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Doble filo de una decisión sobre reclamación de tierras

Con tesis respaldadas en testimonios de exparamilitares, magistrado con funciones de control de garantías de Medellín negó la restitución de predios a 12 campesinos del Urabá antioqueño.

Juan Diego Restrepo E., Juan Diego Restrepo E.
25 de abril de 2014

El pasado lunes (21 de abril) tuve la oportunidad de estar presente en la audiencia presidida por el magistrado Olimpo Castaño Quintero con funciones de control de garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, quien resolvía en ese momento un incidente de reclamación sobre 12 predios solicitados en restitución por 7 campesinos de la vereda Guacamayas, municipio de Turbo, Urabá antioqueño. El caso estaba desde junio de 2012 en los estrados judiciales.

Ese día, el magistrado Castaño Quintero dio a conocer su decisión. Por más de cinco horas, se aplicó a leer el texto en el que consignó detalladamente sus valoraciones sobre los diversos testimonios, más de 50 durante el proceso, entre ellos varios exparamilitares del Frente Arlex Hurtado, que operó en esa región del departamento, así como de las pruebas documentales.

No me voy a detener en los detalles, pues una lectura de ese nivel, sin ningún tipo de receso, ofrece infinidad de aspectos que podrían referenciarse. Lo que sí es importante destacar es que el magistrado Castaño Quintero negó la restitución de los predios a los 7 campesinos y confirmó que la posesión jurídica y material que ejerce hoy una empresa de Medellín está ajustada a derecho.

Lo preocupante de esta decisión no son los términos de “mentiroso” y “falaz” con los que calificó el magistrado al reclamante de tierras Carlos Páez Díaz, quien además es representante legal de Tierra y Vida, organización que agrupa a cientos de campesinos del país que reclaman tierras despojadas por grupos armados ilegales durante buena parte de la década del 90. 

El doble filo de este fallo radica en algunos de los argumentos con los cuales justificó su decisión de no restituir los predios a los campesinos, entre ellos el alto nivel de veracidad que le dio a las versiones de los exparamilitares Raúl Hasbún Mendoza, postulado a los beneficios de la Ley 975 y excomandante del Frente Arlex Hurtado, y a Dalson López Simanca, su segundo al mando.

En distintos momentos de este proceso, Hasbún Mendoza y López Simanca negaron que la estructura armada bajo su mando obligara a desplazar a la población campesina que poblaba la zona de Guacamayas con el fin de comprarles sus tierras a bajo precio; también rechazaron el señalamiento de favorecer a comisionistas que llegaron a la región a finales de la década del noventa; desestimaron las acusaciones de actuar de manera conjunta con los inversionistas; y negaron cualquier vínculo con los empresarios que hoy tienen los predios. “No éramos comisionistas de tierras, el que quería vender, vendía; el que quería comprar, compraba. No era problema de nosotros si vendían o compraban tierras”, aseveró Hasbún Mendoza en una de sus declaraciones en los estrados judiciales durante este proceso.

Al valorar los testimonios de los exparamilitares, el magistrado Castaño Quintero fue claro al resaltar que merecían total credibilidad, no así las versiones dadas por los campesinos reclamantes. “Ninguna razón válida tiene esta magistratura para dudar de la veracidad y seriedad de lo declarado por los postulados Raúl Emilio Hasbún Dalson López Simanca, pues no obstante su condición de exintegrantes de un grupo armado al margen de la ley, sus deponencias fueron claras y se acoplan bien con otros medios de convicción ya valorados”, conceptuó el togado.

En su exposición, hizo dos preguntas para aclarar el asunto. La primera de ellas fue: “¿qué interés pueden tener estos aspirantes a los beneficios de Justicia y Paz y los postulados involucrados en este asunto de mentir entorno a los supuestos de este incidente, pues con esa actitud los únicos perjudicados serían ellos mismos?”; y la segunda: “¿qué sentido tendría mentir respecto de este presunto despojo de tierras de las fincas objeto de este trámite de restitución cuando a lo largo de sus versiones y audiencias han confesado multiplicidad de hechos criminales de mucha mayor gravedad?”. 

Una vez planteadas las preguntas, el magistrado mismo las resolvió así: “La respuesta surge diáfana: ningún interés particular pueden tener en negar, si en verdad así ha ocurrido, que despojaron de manera violenta y contra su voluntad a los hoy reclamantes de sus tierras porque mentir en algo tan sencillo y elemental bien podría traerle consecuencias graves que llegarían, incluso, a la pérdida de los beneficios que puedan obtener a través de la Ley 975 de 2005”.

Planteada de esa manera, la decisión tiene un filo que podría usarse contra los ganaderos y bananeros a los que ha hecho alusión Hasbún Mendoza en diferentes versiones ante los fiscales de la Unidad de Justicia y Paz como financiadores “voluntarios” de grupos paramilitares en Urabá, pues, según la tesis del magistrado Castaño Quintero, su credibilidad no admite dudas. Siguiendo esa tesis, todos esos empresarios deberían estar siendo procesados penalmente. La realidad ha demostrado lo contrario y revela la gran contradicción de la justicia. En uno de los pocos casos juzgados, el empresario Guillermo Gaviria Echeverri, papá del Alcalde de Medellín, Aníbal Gaviria Correa, fue absuelto de toda responsabilidad en la financiación de grupos armados al margen de la ley.

El otro filo de la decisión tiene que ver con los procesos de restitución de predios. Si la interpretación de las versiones de los postulados que hace el magistrado Castaño Quintero hace carrera en los estrados judiciales en el país, entonces los campesinos reclamantes perderán todos sus casos, pues sus testimonios se verán enfrentados a los de los exparamilitares, quienes, al tenor de lo conceptuado por este togado, no mienten para evitar la pérdida de beneficios que les otorga la Ley 975 de 2005.

Finalmente, si esta tesis se impone también tendría un efecto funesto en el tema de impunidad, pues aquellos comisionistas e inversionistas que sí se apalancaron en las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) para hacerse a tierras productivas no tendrían responsabilidad penal alguna, pues con el solo dicho de un exjefe paramilitar postulado a las normas de justicia transicional de que no se conocían y no tuvieron contacto con ellos, quedarían exentos de toda culpa. Una grieta acaba de abrirse en los procesos de restitución de tierras en el país y será la Corte Suprema de Justicia la que determine si es válido o no este camino jurídico para resolver asuntos relacionados con despojos.

En Twitter: @jdrestrepoe
*Periodista y docente universitario.