. No son, ni pueden ser, las subjetivas y propias del funcionario de turno para ganar indulgencias, las motivaciones personales deben permanecer al margen y en todo caso subordinarse a los propósitos e intereses generales.

Así las cosas, promocionar las creencias propias desde un cargo público, así como adelantar prácticas tales como exorcismos en operativos policiales y acudir a sacerdotes castrenses para ello, vulnera la neutralidad religiosa que el Estado debe tener frente a todos los administrados. Acaso mañana, un nuevo director de la entidad proponga otros ritos o prácticas, basado en creencias más o menos conocidas, aludiendo, como se alude ahora, a un cierto efectivismo. No, lo anterior es inaceptable, las instituciones públicas no deben ir al vaivén teológico del funcionario de turno.

Bien haría el director de la Policía en guardar discreción acerca de sus convicciones, en adelantar los operativos conforme a los protocolos existentes y en separar su mundo espiritual del cumplimiento de sus funciones. Ahora bien, corresponde al Gobierno restablecer la neutralidad religiosa, en este caso, de la Policía Nacional.

Por último, una reflexión adicional, si bien religión e ideología son harto diferentes y las últimas juegan un papel político explicito en la administración del Estado, bien harían los servidores públicos en privilegiar los fines constitucionales y legales, que en satisfacer sus preferencias ideológicas.

Cuando funcionarios públicos sacrifiquen credo político por beneficio de todos, se habrá superado esa malsana polarización que nos ha aquejado por generaciones.