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A las puertas de un terremoto

Se ha empezado por Sucre, donde habían asesinado a 'Cadena', el también jefe para, porque había manifestado su intención de contar la verdad en el marco de la Ley de Juticia y Paz

Semana
11 de noviembre de 2006

Verdad y justicia, por fin. Eso significan las órdenes de detención de la Corte Suprema de Justicia contra tres parlamentarios, acusados de los más diversos delitos vinculados al paramilitarismo.

Que la captura sea ordenada por el más alto tribunal penal del país tiene un valor especial. La decisión cierra la boca a quienes desde los medios de comunicación señalaban una supuesta debilidad de la Corte y dudaban de su capacidad

de ir al fondo del asunto. Los magistrados han actuado con valentía e inteligencia. Han hecho una ponencia colectiva que disminuye los riesgos de retaliaciones y, al mismo tiempo, da más peso a la decisión.

Aunque aún no hayan sido declarados culpables, las boletas de captura suponen que el Tribunal ha encontrado elementos probatorios suficientes contra los legisladores. Es un paso fundamental en la tarea institucional de desmontar los aparatos políticos del paramilitarismo en sus zonas de influencia. Si el proceso de paz minó la capacidad militar de los paras al conseguir la desmovilización y el desarme del grueso de sus tropas, el trabajo de la Corte empieza a destejer el fuerte entramado político y social en sus zonas de influencia.

No es temerario decir que estamos a las puertas de un proceso como el 8.000, con el cual hay muchas coincidencias. Ambos se dirigen contra los soportes políticos y sociales de organizaciones de delincuencia organizada, con características mafiosas y uso expansivo de la violencia. Ambos prueban la penetración de los violentos en las administraciones municipales y departamentales y en el Congreso. Ambos contribuyen a limpiar de corruptos la política. Ambos fortalecen la legitimidad del Estado y demuestran que, a pesar de todo, la institucionalidad en Colombia funciona, aunque a veces sea tardía y a veces sea insuficiente.

Se ha empezado por Sucre, donde habían asesinado a 'Cadena', el temible jefe para, porque había manifestado su intención de contar toda la verdad en el marco de la Ley de Justicia y Paz. Habrá que esperar lo que venga en el resto de la Costa Caribe y en Arauca y Casanare. La Corte muestra la punta del iceberg. A la Fiscalía le corresponde la gran masa subyacente. Hay que irse preparando porque, por fortuna, vendrá un terremoto político y social cuando sepamos toda la verdad del paramilitarismo en Colombia.

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Mi columna anterior me granjeó toda suerte de insultos. Confieso que me he acostumbrado al lenguaje soez y la patanería verbal que se han apoderado de las páginas web. Y que ya no me inmuto con las amenazas de los violentos. De manera que nada de lo que digan estos neardentales conseguirá que deje de expresar mis opiniones.

Algunos lectores, sin embargo, trascendieron la grosería y expresaron preocupaciones válidas. Una dice que sostener que el bien civil que es usado como herramienta de combate puede ser un blanco legítimo, constituye una violación al principio de distinción, según el cual durante las hostilidades hay que distinguir entre bienes civiles y los objetivos militares, siendo éstos últimos los únicos que pueden ser objeto de ataque. Mi argumento es preciso: un bien civil deja de serlo y se convierte en objetivo militar, y por tanto puede ser atacado, cuando los combatientes emplean ese bien como arma de guerra.

Otro sostiene que estoy incitando a la violación del Derecho Internacional Humanitario (DIH). Eso es falso. Lo que digo y sostengo es que el primer derecho de un combatiente, como el de cualquier persona, es el de la legítima defensa y que, por tanto, no se le puede obligar al martirio con el pretexto de que no puede defenderse porque los ataques que recibe se realizan desde un bien que, en principio, sería protegido.

Finalmente, dicen que he olvidado el principio de proporcionalidad. Pues no. Sigo creyendo que la respuesta a un ataque no puede ser indiscriminada y que hay que tomar todas las medidas para no afectar o afectar lo menos posible a las personas civiles y sus bienes. Pero también creo que esa proporcionalidad no puede suponer la imposibilidad de defenderse y condenar a la muerte a militares y policías, sólo porque la respuesta podría ocasionar daños accidentales en personas civiles o sus bienes. Eso es lo que dice el DIH.