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¿Quién protege a las víctimas de “bandas armadas emergentes”?

Si el Estado admite que aún no ha llegado el fin del paramilitarismo, evitará una tragedia humanitaria.

Semana
18 de octubre de 2008

Urge hacer una profunda reflexión sobre las facetas que está adquiriendo el conflicto armado en Colombia y reclamar con urgencia una redefinición del carácter de las acciones militares de las llamadas “bandas criminales emergentes”, con el fin de precisar quién debe proteger a las víctimas de estas bandas y determinar el alcance de las intervenciones humanitarias.

Tras la desmovilización del último reducto del bloque Élmer Cárdenas de las Autodefensas, el 15 de agosto de 2006, el gobierno decretó el fin del paramilitarismo. A partir de ese momento tomó fuerza el nombre de “bandas criminales emergentes”, que describe a los grupos armados ilegales que actúan en aquellas zonas donde los grupos paramilitares hicieron presencia y tuvieron control territorial por varios años, pero con una variación fundamental: sus prácticas bélicas son asociadas más con actividades del narcotráfico que contrainsurgentes.

Esa variación dada por el gobierno introduce dos aspectos problemáticos: de un lado, a las acciones de esos “nuevos grupos” se les despoja de su connotación política, lo que genera vacilaciones en responder de manera afirmativa y contundente si se les debe exigir el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario; de otro, esa caracterización de “narcotraficantes” genera dudas en el tipo de ayuda que deben recibir las víctimas que dejan entre la población civil.

Varias agencias humanitarias nacionales e internacionales de carácter gubernamental y no gubernamental, así como aquellas organizaciones extranjeras que las financian, cada vez abrigan más dudas y vacilan en atender a estas “nuevas víctimas” de la violencia. La posición más radical en este sentido la representa la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, organismo que no reconoce la condición de desplazado cuando el agente desplazador es una “banda criminal emergente”, sólo consideran la condición de desplazamiento cuando el actor es un “grupo político armado”.

En Medellín es frecuente escuchar historias de familias que se han visto obligadas a dejar su casa y desplazarse de barrio o de municipio por presiones de actores armados ilegales emergentes que les cobran extorsiones impagables, les quieren reclutar sus hijos o no aceptan sus controles. Cuando se les pregunta quiénes los desplazaron responden que “los paramilitares”, pues aquellos que supuestamente dejaron las armas en actos colectivos volvieron a la vecindad con el mismo poder de antes y aplicando los mismos controles sociales y militares. Siguiendo entonces el planteamiento de Acción Social, ¿esas familias no tienen derecho a ningún tipo de ayuda humanitaria?

Ever Veloza, conocido con el alias de HH y ex jefe paramilitar del bloque Bananero de las Autodefensas, admitió ante un fiscal de la Unidad de Justicia y Paz el lunes 26 de noviembre de 2007 que había dificultades para verificar en terreno varios sitios con fosas comunes porque, según él, “hay un rearme de autodefensas en Urabá liderada por muchachos que pertenecían a diferentes bloques y que no están de acuerdo porque nosotros estamos acá”. ¿Las víctimas de esos “muchachos” tampoco tendrán derecho a ayuda humanitaria?

En el Bajo Atrato chocoano persisten controles armados ilegales por parte de grupos que se identifican como Águilas Negras. De esto saben diversas agencias estatales que se han topado con ellos en las labores de reconocimiento de los territorios colectivos de las comunidades del Curvaradó y Jiguamiandó. Esos controles no se diferencian de los ejercidos en el pasado, cuando se llamaban Bloque Bananero, Élmer Cárdenas o Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá. En lo que sí se evidencia una diferencia fundamental es en el tratamiento a las víctimas, pues poco o nada se les reconoce dado que no se considera a sus victimarios como un “actor armado político”.

Ese es el efecto de la negación estatal de las funciones que cumplen los victimarios de origen “emergente” pese a que actúan de manera paramilitar en diversas regiones del país: protegen grandes extensiones de tierras de propiedad privada, atacan a las comunidades en sus zonas de influencia, asesinan líderes populares, representantes de víctimas y testigos en procesos penales contra paramilitares, desaparecen a sus opositores y desplazan a quienes obstruyen sus intereses.

La redefinición se reclama pasa por darle connotación política a las acciones de las “bandas criminales emergentes” para exigirles el cumplimiento del derecho internacional humanitario, lo que requiere precisar sus líneas de mando, distinguir sus combatientes e identificar los territorios bajo su dominio; de esta manera se logrará que las víctimas sean atendidas con el rigor que demandan las normas que regulan la guerra.

En últimas, se propone que el Estado admita que aún no ha llegado el fin del paramilitarismo; hacerlo, evitará una tragedia humanitaria que, a mi juicio, ya se está gestando en el eslabón más débil de la cadena bélica: la población civil.



(*) Juan Diego Restrepo es periodista y profesor universitario

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